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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Nancy Yáñez sobre reglamento de la CC: “Ha sido uno de los ejercicios más democráticos de la historia republicana del país”

La directora del Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile valoró el proceso de definición del reglamento de la Convención Constitucional en la medida que ha generado consensos relativos a la equidad en las condiciones de deliberación y participación de los grupos históricamente excluidos.

Maria Luisa Cisternas

  Lunes 30 de agosto 2021 15:37 hrs. 
En la presentación del informe de la Defensoría Jurídica de la Universidad de Chile, la directora del Centro de Derechos Humanos, Nancy Yáñez, sostuvo que Hay una serie de conductas que evidencian una actuación sistemática de vulneración. Foto: Alejandra Fuenzalida / Prensa UChile.

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En conversación con los periodistas Juanita Rojas y Claudio Medrano en la primera edición de Radioanálisis, la directora del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Nancy Yáñez, abordó la aprobación que realizó la Comisión de Reglamento de la Convención Constitucional (CC) sobre el borrador que se discutirá en el Pleno durante la segunda semana de septiembre. 

Un proceso que ha ameritado el esfuerzo de las Comisiones y Subcomisiones que componen la CC en la medida que ha implicado generar consensos en una instancia de reflexión plurinacional y adoptar acuerdos políticos donde confluye una diversidad de posiciones, valoró Yáñez. Así mismo consideró que el desarrollo de la definición del reglamento ha sido uno de los ejercicios más democráticos de la historia republicana del país, “lo que se refleja en los principios rectores que se encuentran en el reglamento que se acaba de aprobar”, mencionó.

“Los enfoques que están recogidos en ese reglamento demuestran la profundidad del trabajo que viene haciendo la Convención pero fundamentalmente la posibilidad de orientar nuestra convivencia política con aquellos elementos que generaban la complejidad que nos asombraba; el enfoque de derechos humanos, la igualdad y la prohibición de la discriminación arbitraria, la perspectiva de género, el enfoque de cuidados para hacernos cargo de que la conformación del órgano constituyente exista una pluralidad de composiciones pero también una distribución de las cargas cotidianas de nuestra vida en las cuales no sólo hay una invisibilidad de aquellos sectores excluidos sino que además una histórica invisibilización de esos roles que las mujeres ejercemos en nuestra sociedad”, señaló.

Yáñez valoró además los elementos mediante los cuales se busca aplicar estos principios, que son la equidad de género, equidad territorial y la plurinacionalidad, “son señeros de un texto constitucional que asegura condiciones más democráticas para nuestra convivencia”, agregó.

La directora del Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile hizo hincapié en la perspectiva de género, que es un principio que atraviesa todo el cuerpo de la maqueta que aprobó la Comisión de Reglamento, y consideró fundamental el orientar este enfoque hacia una perspectiva no binaria.

“El principio de género está reflejado en el Artículo 10 que se refiere al uso de la palabra en el pleno, el que se va a aplicar también en las comisiones, a la composición de las mismas donde se establece como principio central el que haya una representación equitativa y los criterios de equidad son equidad de género, plurinacionalidad, descentralización, pluralismo político y se previene la necesidad de no comprometer le eficacia del diálogo constitucional”, explicó.

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En ese sentido Yáñez mencionó la Comisión de Armonización que es la que precisamente busca que no hayan propuestas contradictorias a la hora de elaborar el texto Constitucional, estableciendo la norma de que ningún género podrá estar sobrerrepresentado a más de un 60 por ciento, “con lo que se eleva el piso de la paridad y se abre la lógica no binaria a modo que uno de los factores de corrección debiera ser la integración de las diversidades sexo-genéricas en el debate sobre el enfoque de género”, afirmó.

En lo relativo al quórum de los 2/3, Yáñez señaló que la Convención ha blindado esta proporción para efectos de generar acuerdos constitucionales considerando que incluso la mantiene para modificar los quórums de votación. No obstante las instancias deliberativas de la CC consideran otras reglas para dirimir acuerdos utilizando, por ejemplo, el quórum simple para situaciones relativas a la orgánica de la Convención.

El desafío, señaló, recae en el eje de la participación ciudadana en la medida que la vinculación no se agota en el ejercicio del sufragio sino que la Convención asume mecanismos de participación directa y permanente de la ciudadanía, de los pueblos originarios y del pueblo afrodescendiente que fue incluido para efectos del reglamento en corrección a la no consideración de escaños reservados para este grupo social. 

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“Es indispensable constatar el principio que inspira a las democracias liberales que parten sobre la base de que hay una noción abstracta y universal del sujeto jurídico, que de acuerdo con eso, todos los sujetos somos libres e iguales y como fue planteado por el Centro de Derechos Humanos, esta concepción ignora que hay relaciones de jerarquía, de subordinación dentro de nuestro sistema social y jurídico y por lo tanto obvia que esta jerarquía determina qué tipo de ciudadanía tienen los sujetos y que existen ciudadanías subordinadas que es necesario superar. Por eso es que un esfuerzo central es garantizar que aquellos sectores históricamente discriminados, estén presentes en la deliberación política”, sostuvo.

En esa línea Yáñez aseveró que una forma de garantizar la participación de los sectores subordinados y excluidos de la sociedad es por medio de la inversión de recursos públicos y la descentralización de la CC para la deliberación, “que efectivamente pueda recorrer todos los rincones del país y acercarse a la ciudadanía para recoger sus mociones constitucionales”.

Por ese motivo es que la académica valoró los avances del reglamento en cuanto se compromete a la participación popular y de los pueblos originarios a través de la consulta indígena.

La Convención se ha auto impuesto el reto de generar respuestas a la participación y que esas respuestas sean motivadas. Yo creo que es muy interesante en qué forma el reglamento recoge por una parte la posibilidad de que planteen lineamientos generales orientadores para la nueva Constitución e iniciativas constituyentes y que determine que estas se pueden presentar tanto con los convencionales, como por la sociedad civil, los pueblos originarios y el pueblo tribal afrodescendiente”, concluyó.

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