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Año XVI, 18 de abril de 2024


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Corte Suprema confirma sentencia que ordena retirar imágenes de Manuel Contreras de recintos del Ejército

El Máximo Tribunal mantuvo la decisión del Corte de Santiago sobre el retiro de las imágenes conmemorativas de Manuel Contreras en dependencias de las Escuela de Ingenieros de Tejas Verdes y de la Academia de Guerra.

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  Viernes 6 de marzo 2020 12:12 hrs. 
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Este viernes, el Poder Judicial dio a conocer la resolución de la Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Leopoldo Llanos, Raúl Mera y el abogado integrante Pedro Pierry, que declaró inadmisible la apelación presentada por el Ejército respecto del retiro de las imágenes de quien fuera Director de la Dirección Nacional de Inteligencia, Manuel Contreras.

En la sentencia, los ministros aludieron a que el Ejército no puede comparecer por sí mismo ante los Tribunales de Justicia, sino que necesariamente deba hacerlo a través del Consejo de Defensa del Estado.

“El recurrido Ejército de Chile, pese a ser un órgano público centralizado dependientes del Ministerio encargado de la Defensa Nacional, carecer de personalidad jurídica y patrimonio propio, ha deducido el recurso de apelación en examen, contraviniendo la normativa que gobierna la cuestión, pues ha comparecido realizando ese acto jurídico procesal, quien legalmente no detenta su representación judicial para comparecer en juicio, siendo insuficiente la sola circunstancia de no constar en el proceso el acuerdo del Consejo de Defensa del Estado a que se refiere la norma transcrita, puesto que esa omisión no importa facultar al servicio centralizado o a alguno de sus órganos, para asumir su representación judicial”.

El documento ahonda en la falta de cumplimiento de la legalidad vigente al recurrir de una sentencia sin que el Consejo de Defensa haya ejercido su función. “En otros términos, cuando el Consejo de Defensa del Estado no haya comparecido impugnando la sentencia definitiva dictada en una acción cautelar de protección o decida no hacerlo, tal manifestación no le otorga competencia al órgano centralizado contra el que se ha recurrido para que pueda representar los intereses del servicio otorgando mandato judicial, lo que, en todo caso, requiere de autorización expresa del legislador, circunstancia que en la especie no ha ocurrido”.

Los hechos que dieron lugar al pronunciamiento de la Corte Suprema dicen relación con un recurso de protección interpuesto contra el Comandante en Jefe del Ejército, Ricardo Martínez, para el retiro de imágenes conmemorativas de  quien fuera condenado a más 360 años de cárcel, además de dos presidios perpetuos por crímenes contra los Derechos Humanos y que se encuentran, hasta la fecha, instaladas en dependencias educativas del Ejército, puntualmente, en la Academia de Guerra en la comuna de La Reina y en la Escuela de Ingenieros Tejas Verdes, en San Antonio.

El Ejército apeló a la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, sin embargo la Corte Suprema mantuvo la decisión original y el Ejército deberá retirar las imágenes señaladas.

 

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