Desde el 18 de octubre de 2019 al 8 de diciembre del mismo año, el Ministerio Público solicitó la medida cautelar de prisión preventiva en 3.447 de los 3.850 casos de saqueos que llegaron a los tribunales. Según la información del Poder Judicial, la medida cautelar fue otorgada en un 83,4% de los casos, es decir, en 2.873 casos ocasiones. Asimismo, a principios de marzo de este año, fueron detenidos por desórdenes graves 44 jóvenes pertenecientes a la denominada ‘primera línea’, de los cuales sólo cuatro contaban con antecedentes penales previos, por lo que los tribunales resolvieron dejarlos con firma mensual. Sin embargo, tras una apelación del Ministerio del Interior invocando la recientemente aprobada Ley Antibarricadas, la Corte de Apelaciones resolvió que 28 de ellos quedaran en prisión preventiva.
Hoy, a pocos días de que se cumpla un año del “estallido social” y a siete meses del operativo de Fuerzas Especiales, los 28 jóvenes formalizados aún no han sido enjuiciados y se mantienen privados de libertad pese a no tener condenas en su contra ni antecedentes previos. La situación ha sido calificada por algunos como una forma de “prisión política”, como lo expresa el profesor Claudio Nash en una columna publicada en Ciper Chile, en donde estima que el gobierno de Sebastián Piñera presionó para conseguir el fallo que los privó de libertad, el cual constituye “una muy mala señal sobre el rol de la Justicia en tiempos en que Chile vive una grave crisis de derechos humanos”.
En conversación con nuestro medio, el abogado de la Universidad de Chile y ex fiscal del Ministerio Público, Carlos Gajardo, abordó el debate en torno a las extensas y desproporcionadas medidas cautelares que se le han aplicado a jóvenes que fueron detenidos por desórdenes públicos en el contexto del estallido de octubre pasado.
¿Qué evaluación hace de la aplicación de medidas cautelares de prisión preventiva a los detenidos en el contexto del estallido social?
Yo diferenciaría las conductas por las cuales se han efectuado imputaciones en éstos hechos. Hay hechos que a mí me parecen que son bastante graves, que exigen y requieren efectivamente aplicación de medidas cautelares intensas. Estoy pensando, por ejemplo, en todas aquellas ocurrencias de hechos vinculados a incendios, los del metro de Santiago u otros lugares; todo lo cual son hechos sumamente graves, la ley tiene establecida penas altas y consecuencialmente, por lo tanto, me parece adecuado que en esos casos se hayan establecido prisiones preventivas.
Luego hay hechos de otra magnitud, que son graves también, que corresponden a los saqueos, que es la manera de calificar robos básicamente en lugares no habitados, que se producen de manera masiva por diversas personas aprovechando estos contextos de protesta, en que también razonablemente a mí me parece que son delitos graves, que debieran tener una sanción adecuada, proporcional, y en donde, por lo tanto, la medida cautelar de prisión preventiva no me parece desproporcionada.
Sólo hago en ese caso la diferencia, que pareciera que ese tipo de delitos debiera ser de mayor rapidez para investigar. Por lo tanto, habiendo ya pasado 10 meses desde la ocurrencia de esos hechos, no me parece adecuado que todavía existan personas que, acusadas de esos hechos, no hayan sido llevadas a juicio. Ignoro el detalle de cuánto es el volumen en que eso ha ocurrido, pero pareciera que por la gravedad de esos casos, pero también la falta de complejidad de ellos, es un tiempo más que prudente para que se tomen ya decisiones definitivas y no se extienda en exceso el período de prisión preventiva.
Y hago la tercera diferencia con los casos de desórdenes públicos en general, que son delitos de mucha menos intensidad, donde en general cuesta justificar que en ese tipo de delitos se decrete la prisión preventiva. Y si hubieran casos de personas que sólo por desórdenes públicos estén hoy día en prisión preventiva eso me parecería derechamente cuestionable.
Varios de estos jóvenes no tienen antecedentes penales, esto se suma a que en las audiencias muchos jueces han dicho que éstos desórdenes no son delitos graves, lo que hace presumir que es muy probable que en los juicios orales, abreviados o simplificados, no se les terminaría otorgando una pena de prisión efectiva. Hay quienes dicen que a estos jóvenes se les estaría aplicando una medida cautelar que va a ser mucho más gravosa que la propia sentencia. ¿Cómo ve usted esa situación?
Por eso a mí me gustaría tener mayor claridad en las estadísticas, porque lo que señalas es totalmente correcto. Es decir, las detenciones por desórdenes públicos están justificadas, la ley lo permite, pero atendida la baja penalidad que tienen -y que es razonable, es decir, por simplemente hacer desórdenes públicos no es razonable que una persona tenga una pena más allá de cinco años y un día, obviamente, no es equiparable ni a un robo en lugar habitado, ni a una violación, ni a un atentado grave-, son casos que en general no se debiera aplicar la prisión preventiva, y los casos en que eso se ha hecho a mí me parece que están equivocados. Que en esos casos se permanezca aún a una persona en prisión preventiva, me parecería incomprensible y por eso creo que sería bueno tener los datos exactos.
Creo que hay que hacer la diferencia respecto de los casos en que hay imputaciones y, por lo tanto, detenciones por incendios y por saqueos; en donde, por la mayor gravedad que tienen esos delitos y penas, la prisión preventiva puede estar justificada. Pero sólo por desórdenes públicos a mí me parece que sería un exceso que existieran personas hoy día que llevaran más de varios meses privados de libertad.
Así parece ser, según lo que hemos podido reportear con la Defensoría Penal Pública y otras organizaciones que están acompañando estos casos. En marzo de este año más de 30 jóvenes que integraban la denominada ‘primera línea’ fueron detenidos por desórdenes graves. Se denegó la prisión preventiva, pero el Ministerio del Interior apeló y algunos de ellos todavía están privados de libertad esperando su juicio. ¿Cree que puede haber un componente político detrás de esta situación?
Es un hecho que en ese caso hubo bastante presión, sobre todo del Gobierno. En esos casos la Fiscalía no pidió la prisión preventiva, el Tribunal no la concedió, la Fiscalía por lo tanto no apeló y sólo apeló el Gobierno como querellante, y hubo una revocación por parte de la Corte de Apelaciones. Entiendo que posteriormente, a las pocas semanas de eso, hubo algunas modificaciones en esas medidas cautelares. Por eso me parece que, en general, lo razonable es que todas esas personas, a estas alturas, habiendo pasado ya muchos meses, debieran estar en libertad.
Respecto de la labor del Gobierno, en específico del Ministerio del Interior y las intendencias, a quienes se le ha atribuido mucha influencia en estos casos debido a las atribuciones que tienen, a diferencia de la Fiscalía. Se ha criticado mucho la influencia que puede ejercer de esta manera el Ejecutivo sobre los tribunales. ¿Qué análisis cree que se puede desprender de eso?
A mí me parece que en general la explicación está en que cada uno de esos organismos representa intereses distintos, lo mismo que ocurre en este caso con el Ministerio del Interior, que actúa como un querellante más. Creo que a esta altura lo que uno más bien debiera preocuparse, más que la multiplicidad de querellantes, es que efectivamente se asegure la independencia de los jueces al tomar sus decisiones.
Eso creo yo que es un gran desafío, porque tiene que ver con la manera en que se designan a los jueces, los ministros de Corte de Apelaciones y de Corte Suprema, donde en general uno sigue apreciando, pero esto es válido para todo tipo de causas, demasiada influencia del mundo político al momento de efectuar esos nombramientos. Derechamente, los nombramientos que se realizan en la primera instancia son realizados en el Ministerio de Justicia a partir de ternas que se elaboran; mientras que los nombramientos que se realizan en la Corte Suprema también tienen un componente político extraordinariamente fuerte por la intervención que ahí tiene el Senado.
En general a mí me parece que ese es un tema que ha generado bastantes problemas, no sólo en este tipo de casos, sino en general. Sobre todo cuando hay investigaciones que se realizan a personas vinculadas al mundo político, y creo que estando en un momento constituyente, y siendo estas materias justamente reguladas por la Constitución, es el momento de pensar nuevas formas que tengan como fin asegurar la independencia de los tribunales y del Ministerio Público al conocer este tipo de materias.
Y si ese análisis lo llevamos al contexto de hace poco menos de un año atrás, en los meses posteriores al estallido social, donde había una clara condena política a la violencia, en donde también vimos que se aplicaron muchas prisiones preventivas por estos desórdenes; hay quienes dicen que la aplicación de estas medidas cautelares a estos jóvenes eran una forma de “prisión política”. ¿A usted qué le parece eso?
Yo no le daría ese calificativo. A mí me parece que son prisiones decretadas en delitos comunes y en los casos que así ha ocurrido me parecen excesivas, pero no le daría el tratamiento de que corresponde eso a una prisión de carácter político. Me parece que son prisiones que decretaron con exceso de rigor, que correspondieron a una coyuntura momentánea, y que fue absolutamente muy discutido, hubo gran discusión sobre todo entre los jueces de primera instancia y la Corte.
Pero lo que no tengo dudas es que pasados los meses, si es que ellas se han mantenido, resultan absolutamente desproporcionadas y me costaría mucho encontrar alguna justificación, o alguna persona que pudiera justificar aún que esas prisiones preventivas se mantuvieran.
Más allá de si se justifican o no, y entrando al plano de las especulaciones, ¿a qué cree usted podría responder eso?
Más que elucubrar o especular me gustaría tener casos concretos, porque de verdad me parece absolutamente falto de sentido que personas sin antecedentes e imputadas sólo por desórdenes públicos hoy pudieran estar en prisión preventiva. Entonces creo que hay que hacer un análisis más fino, de buscar esos casos y buscar la explicación de por qué eso está ocurriendo; porque jurídicamente no la tiene, no hay ninguna explicación jurídica para que personas que están imputadas por desórdenes públicos, sin antecedentes previos, hoy día a ocho meses o diez meses de esos hechos se mantengan en prisión preventiva. Si eso ocurre, me parece que hay un error garrafal en el sistema y creo que habría que analizarlo caso a caso.