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A 10 años del incendio en la cárcel de San Miguel: ¿Cuánto aprendió el Estado sobre la protección de privados de libertad?

A pesar de que aquella tragedia reveló los peligros del hacinamiento y la desorganización de los penales, en la actualidad la situación sigue siendo similar. Por ello, en opinión de quienes conocen este caso y el sistema penal, es fundamental que el Estado reconozca que debe ser garante de derechos para las personas recluidas, indiferente cual haya sido su delito.

Andrea Bustos C.

  Lunes 7 de diciembre 2020 12:42 hrs. 
Incendio San Miguel- ATON

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Este 8 de diciembre se cumplen 10 años del incendio en la cárcel de San Miguel, tragedia en la que fallecieron 81 personas privadas de libertad, algunas de ellas solo cumplían prisión preventiva.

El incendio reveló de la peor forma la cruda realidad de las cárceles chilenas, en que el hacinamiento, la desorganización, la falta de protocolos y el poco personal son los protagonistas.

La tragedia marcó historia y puso en cuestión el rol del Estado de Chile en materia de protección de personas privadas de libertad, quienes indiferente del delito que hayan cometido siguen siendo sujetos de derechos.

Sin embargo, a pesar de que un hecho tan terrible como aquel pudo motivar una serie de cambios en el sistema penal para hacer frente al hacinamientos y las malas condiciones penitenciarias, 10 años después la situación es similar a aquel diciembre.

Según la información difundida por Gendarmería en su sitio web , actualizada al 31 de octubre de este año, la institución atiende a 94.877 personas en regímenes cerrados y abiertos a nivel nacional, sin contar quienes son parte del sistema postpenitenciario.

Por otra parte, la información referente a la capacidad de los centros penitenciarios está disponible hasta 2019. Según el Compendio Estadístico Penitenciario 2019 los establecimientos penales tuvieron 41.977 personas recluidas 24 horas durante ese año, tanto en cárceles concesionadas como tradicionales. La capacidad real de los recintos era de 40.444, lo que significa una ocupación de 103,8 %.

Al abordar la cifra por regiones se evidencia que Antofagasta, Atacama, Valparaíso, Ñuble, y la Región Metropolitana superaron el total de su capacidad de diseño en hasta en un 154%.

Si bien Gendarmería indica que entre 100 y 200% el término utilizado debe ser sobrepoblación, y solo sobre el 200% debe denominarse hacinamiento, lo cierto es que las cifras dejan claro que las cárceles son ocupadas por sobre su capacidad, lo que dificulta que las personas privadas de su libertad hagan el correcto uso de los espacios tal y como fueron diseñados para su bienestar.

Dicha situación ha generado serios problemas a lo largo de los años, y especialmente este 2020 ante la pandemia, pues la sobrepoblación ha implicado un factor de riesgo para miles de internos y gendarmes.

Asimismo, los altos números de reclusos han generado importantes cuestionamientos al abuso de la prisión preventiva como castigo anticipado, el que llena los penales aun cuando muchas de esas personas probablemente no lleguen a cumplir una pena efectiva, como ocurre con las medidas cautelares impulsadas a los denominados presos de la revuelta.

INCENDIO SAN MIGUEL

Respecto de los 10 años transcurridos desde este fatal incendio, Valeska Orellana, directora territorial de ONG Leasur, que promueve el respeto de los derechos de personas privadas de libertad, expresó que las sensaciones vividas en la actualidad no son tan positivas, dado que no mucho ha cambiado desde 2010.

“Hay un cierto grado de pesimismo por la situación que siguen viviendo las personas privadas de libertad, donde la promoción de sus derechos y el respeto por la dignidad se sigue vulnerando en los recintos penales del país. A la vez hay mucha esperanza por el trabajo que han ido desarrollando, con el transcurso de los años, organizaciones de la sociedad civil en torno a la cárcel, lo que ha permitido visibilizar distintas problemáticas que enfrentan las personas privadas de libertad”, señaló.

En esa línea, agregó que hoy existe una mayor sensibilización sobre la realidad carcelaria, lo que ayuda a la generación de cambios: “El problema de la cárcel no se va a resolver al interior de esta, sino que en el exterior, en la propia sociedad que la crea, que produce, que alimenta y reproduce la cárcel, siendo la sensación de hoy buscar menos cárcel y no una cárcel mejor”, expresó Orellana, recordando las palabras del abogado argentino Iñaqui Rivera.

Por otra parte, sobre los cambios y aprendizajes del Estado de Chile ante esta situación, la directora territorial de ONG Leasur comentó que no se ha aprendido en materia del respeto y protección de derechos y dignidad de personas privadas de libertad.

“Hoy la cárcel sigue violentando y vulnerando garantías fundamentales en las personas privadas de libertad, eso se refleja en los altos índices de violencia al interior de la cárcel, violencia que nace de las condiciones carcelarias, el hacinamiento es violento, la falta de agua potable, el nulo acceso al derecho a la salud, entre otras vulneraciones, son violencias que se encuentran naturalizadas y sistematizadas en las cárceles de nuestro país”, aseveró.

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Una opinión similar mantiene la periodista Tania Tamayo, autora del libro “Incendio En La Torre 5: Las 81 muertes que gendarmería quiere olvidar”.

La académica de la Universidad de Chile expresó que a 10 años del incendio se mantiene una sensación de desamparo tanto hacia los internos como hacia los funcionarios de Gendarmería: “No hay un incremento importante en el financiamiento que el Estado imprime en esta institución y eso hace que el trato hacia los internos en términos de DD.HH, de fichas de clasificación respecto a niveles delictuales, no sean lo suficientemente exhaustivos. Hay una especie de desinterés de parte del Estado y es un desinterés poco inteligente porque no se piensa en la reinserción de los internos, ni en la capacitación permanente y el apoyo a los funcionarios de Gendarmería”.

Junto a ello, la periodista expresó que tampoco se han visto incrementos importantes en la construcción de cárceles, ya sea concesionadas o públicas, mientras que los recintos existentes continúan con pésimas condiciones de habitabilidad. A ello se suma la poca inversión que se hace en la reinserción de las personas privadas de libertad.

“Tengo la sensación de que el Estado no ha aprendido de lo que ocurrió. Y lo que ocurrió no solo dice relación con una pelea de internos dentro una de las cruces de la cárcel de San Miguel, dice relación con la poca pulcritud en términos administrativos, la falta de protocolos, el poco respeto hacia sus derechos humanos, la poca cantidad de gendarmes a cargo de internos, es un proceso amplio de aprendizaje importante que tiene que hacer el Estado y que no ha hecho”, aseveró.

Para Tania Tamayo los cambios en el sistema deben pasar por la sociedad en su conjunto y su comprensión de la importancia de la reinserción social, y también por el entendimiento por parte del Estado de que las personas privadas de libertad son sujetos de derechos, al igual que los funcionarios de Gendarmería, lo que implica sean efectivamente tratados como tal.  “La cárcel no debe ser un reflejo de que ahí están los que no le importan a nadie”, expresó la académica.

En tanto, en lo que refiere a legislaciones pendientes, Valeska Orellana agregó que lo que hace falta es que las condiciones mínimas estén efectivamente establecidas.

“Las implementaciones pendientes por parte del Estado de Chile son una Ley de Ejecución Penal y el voto preso. Una Ley de Ejecución Penal que regule el sistema penitenciario chileno y que permita fijar las condiciones mínimas que rigen en prisión. La importancia del voto preso, y en general de los derechos políticos de las personas privadas de libertad, radica en la necesidad de integrarlos como sujetos partícipes de la construcción de la sociedad a partir de los procesos democráticos. De esa manera, a partir de la participación política, se tiende un puente que permite recomponer de cierta forma el sentido pertenencia a la comunidad, impactando de forma directa en la reinserción”, explicó Orellana.

CARCEL SAN MIGUEL

10 años sin justicia mi reparación 

El pasado 19 de noviembre, el Séptimo Juzgado Civil de Santiago ordenó al Estado pagar más de $3.700 millones de indemnización a las familias de las personas que fallecieron en el incendio, monto que se distribuye en función del vínculo que tenían con las personas que perdieron su vida. Los montos van entre 3 y 112 millones.

“Las autoridades penitenciarias no podían menos que prever que el hacinamiento, la inexistencia de medidas de evacuación, la inexistencia o ausencia de comunicación de un plan de incendios, el exiguo número de funcionarios a cargo de población penal, la escasa o nula preparación bomberil de los funcionarios de Gendarmería y las desbordadas conductas de los internos, convertían a estos cilindros de gas en una bomba de tiempo para la seguridad de la población penal”, argumentó el tribunal.

Sin embargo, la decisión no dejó conformes a las familias de las 81 víctimas, dado que no solo consideraron insuficientes los montos, sino que también parte de la argumentación del Juzgado alude a que el Estado no puede pagar más.

“En muchos casos el número de demandantes es muy alto, lo que podría -de acogerse las acciones en los términos planteados- dar lugar a indemnizaciones que escapan de lo razonable y prudente”, se indicó.

A ello se agregó incluso el requerimiento de que las familias comprueben sus vínculos, “sobre todo si en muchas de las demandas e informes psicológicos y sociales, se ha aludido a relaciones distantes entre las víctimas y sus vínculos más cercanos”, se indicó.

A juicio de la periodista Tania Tamayo, quien declaró en este proceso, las indemnizaciones en este caso no deberían estar en ningún momento en duda.

“Nada de lo que hizo la autoridad tuvo algún resultado positivo, no hubo precaución, no hubo protocolos, pudimos registrar que hubo incendios casi de la misma magnitud, que muchos internos habían elevado recursos de amparo a la justicia porque habían recibido amenazas de muerte, o dentro de esos mismos espacios habían permanentes riñas que los hacían estar en una situación de angustia o inseguros de sus vidas. No había protección en cubrir redes secas y húmedas, entonces la negligencia de parte del Estado fue completa y desde todas las aristas (…) La indemnización por parte del Estado es lo lógico”, expresó.

Este fallo corresponde a uno de primera instancia, por lo que desde las familias de las víctimas están evaluando apelar a la sentencia. Asimismo, podrá hacerlo el Consejo de Defensa del Estado.

Con una justicia civil todavía por resolverse, con una justicia penal que no encontró culpables, con el recuerdo presente de las 81 víctimas y con las cárceles todavía sobrepobladas y complicadas sanitariamente con una pandemia, lo sucedido el 8 de diciembre de 2010 cobra más importancia que nunca para no olvidar que quienes estén privados de libertad siguen teniendo derechos, deben tener una vida digna y ser protegidos por el Estado cualquiera sea su falta o crimen.

Crédito fotografía referencial: ATON
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