15 años después de que el juez Daniel Urrutia Laubreux fuera sancionado por instar al Poder Judicial a disculparse por sus actuaciones durante la dictadura cívico-militar, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia y determinó la responsabilidad del Estado de Chile en la violación de las garantías de Urrutia en términos de libertad de pensamiento y expresión, así como también de sus garantías judiciales y al principio de legalidad, por no respetar y garantizar dichos derechos.
El magistrado había sido sancionado en 2005 por remitir un trabajo académico a la Corte Suprema en que cuestionaba el actuar del Poder Judicial, señalando que éste debía disculparse con la ciudadanía por su responsabilidad en las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura. El caso llegó hasta la Corte Interamericana que, en un contundente fallo dictado el pasado 6 de noviembre, constató que no es acorde a la Convención Americana de Derechos Humanos el sancionar las expresiones realizadas en el trabajo académico como el realizado por Urrutia; entre otras vulneraciones.
En entrevista con Diario y Radio Universidad de Chile, el juez Daniel Urrutia Laubreaux se refirió a la sentencia de la Corte Interamericana de DD.HH. y sus implicancias para la Justicia chilena, señalando que la sentencia deja en evidencia la necesidad de “reformar el Poder Judicial“.
“Este trabajo académico de 2005 era justamente sobre cómo introducir el concepto de los Derechos Humanos en el trabajo del Poder Judicial chileno. Habíamos vuelto a la democracia hace poco y lo que hay que anotar es que en este tiempo el Poder Judicial no ha cambiado. No ha cambiado, y no solamente en cómo era desde la dictadura, sino que desde las leyes españolas. Esto establece un régimen absolutamente vertical, de jerarquía, y esa situación se denunció en el trabajo académico, porque esa configuración es para un régimen autoritario, eso es lo que pudimos dar cuenta. Es decir, una vez instalada en el poder una dictadura, el Poder Judicial chileno no fue capaz de defender los derechos de los ciudadanos. Eso se denunció en el trabajo y por eso se dijo que, para poder reposicionarse moralmente, la Corte Suprema, por ser el órgano máximo del Poder Judicial chileno, debía pedir perdón a las y los chilenos”.
¿Cómo terminó todo en la Corte Interamericana de Derechos Humanos?
Esto llevó a que la Corte Suprema, en 2005, ordenara un sumario en mi contra, porque encontró ‘inaceptable’ esta crítica, y la Corte de Apelaciones de La Serena procedió a sancionarme -en virtud del artículo 323 número 4 del Código Orgánico de Tribunales, que prohíbe a los jueces defenderse o atacar a otros jueces sin la autorización de la misma Corte Suprema-. Una vez que me castigan yo apelo a la Suprema, y la Suprema claro, es el mismo órgano que denunció, por lo tanto vuelve a sancionarme y ahí se agotan los medios internos. Por eso acudí al Sistema Interamericano.
¿Qué determinó en su sentencia la Corte?
Después de 15 años la Corte Interamericana ha declarado la violación a los derechos humanos en este sumario administrativo. La violación del derecho a la libertad de expresión, de emitir opinión, y la libertad académica, por lo tanto. También condena al Estado por la violación al debido proceso legal. Es decir, considera la Corte Interamericana que el Poder Judicial chileno -y mira la gravedad de lo que la Corte está señalando- no puede asegurar a los jueces que van a ser investigados, sancionados o absueltos por un órgano imparcial; porque el mismo órgano que denuncia es el órgano que sentencia.
Una cuestión que subyace a toda la sentencia, y que lo desarrolla muy bien en su voto concurrente el ministro Zaffaroni, es que una estructura jerarquizada vertical, como la que tenemos en el Poder Judicial chileno, es incompatible con la Convención Americana de Derechos Humanos. ¿Por qué? Porque no asegura que las y los ciudadanos tengan derecho a jueces imparciales e independientes, porque esta estructura hace que los jueces ‘inferiores’ estén pensando en lo que la Corporación quiere. No en los ciudadanos y en sus derechos, porque la Corporación -en este caso la Corte Suprema- es la que determina si suben, bajan o si son sancionados. Entonces, se produce un poder corporativo que enturbia la necesaria independencia judicial interna de los jueces para asegurarle a las y los ciudadanos que van a tener jueces imparciales, que van a mirar sólo el hecho y la ley, y no consideraciones acerca de si los van a sancionar o no los van a sancionar.
Para usted, ¿cuál es el mensaje que envía la Corte Interamericana de DD.HH. al Estado de Chile con este fallo?
La Corte manda un mensaje clarísimo al Estado chileno, por una parte, de que su legislación no es compatible con la Convención Americana de DD.HH., sobre todo este tema del Código Orgánico de Tribunales y su estructura; pero también manda un mensaje potente a las y los constituyentes del próximo año. Es decir, que el Poder Judicial chileno debe refundarse.
¿Por qué debe refundarse?
Porque la actual configuración institucional no es compatible con los Derechos Humanos, no asegura los derechos humanos de las y los ciudadanos en Chile. Eso lo vimos durante la dictadura, en donde hasta ahora -y es una vergüenza para el Poder Judicial- estamos fallando casos de hace 40 años. O sea, el Poder Judicial nunca le dio la importancia a los casos de violaciones a los DD.HH. durante la dictadura, del pasado reciente.
Y ahora estamos observando que, por ejemplo, durante las violaciones a los DD.HH. durante el estallido social, tampoco hay reacción del Poder Judicial. Una reacción fuerte y potente en orden de dar todos los recursos necesarios para poder efectivamente realizar un trabajo de aseguramiento de los derechos de las personas.
¿No ha existido esa reacción de parte del Poder Judicial?
Cuántas veces vimos a las Cortes de Apelaciones, sobre todo la de Santiago, rechazar los recursos de protección por las violaciones a los DD.HH. de la protesta social. Hay muchos recursos rechazados por la Corte de Santiago, entonces esa es una configuración en la que uno se pregunta: ¿qué está mirando la Corte? Bueno, la configuración institucional hace que los ministros de Corte muchas veces miren el interés del Gobierno, porque los nombra como ministros de la Corte Suprema: el Gobierno propone y el Senado ratifica. Entonces, obviamente hay un interés de no ‘molestar’ a quien esté en el poder. Y da lo mismo quién esté en el poder, hay un incentivo perverso para que los jueces de las Cortes de Apelaciones no fallen en relación a los hechos y, sobre todo, en relación a los derechos de los ciudadanos.
Esta es una situación en la que la Corte Interamericana de Derechos Humanos pone el énfasis en la estructura, en esta jerarquía. Incluso hay un párrafo del ministro Zaffaroni que señala que la existencia de esta jerarquía institucional del Poder Judicial es tan extraña en la democracia como un Ejército horizontal. O sea, el Ejército tiene que ser vertical, per sé, para el mando; pero es tan extraño que un Poder Judicial sea vertical y jerárquico, como lo es que un Ejército sea horizontal. Eso no está dentro de las configuraciones institucionales, justamente para asegurar el respeto de los derechos de los ciudadanos. Eso es lo grave. Entonces, falta una cultura de derechos, falta que el Estado chileno se tome en serio los derechos. Y eso pasa también con las manifestaciones que hemos visto desde el estallido social.
Cuando dice que “falta que el Estado chileno se tome en serio los derechos”, ¿se refiere a los Derechos Humanos en particular?
Exactamente, porque resulta que finalmente toda violación a los derechos humanos pasa por una decisión de un juez. O sea, ningún caso de la Corte Interamericana de DD.HH. se va a conocer si es que los jueces en los países respetasen los derechos de las personas. Si los jueces nacionales respetan los derechos humanos y hacen valer los derechos humanos establecidos en las leyes, en la Constitución y en la Convención Americana; no pasan a la Corte Interamericana.
El problema se produce porque los jueces nacionales convalidan las violaciones a los derechos humanos. Entonces, eso es lo que hemos visto, por ejemplo, en el caso del juicio a los longkos; también los casos mapuche en los cuales la Corte Interamericana ha condenado al Estado chileno por discriminación, con los llamados ‘testigos sin rostro’.
En la medida en que no se refunde el Poder Judicial, como propone usted, ¿nos veríamos enfrentados a una impunidad similar a la que ha primado en las violaciones a derechos humanos ocurridas en dictadura?
Es bastante probable, porque el problema es estructural. No puede quedar a situaciones personales, a que exista una jueza o un juez que tenga sensibilidad con el tema de los derechos humanos; eso no cumple el estándar. La estructura del Poder Judicial debe asegurar los derechos humanos. O sea, tiene que ser cambiada la lógica, nosotros no tenemos una cultura de Derechos Humanos dentro del Poder Judicial.
Entonces, tiene que haber una refundación del Poder Judicial. No puede seguir de la misma manera, porque a ojos ya del Sistema Interamericano de DD.HH. nuestra estructura del Poder Judicial es una que no asegura el cumplimiento de los derechos de las personas, ni la Convención Americana de DD.HH., y no garantiza ni promueve los derechos humanos.
La Corte Interamericana de DD.HH. da plazo de un año para el Estado de Chile para cumplir la sentencia, período en el cual se desarrollará una Convención Constituyente en el país. ¿Cuál cree que es el mensaje de la Corte de cara a ese proceso?
En la constituyente vamos a tener que discutir cuál es el rol del Poder Judicial, cuál es la forma, cómo se nombran los jueces y juezas del país. Entonces, una de las cuestiones más importantes es que los constituyentes deberán reflexionar acerca de la necesidad de que las y los jueces chilenos tengan una cultura de derechos humanos, de derechos fundamentales, de defensa de estos derechos. Justamente para que no nos pase lo que nos ha pasado los últimos 40 años, en los cuales hemos tenido un Poder Judicial omiso, e incluso cómplice de las violaciones a los derechos humanos. Eso debe acabar y tenemos la oportunidad de hacerlo. Los constituyentes tienen el deber de hacerlo.
Esa es una de las cosas más relevantes de la sentencia, que llama al Estado chileno, y por lo tanto a los constituyentes, a reflexionar acerca de la estructura del Poder Judicial, que debe ser una estructura y un Poder Judicial para promover los derechos de las personas y garantizar la democracia; no para reprimirla.
Foto en portada: Jose Francisco Zúñiga /Agencia UNO.