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Año XVI, 29 de marzo de 2024


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¿Adiós al Tribunal Constitucional?: constituyentes presentan normativa para eliminar el cuestionado organismo

La norma fue presentada por integrantes de la comisión de Sistemas de Justicia y propone que el control de la Ley recaiga en la Corte Suprema, organismo donde los ministros son elegidos por sus méritos, poseen formación de jueces y no son designados por ideologías y compromisos políticos.

Diario Uchile

  Jueves 30 de diciembre 2021 17:12 hrs. 
Tribunal Constitucional.

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Con el apoyo transversal de Movimientos Sociales Constituyentes, el Frente Amplio, Independientes por una Nueva Constitución, Chile Digno e Independientes, y luego de un extenso diálogo transversal en torno al funcionamiento del Tribunal Constitucional (TC), integrantes de la Comisión de Sistemas de Justicia presentaron este jueves la iniciativa de norma constituyente que elimina este organismo y propone que el control de la Ley resida en la Corte Suprema.

La norma se fundamenta en el cuestionado rol que ha tenido el TC con emblemáticos casos como el fortalecimiento del Servicio Nacional del Consumidor y la ley que regula la Despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en tres causales en la que incluyó la figura de “objeción de conciencia institucional”, legislando contrario a lo que se había establecido en el Congreso y actuando como una “tercera cámara”.

Asimismo, cuestiona las reales competencias del organismo y critica la designación de los ministros que lo conforman, quienes son elegidos por sus ideologías y compromisos políticos sin tener una formación de jueces.

Al respecto, la constituyente Manuela Royo, explicó en qué consiste la iniciativa, afirmando también que la actual crisis del sistema de justicia pasa, en gran parte, por el TC.

“Bien sabemos que parte de lo que es la crisis de nuestro sistema de justicia dice relación con los fuertes cuestionamientos respecto del control de constitucionalidad que ejerce actualmente el TC. En ese sentido, presentamos una iniciativa que erradica el control de inaplicabilidad  de una norma por inconstitucional y tiene su salida en la Corte Suprema, esto quiere decir que se pone fin al control preventivo de constitucionalidad que ha realizado el TC y que también el control represivo de inaplicabilidad de una norma va a dejar de ser competencia del TC. Hoy lo que planteamos es que cuando un interviniente dice que alguna norma es inconstitucional esta se eleva a la Corte Suprema que debe establecer si la norma es inconstitucional o no”, explicó la constituyente.

Por su parte, Fernando Atria afirmó que la iniciativa presentada este jueves no consiste en la eliminación de la justicia o el control sobre ella.

“No se trata de la eliminación de la justicia o el control constitucional, sino que es su reemplazo y una modificación muy sustantiva y esto obedece a múltiples razones, principalmente al desprestigio de un tribunal que se ha transformado, en la práctica, en un legislador, pero sobre todo para actualizar el tipo de control en términos democráticos”, agregó Atria.

En ese sentido, la normativa establece que los tribunales de justicia sean quienes, en el marco de sus competencias, apliquen la “legislación vigente interpretándola conforme a esta Constitución. En ningún caso podrán dejar de aplicar normas legales que no hayan sido declaradas inaplicables conforme a los artículos que siguen”.

En el segundo artículo se determina que la Corte Suprema esté “constituida y formada por nueve jueces y juezas elegidos por sorteo” y “podrá declarar, a petición del tribunal que conoce de una gestión judicial, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en el asunto que se sigue ante ese tribunal tenga efectos contrarios a la Constitución”.

En tercer lugar, “el tribunal decidirá la cuestión de inaplicabilidad por mayoría. La sentencia que acoge la cuestión solo contendrá las razones que fundamentan el voto de mayoría”.

En su artículo cuarto la norma propone que, en el caso de que la inaplicabilidad esté fundamentada, esto será declarado en la sentencia. “En este caso la sentencia, además de producir el efecto indicado en el artículo anterior, será enviada al Congreso, que podrá modificar o derogar el precepto en cuestión mediante un procedimiento simplificado”.

La iniciativa cuenta con las firmas de Fernando Atria, Manuela Royo, Christian Viera, Hugo Gutiérrez, Vanessa Hoppe, Mauricio Daza, Jaime Bassa, Aurora Delgado, Damaris Abarca, Daniel Stingo, María José Oyarzún, Amaya Álvez, Giovanna Roa, Constanza Schönhaut, Ignacio Achurra y Beatriz Sánchez.

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