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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Pago de pensiones alimenticias y de deudas en salud, vivienda y servicios básicos: Las condiciones del proyecto de quinto retiro del gobierno

La iniciativa fue remitida a la Comisión de Trabajo de la Cámara con discusión inmediata y permite a los y las afiliadas realizar el retiro del 10 por ciento de sus fondos con un tope de 150 y un mínimo de 35 UF

Maria Luisa Cisternas

  Martes 12 de abril 2022 13:09 hrs. 
Palma explica que la inflación de los últimos meses no es a raíz de los retiros y las ayudas sociales sino que está dada por factores externos como el acomodo del mercado global que de a poco se recupera de los efectos de la pandemia del Covid 19.

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Un proyecto de retiro del 10 por ciento de los fondos previsionales remitió el gobierno al Congreso Nacional. La iniciativa del Ejecutivo nace de las tratativas entre los secretarios de Estado con los parlamentarios del oficialismo, según indicó la ministra vocera de gobierno esta mañana y se diferencia del rescate que hoy se vota en la Comisión de Constitución de la Cámara Baja, en cuanto a la focalización. Y es que el retiro que propone el gobierno podrá efectuarse bajo seis condiciones: para exigir el pago de deudas de pensión de alimentos; pagar deudas de salud; deudas hipotecarias de la primera vivienda; deudas de servicios sanitarios, de electricidad y gas vencidas hasta el 31 de marzo de este año; deudas financieras bancarias y no bancarias contraídas hasta el 31 de marzo y para la adquisición de la primera vivienda. 

La iniciativa fue remitida a la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados y Diputadas con discusión inmediata y permite a los y las afiliadas al sistema privado de pensiones realizar el retiro del 10 por ciento de sus fondos de forma voluntaria y excepcional con un máximo de 150 unidades de fomento (UF) y un mínimo de 35 UF para fines específicos. La sustracción se solicitará a la Administradora de Fondo de Pensiones correspondiente hasta un año después de publicada la ley en el Diario Oficial.

En cuanto al foco en las deudas por pensión de alimentos, la ley que propone el gobierno permite al alimentario o a su representante legal subrogante en el derecho del deudor solicitar un retiro de los fondos de pensiones hasta la totalidad de la deuda. Además el proyecto da permanencia a esta vía en cuanto habilita a los tribunales de familia el ordenar que la deuda se pague con los fondos previsionales del deudor.

Al respecto la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, aseguró las materias en las que la cartera ha hecho énfasis durante la discusión del quinto retiro es en que la inflación es una materia que afecta principalmente a las mujeres jefas de hogar y por otro lado, que el pago de la deuda de pensión alimenticia no podía estar supeditado a un evento excepcional.

“Es así que hemos llegado a esta propuesta en que el alimentario y representante legal puede solicitar el retiro de fondo de pensiones por el total de la deuda en conformidad a las reglas generales que establece la ley y además reconociendo como gobierno que el problema de la falta de pago de las pensiones alimenticias y el abandono parental es grave y permanente, el proyecto de ley contempla una modificación a la regla sobre cobro de pensiones haciendo posible acceder a los fondos previsionales del digamos ‘papito corazón’ o del deudor alimentario en forma permanente y no excepcional y transitoria como está establecido el retiro que es algo muy particular”, sostuvo.

Por otro lado el gobierno dispone un retiro del 10 por ciento para el pago de deudas de salud que se sostengan tanto en el seguro previsional de salud público como privado, como con prestadores institucionales desde sus fondos previsionales con previa acreditación de estas en la Superintendencia de Salud. Asimismo, el rescate podrá destinarse a incrementar el ahorro necesario para la postulación a los subsidios de vivienda, para el pago de créditos hipotecarios de hasta 4 mil UF contraídos para la adquisición de la primera vivienda hasta el 31 de marzo de este año.

Adicionalmente, la iniciativa considera el pago de deudas de servicios sanitarios, de electricidad y gas de red vencidas hasta el 31 de marzo de este año, una causal que podrá invocarse tanto por beneficiarios del mecanismo de prorrateo establecido en la Ley N°21.243 como por no beneficiarios.

“En el primer caso, el monto retirado podrá imputarse a deudas contraídas fuera del período allí comprendido, así como atribuirse al pago de las cuotas mensuales que se definan en aplicación del mecanismo de prorrateo que define la ley, en la parte que no estén cubiertas por el subsidio que ella establece”, se lee en el proyecto de Ley.

Además se habilita el retiro para efectos del pago de deudas financieras que el afiliado haya contraído de forma personal, marginándose a deudas cuyo titular sea una personalidad jurídica.

En un segundo título, el proyecto del Ejecutivo apunta al Seguro de Cesantía para efectos de flexibilizar los requisitos de acceso y aumentar las prestaciones ; “se aumentan los porcentajes de la remuneración de referencia que podrán ser efectuados en cada giro para los meses tercero y siguiente que reciban el beneficio, permitiendo a las y los beneficiarios un acceso mucho más rápido a los fondos”.

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