El analista en el Centro Latino Americano de Ecología Social (CLAES), Eduardo Gugynas conversó con Radio y Diario Universidad de Chile respecto a la propuesta de norma constitucional que fue aprobada el pasado primero de febrero en la Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional. Una iniciativa de Movimientos Sociales, Pueblo Constituyente y la Coordinadora Plurinacional que pretende nacionalizar los recursos naturales terminando con el sistema de concesión que traspasó los muros del ex Congreso Nacional avivando diferencias históricas en torno a la relación del Estado con los elementos de la naturaleza.
Al respecto el investigador en estrategias en desarrollo sostenible en América Latina, dijo ver esta propuesta de norma aún en su etapa preliminar en cuanto los convencionales tendrán que despejar una confusión que existe entre el concepto de propiedad y acceso.
Y es que en la actual Constitución del 80, la propiedad de los recursos naturales, “está en el pueblo, en el Estado, en la nación”, señaló, razón por la que “cuando se refieren a la nacionalización, en verdad están pensando en el acceso de la gente que va a remover, extraer o aprovechar esos recursos naturales“. Por otro lado advirtió que la moción presupone la premisa poco certera respecto a que el acceso estatal, “mediante por ejemplo una empresa del Estado”, acotó, garantizará la mejor gestión en “lo económico, en lo laboral, en lo ambiental y en lo territorial”.
“La experiencia comparada con los países vecinos, pensemos por ejemplo en el régimen de minerías estatales o mixtas como ocurre en Perú, en Bolivia, o en Brasil muestran que las empresas estatales pueden ser tanto o más ineficientes desde el punto de vista social y ambiental y territorial que las privadas, pero se vuelve mucho más difícil cuestionarlas porque son asumidas como una compañía que es propiedad del todos, del país, del pueblo”, sostuvo.
En esa línea el analista del CLAES indicó que los estudios comparados tanto de los países vecinos como a nivel global dan cuenta que en materia de recursos naturales cada vez se hace más importante el acceso por sobre la propiedad y evidencia de aquello son los países en los que las firmas privadas conviven eficazmente con el Estado.
“El ejemplo más claro está en el sector petrolero donde las grandes corporaciones transnacionales aceptan y conviven perfectamente con una propiedad estatal y una empresa estatal que es la que tiene la concesión sobre el yacimiento petrolero pero la tecnología, la comercialización, la exportación y la inserción en el mercado global sigue dependiendo de la corporación transnacional. Lo mismo está en marcha en el sector agropecuario para los granos donde las grandes empresas se están convirtiendo de verdad en compañías de logística y ya no les preocupa tanto la propiedad de la tierra porque pueden hacer acuerdos con los agricultores quienes mantienen la propiedad sobre la tierra y les dan su tecnología que incluye transgénicos, agroquímicos, etcétera”, señaló.
En virtud de lo anterior Gudynas advirtió que la constituyente podría quedar atrapada en una discusión del “siglo XX sobre propiedad”. Frente a este diagnóstico el experto ilustró cuales son a su juicio las claves para establecer un régimen de acceso en la nueva Carta Magna, cuyas disposiciones, reparó, deben limitarse a un mandato básico de reglas mínimas sobre el papel del Estado y las opciones de las comunidades locales para participar en el régimen de acceso, sin traspasar a una normativa que sería propia de una ley, de un decreto o bien, de un reglamento.
“Las normas básicas que deberían estar en los mandatos constitucionales dirían la obligación de establecer sistemas y procedimientos de evaluación por un lado de lo social, laboral y sanitario, por el otro de lo ambiental y también en lo territorial y en lo económico o en lo sectorial y estos son procedimientos de evaluación distintos y no pueden reemplazarse ni confundirse unos con otros”.
En segundo lugar, agregó que de manera sustancial “se debe asegurar que puedan existir zonificaciones en los territorios y en el conocimiento de zonas de exclusión por razones que pueden ir desde tierras tradicionales de valor religioso o histórico para comunidades indígenas hasta asegurar la integridad de los parques nacionales que no puedan ser invadidos por emprendimientos mineros“, indicó, añadiendo en seguida la necesidad de la nueva Constitución disponga que el Estado realice evaluaciones de riesgo frente a accidentes de contaminación a causa, por ejemplo, de una rotura de diques del relave minero. Estas se deben realizar “tanto del punta de vista técnico como del punto de vista de la consulta con las organizaciones y comunidades locales quienes son las primeras que sufrirían un accidente”, afirmó.
Derrame de petróleo en Quintero, diciembre del 2021.
“Por otro lado creo que la Constitución debe mandatar a que exista un sistema de registro y monitoreo continuo sobre los emprendimientos extractivos y que este sea de acceso público. También debe tener normas donde las concesiones o permisos de concesión inmediatamente caducan si se comprueban maniobras formalizadas, confirmadas de elusión fiscal o de incumplimientos de las normativas en lo laborar, en lo social, en lo sanitario y lo ambiental”, adicionó.
Iniciativas de este orden dentro de la Convención han sido objeto de fuertes reparos de parte de los grupos de interés presentes en el país, quienes han buscado incidir en el debate público en lo que se ha considerado un intento de veto de las mociones que buscan reformar la normativa contemplada en la Constitución del 80. Carta Magna en la cual Gudynas ve una paradoja y es que si bien “se reconoce la propiedad colectiva de los recursos naturales, su apropiación, su acceso y su gestión se ha privatizado”, aseguró, generándose candados que, “por un lado brindaban una forma privatizada de acceso a los recursos naturales donde el Estado es subsidiario y al mismo tiempo ese blindaje impedía que se exploraran otras opciones de aprovechamiento y uso de los recursos naturales“.
En ese sentido, el analista dijo ver varias trabas y oposiciones sobre el proceso constituyente. Una de ellas proveniente de la comunidad académica, particularmente de los juristas quienes arguyen la premisa de que la Convención debe limitarse a la tradición académica occidental y sobre todo europea, en términos por ejemplo, de los derechos de la naturaleza, lo que es para el investigador una incongruencia respecto a la finalidad del órgano redactor que es la de definir nuevas formas de entender las normativas y los conceptos sin reposar en la tradición jurídica de los viejos textos constitucionales.
Otras de las veredas de resistencia que identificó Gudynas fue de los sectores productivos quienes, señaló, perciben riesgos en sus ventajas económicas o en beneficios de acceso a recursos naturales que disponen.
“Buena parte de esas críticas aluden al impacto económico que tendría un cambio en el régimen de acceso o eventualmente de propiedad de los recursos en Chile, sin embargo olvidan decir que toda la información disponible de los países vecinos indican que los extractivismos en buena parte son financiados por los propios gobiernos y por la propia sociedad ¿Cómo es esto? Pues se debe a subsidios directos que por ejemplo entrega el Estado o beneficios como puede ser infraestructura o energía eléctrica o agua y por el otro lado, a que es la sociedad o los gobiernos municipales o locales los que reciben los impactos sociales, sanitarios y ambientales y por lo tanto cubren sus costos”, sostuvo dando cuenta de que “el balance económico de los extractivismos (…) no son tan buenos negocios como se ha indicado”.
Haciendo una revisión con la agenda del resto de los países del sur global, Gudynas vio un rezago en Chile en circunstancias que el debate sobre los recursos naturales se encuentra “recostado sobre la visión de un Estado subsidiario junto a la prevalencia de mecanismos del mercado que en general dejan sin seguridades a las personas pero otorgan un blindaje al sector empresarial”. En parangón, mencionó a casos como el de Brasil y Uruguay donde “es natural que existan empresas nacionales para administrar algunos recursos naturales o sectores clave como puede ser la energía eléctrica o el agua potable”.
“Esa es una discusión saldada en el siglo pasado, entonces lo llamativo del debate chileno es que por momentos reitera discusiones que son del siglo pasado por este temor a veces obsesivo a la sola idea, por ejemplo, de que pueda existir una empresa estatal que maneje el agua potable para el servicio público o la energía eléctrica. Esto tiene que ver con las diferentes formas en que se ha organizado el debate político en el continente, donde por un lado han prevalecido posturas conservadoras que conciben que la naturaleza y los recursos deben ser apropiados sobre todo por actores privados para ser exportados e insertados en los mercados globales”, indicó.
Pero conviven en la región otras corrientes, añadió el analista. Una de ellas que ejemplifica con el período de Lula da Silva en Brasil donde se evidencia cómo los gobiernos progresistas otorgan una participación a las empresas estatales al tiempo que sostienen y reconocen la presencia de las empresas privadas, pero “además conciben que el gobierno tiene un papel orientador de esa estrategia de desarrollo por ejemplo otorgando ciertos beneficios fiscales o otorgando ciertos permisos privilegiados“.
Una visión que salió a intervenir un movimiento presente desde los últimos 20 años y que han encabezado las organizaciones independientes, ambientales, territoriales, indígenas y el feminismo, indicó, quienes arguyen que esas estrategias progresistas siguen generando repercusiones en las comunidades y mantenían la subordinación de los mercados globales. Una tendencia política que paradojalmente, rescató Gudynas, “recuperan una discusión de mediados del siglo pasado, de los años 50, indicando que los países de América Latina no pueden seguir siendo meramente exportadores de materias primas de aquí a la eternidad”.