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Año XVI, 29 de marzo de 2024


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Domingo Lovera valida plebiscitos durante la Convención Constituyente: “La ciudadanía está demandando participar”

El abogado y académico señala que el planteamiento de Felipe Harboe y Jorge Correa Sutil de que la Constitución no permitiría mecanismos de participación ciudadana durante la Convención Constituyente, demuestra una comprensión estrecha y puede poner en riesgo el éxito del proceso.

Gabriela Medina D.

  Sábado 24 de abril 2021 17:31 hrs. 
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En una carta al diario El Mercurio, los abogados y candidatos constituyentes Felipe Harboe y Jorge Correa Sutil plantearon que en el escenario en que en la Convención Constituyente no se logren los dos tercios para aprobar alguna norma o reglamento, ésta no tiene la facultad de llamar a un plebiscito para destrabar ese escenario. Esta carta fue en respuesta a otra escrita por otros dos abogados y candidatos, Fernando Atria y Amaya Alvez, quienes afirman que “no hay regla alguna que prohíba a la Convención, al momento de fijar un eventual reglamento de participación en el proceso constituyente, acordar diversas formas de consulta y participación”.

En la carta de Harboe y Correa justifican que hay textos expresos en la Constitución que no permiten lo expuesto por Atria y Alvez. Citan el artículo 7 y el art. 135 y además agregan que “algo que no esté prohibido en Derecho Público no es argumento para darlo por permitido”.

Esto también ha generado criticas del abogado, director del Programa de Derecho Público de la Universidad Diego Portales (UDP), Domingo Lovera, quien a través de la red social Twitter manifestó su desacuerdo en lo establecido por Harboe y Correa. “Si uno se tomara en serio la réplica de Correa Sutil y Harboe, debería concluir que la Convención podría solo regular la votación de las normas y el reglamento de la Convención, ¡y nada más! Prenda de fracaso de su trabajo”, dijo en la red social.

Radio Universidad de Chile conversó con Lovera sobre la polémica y lo que en su consideración es el rol de la participación ciudadana. “Dejan ver una comprensión demasiado estrecha del proceso constituyente, como si éste se tratara únicamente de una cuestión cuyos contornos son jurídicos y legales. Y con esa visión dejan de observar lo que se está intentando hacer, que es avanzar hacia un proceso constituyente y un dialogo con la ciudadanía”,  explicó el abogado sobre lo expuesto en la carta de Harboe y Correa.

Sobre los argumentos presentados en la carta, el director de Derecho Público de la UDP considera que no es absolutamente claro que las disposiciones que ellos citan cohíban el establecer mecanismos de consulta ciudadana. “Las disposiciones vigentes establecen que acá tenemos una Convención que una vez que se instalen, tiene que definir el reglamento de funcionamiento”.

El abogado reitera que esa estrechez de pensamiento puede poner en riesgo el éxito del proceso. “Hoy día la ciudadanía está demandando participar, no basta únicamente, aunque es muy buen primer paso, con elegir nada más a los integrantes de la Convención”.

El reclamo principal de Lovera a Harboe y Correa  es que solo se centran en la cara negativa del Constitucionalismo. “Cuando tú ves las cartas que ellos han enviado con respecto a las funciones de la Convención, lo único que están remarcando en todo momento son los límites, las restricciones, lo negativo y lo que yo estoy diciendo es que hay que también mirar la cara positiva del Constitucionalismo, ojo que no es buena, sino que tiene una habilitación para el ejercicio de funciones. La Convención puede dictarse un reglamento, puede establecer mecanismos de participación y puede buscar formas de consultar a la ciudadanía. Nada de eso supone, como han dicho, defraudar los principios del acuerdo de Noviembre ni echar por tierra el proceso constituyente”, explicó.

Al ser consultado si era posible desde el punto de vista de recursos y logístico realizar plebiscitos o mecanismos de participación ciudadana durante la Convención, señaló que la obligación constitucional y política del Gobierno es la de hacer todo lo posible para asegurar el éxito del proceso. “Si fracasa porque careció de financiación suficiente, eso no solamente va a mostrarnos como un ridículo ante el mundo, sino que hace colisión con esta obligación del Estado y el Gobierno en particular de hacer todo lo posible para el éxito del funcionamiento de la Convención”, concluyó Lovera.

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