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Roberto Celedón: “Los tratados internacionales en materia de DD.HH deben tener rango constitucional”

El abogado y convencional constituyente recalcó la necesidad de que la nueva carta fundamental incorpore herramientas que permitan el cumplimiento de los tratados internacionales firmados por nuestro país en materia de Derechos Humanos.

Diario UChile

  Miércoles 29 de diciembre 2021 11:19 hrs. 
rc

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En conversación con la primera edición de Radioanálisis, el abogado y convencional constituyente, Roberto Celedón, se refirió al trabajo de la instancia y la relación que existe entre los tratados internacionales a los cuales Chile ha suscrito en materia de Derechos Humanos y la nueva Constitución.

Consultado por el director de Radio Universidad de Chile, Patricio López, respecto de la diferencia que existe en el cumplimiento de los acuerdos comerciales por parte nuestro país versus aquellos referidos a los DD.HH., el convencional señaló que “Chile cumple rigurosamente con los tratados comerciales, quizás porque ha fijado una estrategia de desarrollo de fronteras abiertas y le interesa a grupos específicos el tema del cumplimiento de los tratados de carácter comercial. Los tratados de DD.HH. generalmente implican el inicio de un proceso al interior del Estado que no es una cosa mecánica”.

En ese sentido y respecto de cómo la nueva Constitución debe garantizar el cumplimiento de dichos tratados, Roberto Celedón afirmó que “a mi juicio los tratados internacionales en materia de DD.HH. deben tener rango constitucional. Por lo tanto, pasa a ser obligación de todo el Estado el cumplimiento y velar por el cumplimiento, por el principio de supremacía constitucional”.

Por lo mismo, el convencional agrega que “si tiene rango constitucional el tratado debe cumplirse desde ya y no dejarlo en una especie de interregno sobre las bases de cumplimiento propiamente tal. El Estado al ratificar debe haberse adecuado para efectos de aplicar los alcances del tratado que corresponda”.

Celedón añadió otra herramienta que a su juicio es “sumamente importante” que es el “control de convencionalidad”, en ese sentido, el abogado explicó que “si el tratado internacional, que desde por sí al ser ratificado tiene el carácter de vinculante, si lo elevamos a rango constitucional tendrá mayor imperatividad en lo interno y la Corte Interamericana ha establecido y recalcado, primeramente, respecto de la jurisdicción la obligatoriedad de velar en todas sus sentencias por el cumplimiento de la convención”.

Para el convencional, “lamentablemente Chile ha sido reiteradamente condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materias muy variadas. Hemos conocido hace poco una condena en materia de lo que se ha denominado la Deuda Histórica, que no es una violación a los derechos de la vida o la integridad psíquica y física de las personas, aunque indirectamente pueda incidir, pero hay incumplimiento de deberes del Estado en aspectos importantes como la seguridad social y es muy relevante que la Corte Interamericana diga que es obligatorio”.

Sobre las posturas que indican que el respeto irrestricto de los tratados en materia de DD.HH. podrían provocar incertezas jurídicas, el convencional respondió que “ese es un criterio que en algunos existe, pero exactamente creo que es tan relevante el cumplimiento de todas las obligaciones en materia de DD.HH., por ejemplo, la Corte Suprema en materia de migración ha tenido una conducta bastante adecuada, correctiva de las actuaciones del Ejecutivo, entonces, aquí la laxitud es para crear espacios para los incumplimientos y mantener una política de Estado renuente al cumplimiento de lo que se ha firmado”.

Celedón recalcó que “cuando se viola un Derecho Humano, la sociedad entera debe exigir la inmediata reparación de la situación que se ha producido. No puede ser un campo de batalla los Derechos Humanos, en que unos son los violadores y otros son los que los protegen. Tenemos que cambiar culturalmente y la sociedad entera debe tener un compromiso activo en la materia”.

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