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Puchuncaví–Quintero: a un año del fallo de la Suprema sigue siendo una Zona de Sacrificio

Columna de opinión por Flavia Liberona
Lunes 8 de junio 2020 12:28 hrs.


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A un año del pronunciamiento de la Corte Suprema sobre la situación de contaminación que afectó a los habitantes de Puchuncaví y Quintero en agosto de 2018, una vez más constatamos que el Estado de Chile, pero particularmente el Gobierno actual, no ha  cumplido con la tarea encomendada y por tanto se está muy lejos de terminar con la contaminación del aire, agua y suelos que afectan a los habitantes de la zona. Los hechos nos muestran una realidad muy distinta a lo señalado por la ministra Carolina Schmidt en la cuenta pública del Ministerio del Medio Ambiente o a las palabras pronunciadas por el propio Presidente Sebastián Piñera en reiteradas ocasiones en las que se ha comprometido a terminar con las Zonas de Sacrificio.

En mayo de 2019, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, acogiendo con esto los recursos de protección presentados por diversas entidades. Según el pronunciamiento del máximo tribunal, diversos órganos e integrantes del poder Ejecutivo, entre los que se identificaban al Ministerio de Medio Ambiente, Ministerio de Salud, Superintendencia de Medio Ambiente, Oficina Nacional de Emergencia, entre otros, incurrieron en faltas de actuación que implicaron la vulneración de derechos establecidos en la Constitución,  tales como el derecho a la vida e integridad psíquica, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y el derecho a la salud. Derechos que hoy siguen siendo vulnerados.

Tras la sentencia pronunciada se prendió una luz de esperanza en los habitantes de la Bahía de Quintero, quienes creyeron que por primera vez en más de 50 años de contaminación en las aguas, aire y suelos, podría comenzar a pasar algo que cambiaría su destino. Sin embargo, a 12 meses de este pronunciamiento, todo sigue prácticamente igual y esa esperanza se ha ido transformando en frustración e, incluso, rabia.

Es lamentable tener que decirlo, así tan claramente, pero si se analiza lo ordenado por el tribunal supremo hace exactamente un año, en una sentencia que consta de 15 medidas para resolver la grave contaminación que afecta a la zona, resulta evidente que los avances en la materia son prácticamente nulos.

El primer punto señala que La autoridad sectorial deberá efectuar, a la brevedad, los estudios pertinentes para establecer, de manera cierta y debidamente fundada, cuál es el método más idóneo y adecuado para identificar, como para determinar la naturaleza y características precisas de los gases, elementos o compuestos producidos por todas y cada una de las fuentes presentes en la Bahía de Quintero, Ventanas y Puchuncaví”. Esto resulta clave, pues es el punto de partida para el desarrollo de varias medidas indicadas en el fallo, sin embargo, estos estudios no se han realizado. 

Para decirlo claramente, a un año de emitido el fallo de la suprema y a más de un año y nueve meses de ocurridos los episodios de intoxicación masiva en las comunas de Puchuncaví y Quintero, la autoridad sanitaria y ambiental aún no ha establecido cuáles fueron los contaminantes y las empresas involucradas en los episodios de contaminación masiva acecidos en 2018, información que resulta extremadamente relevante para los habitantes del lugar y para la adecuada ejecución del fallo.

Por otro lado, tampoco se han implementado otras acciones que podrían paliar la dramática situación que afecta a los habitantes de la Bahía de Quintero, más aún en un escenario de COVID 19, en el cual esta población pasa a ser extremadamente vulnerable, como lo establecido en el punto h de esta sentencia, el cual indica “que la Oficina Nacional de Emergencia proceda, a la brevedad, a elaborar un Plan de Emergencia que permita enfrentar situaciones de contaminación como las ocurridas los días 21 y 23 agosto y 4 de septiembre de 2018 en las comunas de Quintero y Puchuncaví, instrumento en el que deberá incorporar, además, todas las medidas de coordinación, de disposición de recursos y las demás que se estimen atinentes y útiles para “solucionar los problemas derivados” de esos eventos. Medida que tampoco se ha implementado.

Lo cierto es que el fallo de la Suprema, en los hechos, no ha ocasionado ningún cambio significativo, a tal punto que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) le ha tenido que oficiar a la Corte de Apelaciones de Valparaíso para que informe del estado de avance del cumplimiento de la sentencia. Mientras tanto, las personas que allí habitan, siguen viviendo en una zona altamente contaminada.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.