Diario y Radio Universidad Chile

Año XVI, 29 de marzo de 2024


Escritorio

Contra los niños, no solo contra las mujeres: Resolución de Juzgado de Paillaco reaviva discusión sobre el no pago de pensiones de alimentos

La sentencia de la magistrada Lucía Masrri obliga a AFP Capital a pagar la deuda de pensión alimenticia luego de que la empresa depositara a su afiliado la totalidad del tercer retiro de fondos, desconociendo la medida cautelar de retención decretada. Para la diputada Marisela Santibáñez, el tema del incumplimiento de las obligaciones para con los hijos debe transformarse en una política de Estado, que vaya más allá de los retiros desde las AFP o la retención de los bonos de ayuda del Gobierno.

Claudia Carvajal G.

  Lunes 21 de junio 2021 10:10 hrs. 
foto-pension

Compartir en

Con fecha 5 de mayo, el juzgado de Familia de Paillaco dictó medida cautelar de retención de los fondos del tercer retiro de AFP de un afiliado de Capital debido a una deuda de pensión alimenticia. El 7 de mayo la AFP informó que se había pagado el monto completo del tercer retiro en la cuenta bancaria de su afiliado sin hacer la retención ordenada por el Tribunal, ante eso, la magistrada Lucía Masrri, Jueza titular del Juzgado de Familia de Paillaco, ordenó que sea la propia AFP la que pague la deuda al haber “impedido o frustrado” el pago de la deuda.

“Pese a existir una retención de los fondos por parte del Tribunal, la AFP aún así efectúa la entrega de los fondos al afiliado. Tal como lo indica la resolución dictada en la causa se estableció que la AFP no solo estaba incumpliendo, sino además obstaculizando y entrabando el pago de una pensión de alimentos, por lo que se determinó que debía responder de forma solidaria”, explicó la propia magistrada.

El asunto volvió a insuflar una discusión de gran relevancia mediática  durante el primer retiro de los fondos de capitalización individual:  en Chile el 46% de las mujeres no vive en el mismo hogar que el padre de sus hijos. De ellas, dos tercios no reciben pensión de alimentos y corren con todos los gastos de crianza.

En las dos primeras semanas luego de la publicación de la reforma constitucional que permitió el primer retiro, fueron 421 mil las solicitudes de retención y ese número solo ha ido aumentando con el paso del tiempo y los siguientes retiros. Al 20 de mayo , según el balance entregado por la ministra Gloria Ana Chevesich, vocera de la Corte Suprema y coordinadora del funcionamiento de tribunales en pandemia, los juzgados de Familia habían recibido “868.055 solicitudes de retención de fondos en los tres retiros, y de ellos se instruyeron más de 721 mil cautelas de dineros”.

cautelares

Fuente @Poder Judicial

La ministra Chevesich manifestó que,  en su labor, los tribunales han intentado dar respuesta a las demandas de la población, dada la importancia que este tema reviste para para niñas, niños y adolescentes.

Es necesario generar conciencia y relevar el problema que está generando el no pago de las pensiones de alimentos y adoptar otro tipo de medidas que aborden concretamente el problema con decisiones más de fondo”, dijo en esa oportunidad la vocera del Máximo Tribunal.

Romina Leone, vocera de la Agrupación Deuda Pensión de Alimentos, movimiento ciudadano formado el año recién pasado y que busca visibilizar la crítica situación que enfrentan aquellos padres que tienen el cuidado personal de sus hijos y no reciben lo que corresponde para su manutención por parte del otro progenitor, explicó a nuestro medio que la resolución del Juzgado de Familia de Paillaco representa un tremendo avance en esta materia.

“El nivel de burla al sistema es brutal. No hay nada que haga que realmente haga que una persona pague la pensión de alimentos hoy en día, así que esto que hizo el Tribunal de Paillaco implica que efectivamente el Estado, llámese un tribunal o una superintendencia de Pensiones, está dándose cuenta que esto no es un problema de ex parejas. Cuando un niño, un adolescente se queda sin su pensión de alimentos, se queda sin su sustento para ir al colegio, para alimentarse, más aún en esta situación tan grave”.

“En Chile las penas son nada, entonces a nuestro juicio esto debiese ser prioritario y (la falta de pago de las pensiones de alimentos) y debiese aplicarse el máximo rigor de la ley de modo que cualquier AFP que cometa un error de este tipo debiera pagar de su propio bolsillo”, agregó.

En la resolución de la magistrada Masrri  se explica que la decisión se funda en “los principios del derecho de familia, especialmente el art. 16 de la ley 19.968 que obliga a esta juez a disponer de todas las medidas para asegurar el goce de los derechos del niño, niña y adolescente”, y es justamente a eso que apunta Romina Leone: la falta de reconocimiento de las personas menores de edad como sujetos de derechos.

“Chile es uno de los pocos países donde no están resguardados los derechos del niño en la Constitución, Solo hacemos mención al Convenio Internacional, pero no hay garantía expresa de los derechos del niño y esto es algo que la nueva Constitución debe hacerse cargo y escribir en piedra: un niño por el solo hecho de existir tiene derecho a alimentarse, a vestirse y a educarse y como sociedad no podemos permitir que esto siga pasando, porque debemos proteger a esas vidas que están partiendo en todos los niveles”.

 

pensiones tribunales

 

Desde el Gobierno, en tanto, se busca poner fin a la llamada “cultura del incumplimiento” a través de un mensaje presidencial de modificación de la Ley N°14.908, sobre “Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias”, la Ley N°19.620, de “Adopción de Menores” y el Código Civil. El proyecto pretende crear el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos,  y así mejorar el sistema de pago de pensiones alimenticias, a la vez que se vela por el  el interés superior de los niños, niñas y adolescentes además de promover el principio de corresponsabilidad.

La normativa se revisó la primera semana de junio en la sala de la Cámara Baja y fue aprobada por la unanimidad de los diputados y diputadas y debe ser ahora discutida en el Senado. Sin embargo, según explicó en entrevista con nuestro medio la diputada Marisela Santibáñez, es necesario llevar a cabo modificaciones a la legislación vigente para asegurar los derechos de los NNA.

“A propósito de la pandemia, de la solvencia de los chilenos y chilenas y de la crisis económica se destapó esta olla que es la más brutal de todas: la cantidad de NNA que no reciben la pensión es espantosa y el Estado ha hecho vista gorda, porque no hay sanciones ante esos incumplimientos. Por eso hemos decidido hacer un proyecto de acuerdo, que ya está aprobado, para que sea el Estado el que se haga cargo de una pensión mínima que resguarde el derecho de los alimentarios directamente”.

Consultada sobre cómo esta falta de pago de las pensiones alimenticias se relaciona con la falta de reconocimiento de los NNA como sujetos de derecho y la deuda que el Estado de Chile tiene como garante para con los miembros más jóvenes de la sociedad, la diputada comunista enfatizó en que es precisamente eso lo que debe estar al centro de toda discusión, relativa tanto a pensiones de alimentos como a otros temas que afectan a niños, niñas y adolescentes.

 

file_20190320061844

Diputada Marisela Santibáñez.

“Hay que enfocarse en los derechos de los NNA, más allá de las retenciones de los retiros de las AFP, porque los niños son sujetos de derechos y ese es un tema que va desde los niños que están extraviados, los que no reciben su pensión de alimentos, los que fueron abandonados en los hospitales y tantas cosas más, porque ponemos el slogan ‘los niños primero’ y veamos en qué situación están ellos: al final de la fila. Debemos hacer cosas contundentes como por ejemplo el hacerse cargo de las deudas de alimentos y con el Estado como garante. Por eso, este proyecto de acuerdo se pone en el casi de esos padres y madres que realmente no tienen cómo pagar y el Estado podría hacerse cargo poniendo una pensión para aquellos niños, pero al mismo tiempo debe ser fiscalizador de quienes sí tienen cómo pagar y eluden su responsabilidad”.

Este jueves, el Gobierno, a través del Ministro de Justicia, Hernán Larraín, interpeló a las administradoras de fondos de pensiones para que cumplan con la normativa vigente y efectúen las retenciones judiciales por deudas de pensiones alimenticias, de lo contrario “se expondrán a las sanciones que para ello trae aparejada la ley”. En el caso de Paillaco, la resolución establece que si la AFP Capital no cumple con pagar los montos señalados en la medida cautelar, se aplicarán las multas e incluso se podría arrestar hasta por dos meses a su representante legal, Jaime Munita Valdivieso.

Síguenos en