El desafío de la nueva Constitución: una educación integral garantizada

  • 20-11-2020

La Constitución ilegítima y fraudulenta  del ’80 impuesta  por la dictadura de Pinochet, ha sido un traje a la medida del modelo económico y social neoliberal, ya que no garantiza los derechos sociales mínimos, como la educación, la salud, sistema de pensiones, etc, regulando de sobremanera la libertad de empresa, la propiedad privada y el libre mercado.

Respecto al derecho a la educación expresada en la actual Constitución, no establece que la educación esté garantizada por el Estado, sino que se refiere a la responsabilidad de educar por parte de los padres. Lógicamente la familia es corresponsable y coparticipe, pero es el Estado el responsable de otorgar igualdad de oportunidades a los niños, niñas y jóvenes. En la actualidad  el Estado entrega a particulares demasiadas prerrogativas. La nueva Constitución requerirá un rol activo del Estado, en que se haga cargo completamente, no en forma subsidiaria, del derecho humano a la educación universal.

El Estado debe asegurar condiciones adecuadas para el aprendizaje de todos los estudiantes (alimentación, transporte, infraestructura, etc.) y asegurar un nivel de excelencia e integralidad que permitan alcanzar los estándares de aprendizaje que estén definidos claramente en la nueva Constitución.

Ocho cambios constitucionales relevantes

1.- La nueva Constitución debe reconocer como valor superior a la educación pública por sobre la privada, educación como un derecho, donde le corresponde al Estado asegurar y garantizar que ésta sea gratuita, pública, integral, no sexista y laica en todos los niveles.

2.- Eliminar cualquier concepto o mención que haga posible una educación de mercado, esto implica garantizar que el Estado asuma en su totalidad la responsabilidad de entregar  educación integral a toda persona que viva territorio en chileno: fin de la subsidiariedad como noción.

3.-  Modificar el concepto de “Libertad de Enseñanza”, que en la actual Constitución se entiende como libertad de emprender en el negocio educativo, complementándola con el derecho de los padres a elegir, asimilando a los conceptos mercantilistas de oferentes y demandantes. El problema es que no todos los padres tienen los recursos económicos para elegir libremente, por tanto, es un derecho que no pueden ejercer. En este sentido, el concepto correcto es el de Libertad de Cátedra, que se aplica a las y los docentes como profesionales autónomos y expertos en materias pedagógicas.

4.-  Considerar la inclusión real de las personas en situación de discapacidad.

5.-  Apuntar hacia una educación no sexista y no discriminatoria, desde la formación de los docentes hasta llegar al aula, con políticas nacionales en todo nivel.

6.- El Estado debe garantizar la infraestructura necesaria para el óptimo funcionamiento, considerando las características territoriales de los lugares donde se encuentren las instalaciones educativas.

7.- El Estado debe asegurar la formación y capacitación pedagógica y profesional permanente hacia el profesorado. Esta formación continua debe ser valorada por la sociedad.

8.- Establecer a la educación como una herramienta de formación integral del ser humano, considerando su desarrollo personal, incluyendo el pensamiento crítico, así como el desarrollo emocional y creativo de cada estudiante. Fomentando valores como la democracia  y la solidaridad, aportando al bienestar social, en un contexto de respeto a los Derechos Humanos, libertades fundamentales y nociones como la Justicia social, la diversidad, la no discriminación, la protección al medio ambiente, la No violencia, al tiempo que se garantiza la enseñanza del conocimiento  de nuestros pueblos originarios, tanto en sus creencias, idiomas y expresiones culturales.

 

El autor es Presidente Metropolitano del Colegio de Profesoras y Profesores

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.

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