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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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La fragilidad sindical chilena en medio del estado de catástrofe

Supensión de las obligaciones laborales, negociaciones colectivas postergadas hasta el fin del estado de excepción constitucional y un creciente movimiento inorgánico que bajo la consigna "que la crisis no la paguen los trabajadores" piden soluciones ante la precariedad laboral.¿Qué papel están cumpliendo los sindicatos en las conversaciones con el Gobierno?¿Cuál es el rol social de estos organismos?.

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  Viernes 1 de mayo 2020 8:33 hrs. 
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De acuerdo a la información entregada por la  Dirección del Trabajo,  la tasa de sindicalización en nuestro país corresponde a un 19,8 por ciento para los hombres y un 22 por ciento para  las mujeres. Sin embargo, tales datos no son definitivos en la práctica pues no incluyen a las asociaciones de funcionarios, ya que el Estado no reconoce el principio de sindicalización en el sector público.

La historia sindical en Chile comenzó en medio de la llamada “cuestión social” en las primeras décadas del siglo XX cuando, debido al aumento de movilización de obreros y trabajadores, se produjo la dictación de las primeras leyes obreras, las firmas de contratos de trabajo, la implementación de seguros de enfermedad e invalidez y de accidentes del trabajo.

En 1934, en el gobierno de Arturo Alessandri, la represión a la huelga ferroviaria nacional provocó como reacción la unidad de distintas organizaciones de trabajadores creando el Comando Único que luego de dos años se transformaría en la  Confederación de Trabajadores de Chile (CTCH).

Esta nueva organización de trabajadores formó parte de la alianza política que apoyó a la candidatura del radical Pedro Aguirre Cerda en la elección presidencial de 1938 y mantuvo una relación directa con el nuevo gobierno. Sin embargo, posteriormente con el mandato de Gabriel González Videla el movimiento obrero, ligado al Partido Comunista a través de la Confederación de Trabajadores de Chile, fue reprimido y debilitado a través de la llamada “Ley Maldita”. Fueron los empleados públicos los que, liderados por Clotario Blest, lograron organizar una nueva confederación de trabajadores en 1953: la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).

Las afiliaciones a sindicatos presentaron una importante alza desde 1964 pasando de 11,2% a 33,7 en 1973, la tasa más alta que he tenido nuestro país hasta hora, según nos explica Andrea Sato, investigadora de Fundación SOL.

Afiliados 32-73

Gráfico @Fundación SOL

“Nunca hemos vuelto a llegar  a esta tasa, lo que nos hace observar muy típicamente el quiebre del movimiento sindical y de trabajadores y trabajadoras por el Golpe Militar que rompió las redes de resistencia y solidaridad y el proceso de autoformación y construcción desde la clase trabajadora”.

Luego del quiebre democrático, los sindicatos y confederaciones  fueron desarticulados, mientras 110 dirigentes y activistas sindicales  fueron asesinados y otros 120 arrestados o desaparecidos, de acuerdo a los datos de la Comisión de Investigación y Conciliación en materia de Libertad Sindical.

Con el retorno a la democracia y la promulgación de nuevas leyes laborales, los sindicatos tienen como finalidad fundamental la representación de sus afiliados y de protección y resguardo de los trabajadores, sin embargo, en la actualidad ese rol se ha visto seriamente disminuido debido a la legislación vigente que ha fragilizado esas instituciones relegándolas a un segundo plano.

Así lo expresa Juan Soto, presidente de la Federación de Sindicatos de Multitiendas Corona, quien critica que las organizaciones de trabajadores no puedan siquiera formar parte de las mesas de trabajo con el Gobierno pues ellas solo incluyen al empresariado.

“Hemos sido suprimidos, no tenemos tanta fuerza y estamos desunidos porque las leyes que se han hecho respecto de las organizaciones sindicales en vez de unir, desunen. Entonces el mundo sindical no tiene fuerza hoy en día porque todas las leyes son pro empresa, esta misma ley 21227 nuevamente le da una bofetada a los trabajadores y se nos niega el derecho a estar incluidos en las mesas de diálogo”.

En Chile existen actualmente once mil sindicatos, pero de ellos la mayoría cuentan con cuarenta o menos socios y tienen un promedio de cinco años de antigüedad. Además, su papel principalmente ha sido el de poner en la discusión pública ciertas políticas abusivas de parte de los empleadores, particularmente en el actual contexto de estado de catástrofe, cuando un gran número de empresas solicitó acogerse al Plan de Protección del Empleo impulsado por el Gobierno y que, según los trabajadores y varios expertos, solo precariza la ya delicada situación que deben enfrentar los trabajadores en Chile.

Starbucks, la cadena internacional fundada en Washington, es la compañía de café más grande del mundo, con más de 24.000 locales en 70 países. En Chile, apenas se anunció la medida de protección al empleo, la empresa controlada por el Grupo Alsea, informó a sus trabajadores que suspendería las relaciones laborales a contar de abril.

Andrés Giordano Starbucks

Andrés Giordano. Foto @Sindical

“En Estados Unidos, Starbucks está pagando los salarios y disponiendo de fonos de ayuda social, prestando apoyo psicológico y emocional; y es visto como un empleador modelo a seguir. En Chile, el caso es lo contrario: es la primera empresa que se acoge a una ley como la de suspensión laboral y lo hace cuando esta ni siquiera estaba publicada sino solo promulgada. Lo que nosotros sostenemos es que además de lo mala que es la ley, la empresa la aplica de mala manera porque no cumple con los requisitos para acogerse unilateralmente. Nosotros le hemos exigido constantemente que haya un diálogo con la organización sindical y que se evalúen medidas alternativas para paliar la crisis”, nos dice Andrés Giordano, presidente del Sindicato de la empresa.

La famosa cafetería no es una pequeña o mediana empresa,  a quienes está dirigida la normativa promovida por el Gobierno, y, sobre esto, sigue  funcionando mediante sistema de entregas a través de distintas aplicaciones de delivery. La suspensión a los trabajadores incluyó a mujeres embarazadas o con fuero maternal y mantiene a los trabajadores percibiendo un diez por ciento de sus sueldos que en la gran mayoría, solo corresponden al mínimo.

Puerta cerrada a la negociación colectiva durante el estado de catástrofe

“Se suspenderán en pleno derecho todos los plazos establecidos en el Libro IV del Código del Trabajo, relativos a las negociaciones colectivas que se hubieren iniciado antes de la declaración de Estado Constitucional de Catástrofe y que no hubieren vencido antes de su entrada en vigencia”.

Eso es lo que señala el texto del mensaje presidencial ingresado al Senado el pasado 13 de abril y de acuerdo a lo que explicó el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, el proyecto responde a una inquietud de los propios sindicatos “que nos han manifestado que negociar colectivamente durante el período de Estado de Catástrofe es complejo”.

El proceso de negociación colectiva sea reglada o no, requiere de la reunión de los trabajadores y sesionar con ciertos quórums, por lo tanto, dadas las instrucciones de aislamiento o distanciamiento físico, ellas no podrían llevarse a cabo.

Pero, ¿no pueden efectivamente llevarse a cabo?

Unión Comercio, organización sindical que agrupa a los trabajadores de Cencosud en Colombia se vio enfrentado al proceso de cierre de un nuevo convenio colectivo en medio de la crisis. El plazo para presentar el pliego de peticiones de los trabajadores vencía el 29 de abril, fecha en la que ese país estaba en cuarentena total, la que además fue extendida por el presidente Iván Duque hasta el 11 de mayo.

Pese a lo anterior, Unión Comercio no solo efectuó la negociación colectiva, sino que logró importantes avances para los trabajadores vinculando el aumento de los sueldos al del  salario mínimo, en caso de que este sea mayor al índice de precios al consumidor o IPC. Además lograron que todos los incrementos en los beneficios se enlacen con el aumento del valor del IPC garantizando así que en dos años no perderán valor, mismo plazo por el que rige el convenio colectivo.

Unión comercio

De pie, Luz Marina Díaz. Foto @Facebook Presidencia Unión Comercio Luz Marina Díaz

Contactada por nuestro medio, Luz Marina Díaz, Presidenta de la organización sindical nos explicó cómo llevaron adelante el proceso en medio de una crisis sanitaria mundial. Señala que las primeras reuniones fueron presenciales, pues en los primeros días de marzo no habían casos declarados de COVID-19 en su país, pero ya una vez tomadas las medidas por parte del gobierno, como sindicato decidieron impulsar las comunicaciones vía remota: correos electrónicos, videollamadas y contactos telefónicos tanto entre los socios como con la contraparte de la empresa desembocaron en el contrato colectivo que comienza a regir a partir de este 1 de mayo.

Logramos cerrar un convenio colectivo donde ningún trabajador pierde sus beneficios y adicionalmente sostiene un incremento salarial. Hemos visto y analizado lo mejor para los trabajadores” nos dice en un contacto telefónico desde Bogotá.

“Este es un caso inédito. La negociación que hemos hecho es la primera en América y creo que en Europa también, en que la organización,  medio de una pandemia, negocia con sus trabajadores, con la empresa y que no le quiten o disminuyan sus beneficios como lo han hecho otras pues hay que reconocerle a Cencosud y a los trabajadores sindicalizados que representan esta gran labor”, agrega con evidente orgullo.

En Chile sin embargo, la situación dista de la anteriormente expuesta. Los sindicatos, salvo aquellos muy grandes y ligados principalmente a la minería, no forman parte del tejido social chileno.

Andrea Sato reflexiona respecto de la fragilidad sindical de nuestro país. “En este contexto,  las organizaciones de trabajadores, en red con otras organizaciones territoriales, podrían colaborar en redes de abastecimiento solidarias, en el bienestar inmediato de los trabajadores, no solo de una empresa, sino más bien en la clase trabajadora en su conjunto” señala la Magíster en Sociología de la Modernización de la Universidad de Chile.

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Andrea Sato

Además la investigadora manifiesta la relevancia de la organización en un contexto como el actual. “Las herramientas tradicionales como la protesta o manifestación en las calles hoy, por autocuidado y cuidado colectivo, no son posibles, pero hay una función social muy importante de las organizaciones sociales en su conjunto: poder enfrentar la crisis acompañándonos y generando reflexión, manteniendo el aislamiento físico pero nunca el social”.

El Derecho del Trabajo reconoce la asimetría de poder entre empleador y trabajador, y es por ello que el principio rector en este ámbito es la interpretación pro trabajador de las normas y también reconoce la organización colectiva como espacio de protección y de empoderamiento de los trabajadores y trabajadoras en las relaciones laborales. Los sindicatos no solo deben considerarse como organismos para obtener mejoras salariales, sino, de acuerdo a la historia, como impulsores de cambios sociales y su fragilidad es muestra de una sociedad debilitada.

 

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