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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Otro supremazo en favor de los derechos indígenas: Corte anula arriendo a 99 años en tierras mapuche

En fallo dividido la Cuarta Sala del máximo tribunal del país estableció fraude legal en el contrato de arriendo por 99 años suscrito por el propietario del terreno y un particular ajeno a la etnia.

Andrea Bustos C.

  Jueves 19 de marzo 2020 8:06 hrs. 
suprema

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La Corte Suprema acogió una demanda de terminación de contrato de arriendo de hijuela inserta en tierras de comunidad indígena de Panguipulli.

En fallo dividido la Cuarta Sala del máximo tribunal del país estableció fraude legal en el contrato de arriendo por 99 años suscrito por el propietario del terreno y un particular ajeno a la etnia.

En concreto, se determinó que “se pone término al contrato de arrendamiento celebrado entre las partes con fecha 6 de junio de 1983, sobre la hijuela N°55, de 9,83 hectáreas aproximadas, correspondiente a la división de la Comunidad Indígena encabezada por don Ramón Chincolef Marifil, ubicada en Pucura”.

Además, “se ordena cancelar las inscripciones y subinscripciones que con motivo de este contrato gravan al predio y el demandado deberá restituir el predio antes mencionado al demandante, dentro de décimo día de la notificación de esta sentencia, con costas”.

Al respecto, la abogada de la familia demandante, Viviana Soto, señaló que “aquí hay un fraude a la ley evidente, hay muchas personas indígenas o sus mismos causantes que hicieron estos contratos de arriendo a 99 años pero pensando en que iba a ser un arriendo de corto tiempo y en su mayoría para talaje. Habitualmente las personas indígenas que arrendaron no saben leer ni escribir o son personas que no entendían mucho de papeles, y resulta que cuando vieron estos contratos se dieron cuenta que lo que tenían era un contrato de arriendo a 99 años y tienen que esperar eso para que se termine”.

juzgado-panguipulli

En esa línea, explicó que el Máximo Tribunal “indicó que efectivamente había un fraude a la ley, que lo que se estaba haciendo era en desmedro de las personas indígenas, una especie de casi compraventa camuflada pero que es un contrato de arriendo, y eso en nuestro ordenamiento jurídico no pasa, porque ni siquiera en los usufructos, que la ley los permite por 30 años y ese es el tiempo máximo”.

“Esto era por 99 años, es decir, es un plazo mucho mayor, entonces fue lo que se dejó sin efecto. La Corte Suprema dijo aquí hay fraude a la ley, por lo tanto se deja sin efecto este contrato de arriendo a 99 años, devuélvase dentro de 10 días el predio arrendado”, añadió.

La sentencia de la Cuarta Sala señala que bajo la figura del arrendamiento a 99 años “se ocultaba, en los hechos, una transferencia de dominio casi perfecta, puesto que las modalidades acordadas, terminan privando a su dueño de la cosa”. De acuerdo a lo establecido por la resolución de la Corte Suprema, el objetivo de este contrato fraudulento era evadir las limitaciones impuestas por la ley sobre la propiedad en tierras indígenas.

Respecto de la importancia del fallo, la abogada comentó que “es el primero de su tipo, es el primer contrato de arriendo a 99 años que un tribunal de la república, como es la Corte Suprema, deja sin efecto. Nosotros estamos esperando hartos fallos, cerca de 10 fallos en los tribunales ordinarios sobre otros contratos de arriendo a 99 años, y esperamos que los tribunales fallen conforme a lo que dijo la Corte Suprema”.

Junto a ello agregó que “en nuestro país no existen propiamente tal los precedentes, pero esperamos que sea un precedente, que se siga fallando de esa forma, en favor de las personas indígenas, que ya han sido bastante mermadas en el territorio. Es de conocimiento común que esto pasa, ya se les ha quitado un montón de terreno y esta es una pequeña muestra de devolución de algo que es de ellos. Es un fallo en justicia, eso lo más importante”.

La solicitud había sido realizada por Sebastián Huilipán Marifilo, y fue previamente determinada como no ha lugar por el Juzgado de Letras de Panguipulli y por la Corte de Apelaciones de Valdivia. Sin embargo, tras la decisón de la Suprema que conoció del asunto a través de recurso de casación, el terreno dejará de estar arrendado y estará en plena disposición de la comunidad indígena durante las próximas semanas, una vez que se notifique al arrendatario de la decisión, lo que aún no ha ocurrido.

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