La comisión de Constitución resolvió esta tarde facultar al juez de familia autorizar el retiro de fondos de pensiones del alimentante moroso, por parte del alimentante o su representante legal.
La iniciativa, al alero del proyecto para un segundo retiro de fondos del 1o por ciento previsional, fue aprobada en particular y de forma unánime por 12 votos a favor, y resultaría ser una respuesta a la opción que tenían los deudores en el primer retiro para no solicitar el beneficio.
En la actualidad, se estima que en Chile el 84% de los deudores en causas de alimentos no pagan las pensiones. Además, según datos obtenidos del primer retiro de fondos, de las mas de 500 mil causas en tribunales para obtener la retención del citado 10%, 250 mil aún no han sido pagadas a los niños, niñas y adolescentes.
⭕Comisión de Constitución aprueba en forma unánime – 12 votos a favor- el proyecto de reforma constitucional que faculta al juez a autorizar el retiro de fondos previsionales de deudores de alimentos.
Pasa a la Sala, donde será informado por el diputado @matiaswalkerp.
— Diputadas y Diputados de Chile (@Camara_cl) November 11, 2020
Dentro del articulado de este proyecto discutido y votado este miércoles, se consideró que la autorización del juez sea sólo a petición de parte y no de oficio, esto para concentrarse en causas en que hay necesidades de las partes afectadas.
Asimismo, cuando existen varios alimentantes en distintas causas se determinó el pago pro rata y que sea competente el juez que lleve la causa más antigua en que se ha decretado la retención; además de establecer que el plazo de las AFP para realizar el pago sea 10 días.