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Año XVI, 19 de abril de 2024


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Domingo Lovera: “Una gran falta del Acuerdo por la Paz fue no contemplar una comisión de reparación para las víctimas de violaciones a los DD.HH.”

El académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales analizó la decisión de la Convención Constitucional de emitir una declaración en favor de un indulto para los presos de la revuelta y manifestó que, según su parecer, ello no implica inmiscuirse en la labor de los poderes del Estado.

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  Viernes 9 de julio 2021 10:38 hrs. 
Domingo Lovera, abogado y ex miembro de la Comisión Experta

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El jueves y luego una larga y controvertida discusión, la Convención Constitucional acordó la emisión de una declaración en favor de la libertad de los presos de la revuelta y de los presos mapuche.

Respecto de las impresiones de lo ocurrido en esa jornada en la sede Santiago del Congreso Nacional y la declaración aprobada en relación al indulto y amnistía de los presos de la revuelta y de los integrantes de pueblos originarios encarcelados en el contexto del conflicto mapuche, el académico de la Universidad Diego Portales, Domingo Lovera,  señaló, en conversación con la primera edición de Radioanálisis,  que es necesario despejar el tema de las atribuciones de la Convención Constitucional.

“Es cierto que su función es la de redactar y proponer al pueblo de Chile una nueva Constitución, pero también es cierto que puede adoptar otras medidas que sean conducentes para poder lograr tal objetico. Así lo mencionó Fernando Atria, quien expresó que la Convención no solo debe redactar una nueva Constitución, sino despejar el camino de obstáculos que impidan que esa tarea se concrete y este es uno que al menos en la opinión mayoritaria de los convencionales, debía tener avance para despejar esos eventuales obstáculos”.

“Es evidente que hay una conexión intensa entre el momento constituyente que estamos atravesando y los hechos ocurrido durante el estallido: protestas pacíficas y otras no tan pacíficas. Creo que los convencionales están actuando bien al mirar en retrospectiva y observar cómo fue que se llegó a la Convención y qué hacer con los hechos que se dieron lugar en un momento de alta agitación social y, respecto de eso, la Convención puede emitir declaraciones, manifestar su parecer y ha sido bastante razonable al no inmiscuirse en las atribuciones de otros poderes”.

En conversación con Juanita Rojas y Claudio Medrano, el abogado  analizó las apreciaciones respecto de que la Convención ocupe gran parte de su tiempo en tomar definiciones contingentes en vez de dedicarse a la redacción de la propuesta constitucional.

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“Es un riesgo, pero en este caso en particular tenemos un tipo de antecedentes y hechos que son demasiado significativos para la Convención y parte de sus integrantes, de modo tal que despejaría dudas respecto de que ellos hagan una suerte de seguimiento de la política nacional e ir haciendo declaraciones constantemente respecto de su quehacer. Mi impresión es que una vez que aborde el tema relativo a los y las presas de la revuelta, van a ponerse manos a la obra en la discusión constituyente”.

“Pese a lo anterior, la elección de  los convencionales fue popular. Hay en ellos y ellas un perfil representativo que no se puede negar y, en alguna medida, ese diálogo con la ciudadanía es inescapable en la medida en que no son personas sorteadas o designadas, sino elegidas por la ciudadanía y ello implica que deben rendir cuentas a su público elector”, puntualizó.

Consultado sobre la solución que realmente se puede dar a la situación de los presos de la revuelta, Lovera explicó que es necesario considerar que lo que tuvimos fue un momento de agitación social que concluyó en un proceso constituyente, pues ello entrega herramientas muy necesarias para el análisis.

“La comunidad política podría deliberar respecto de los hechos delictuales o no que han sido sancionados con particular fuerza por el Estado. La discusión de si hay presos políticos o no entrampa el objetivo a resolver, ya que se trata de una discusión de carácter teórico y que necesariamente lleva a la aplicación del derecho internacional sobre los derechos humanos que tiene ciertas definiciones para la prisión política. A la vez, tenemos una variable política, que es la forma en la gente se expresa respecto de la idea de prisión política, por ello, en mi opinión es mejor evadir esa definición.

Es necesario considerar el contexto que invita a analizar estos delitos, porque sin él, estos delitos serían tratados como comunes. Entonces es el contexto el que entrega elementos a considerar. En mi perspectiva, la forma de abordarlo es como la plantea Javier Willenman, es decir, que este sea un momento de sanación nacional, por lo que hay que preocuparse no solo de quienes están siendo investigados o juzgados por eventuales delitos cometidos en el estallido, sino también de buscar formas de reparación también para las personas cuyos negocios se vieron más afectadas por las movilizaciones. Ese abordamiento comprensivo sería la forma adecuada”, manifestó el académico.

Hilando más fino, hay que indagar en el tipo de delitos y antecedentes con los que se cuenta para aplicar esta amnistía política.  No es el hecho que sean delitos comunes lo que deba guiar esta discusión, sino que quienes han sido imputados, aun no hay sanciones y es es el punto a enfatizar.

Este es un problema político y la solución también debe serlo y a través del Congreso. Chile tiene una larga tradición de enfrentar momentos  de alta agitación social con amnistías, no auto amnistía como en la dictadura”, explicó.

En materia de las violaciones DD.HH, existen algunas voces que han levantado la idea que sean todos los delitos los amnistiados, incluso los cometidos por agentes del Estado. En ese sentido, Lovera señaló que dado que el resguardo del orden público le pertenece al Estado, no se podría incluir en la amnistía a los agentes del Estado, ya que ese control no puede llevarse a cabo a cualquier costo ni por cualquier medio.

“La reparación comprensiva y sanación que debemos procurarnos para avanzar en el trabajo de la Constituyente debiera incluir formas de reparación para aquellas personas que han sido víctimas de violaciones a los derechos humanos.

Una gran falta del Acuerdo por la Paz fue no contemplar una comisión de reparación para las víctimas de violaciones a los DD.HH. Este camino pudo despejarse antes, pero no se adelantó la solución y por eso es que ahora está la presión para que finalmente se aborde”, concluyó.

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