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Minería, glaciares y energía: Las normas clave que este sábado votará el pleno de la Convención Constitucional

Esta será la última votación del pleno antes que comience formalmente el trabajo de las comisiones finales de armonización, normas transitorias y preámbulo.

Diario UChile

  Sábado 14 de mayo 2022 8:53 hrs. 
convención pleno

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El áspero camino normativo para la protección de la naturaleza y comunidades podría concluir este sábado cuando se voten los 17 artículos, más algunos epígrafes, del Segundo Informe de la Comisión de Medio Ambiente y Modelo Económico de la Convención Constitucional, rechazados por el pleno el sábado 7 de mayo.  Son los que no lograron los 2/3 de los convencionales en ejercicio (103 votos), por tanto volvieron al grupo temático para que éste realice una nueva propuesta.

Los temas incluyen gestión de cuencas: mar; glaciares; Antártica; energía; atmósfera, aire y cielos; política fiscal; derechos humanos ambientales; y minería.

Fue este martes cuando la comisión resolvió estas materias, votando las múltiples propuestas de las y los convencionales, zanjando así el texto que se propondrá al pleno este sábado desde las 10 de la mañana.

Aunque son varias los tópicos debatidos, son los que afectan a la minería estatal y privada los que mayor controversia han generado.

Minería privada, estatal o mixta

El Artículo 27˚ rechazado establecía que “el Estado desarrollará de manera exclusiva la actividad minera sobre los hidrocarburos en estado líquido o gaseoso, litio y tierras raras. En el caso del cobre, el Estado explorará y explotará por sí mismo, y podrá hacerlo en asociación con particulares siempre resguardando la participación mayoritaria del Estado”.

La propuesta actual de la comisión será que “las actividades mineras de exploración, explotación o aprovechamiento, requerirán ser autorizadas por los títulos administrativos que defina la ley.  Sus beneficiarios estarán obligados a realizar las actividades respectivas. Los títulos otorgados bajo la vigencia de esta Constitución lo serán de forma temporal y sujetarán las actividades a las que se refieran a condiciones y causales de caducidad y revocación debidamente especificadas. La ley establecerá las condiciones para su renovación. Se otorgarán mediante un procedimiento transparente e informado a la ciudadanía, por un órgano autónomo creado por ley. Sobre ellos no habrá propiedad, pero darán a sus beneficiarios los derechos y obligaciones que establezca la ley y el respectivo título. La Constitución protege los derechos así incorporados en el título, y el derecho del beneficiario a requerir su protección judicial”.

Uno de los elementos clave de este nuevo artículo es que deja al legislador la definición sobre la ejecución de los trabajos de exploración, explotación o aprovechamiento, no determinando si esto es exclusividad del Estado, los privados o mixto.

Además, garantiza que existirán mecanismos de caducidad y revocación determinados por la ley, pero sólo para las nuevas autorizaciones, por tanto no sería aplicable a las concesiones vigentes.

En este caso la votación fue de 15 votos a favor, mientras los convencionales de derecha optaron por 2 abstenciones y un rechazo.

Posteriormente el convencional Fernando Atria propuso reemplazar el Artículo 28A original, sobre las regalías y compensaciones, agregando que “la ley podrá destinar parte de los recursos recaudados a la reparación de daños socioambientales generados por la actividad minera, así como para la investigación e innovación del desarrollo productivo en el sector u otras que defina la ley”.

Con esto, se establece la posibilidad, aunque no obligación, de que los recursos de la minería se destinen a disminuir el impacto de esta actividad extractiva.  En este caso, la votación estuvo dividida, con 11 votos a favor y 7 en contra, coincidiendo los tres convencionales de derecha con dos representantes de pueblos originarios, uno de la FRVS y una del colectivo Chile Digno.

Además, se aprobó en el Artículo 24˚ que “quedarán excluidos de toda actividad minera los glaciares, las áreas protegidas, las que por razones de protección hidrográfica establezca la ley, y las demás que ella declare”.  El resultado fueron 15 votos a favor y 3 abtenciones.

Y en el Artículo 25˚ se establece que “el Estado deberá regular los impactos y efectos sinérgicos generados en las distintas etapas de la actividad minera, incluyendo su encadenamiento productivo, cierre o paralización, en la forma que establezca la ley. Será obligación de quien realice la actividad minera destinar recursos para reparar los daños causados, los pasivos ambientales y mitigar sus efectos nocivos en los territorios en que ésta se desarrolla, de acuerdo a la ley. La ley especificará el modo en que esta obligación se aplicará a la pequeña minería y pirquineros”.

Aprobados agua, glaciares y energía

En materia de aguas, el Artículo 5˚ estipula que “el Estado deberá promover y proteger la gestión comunitaria de agua potable y saneamiento, especialmente en áreas y territorios rurales y extremos, en conformidad a la ley”.  El Artículo 15˚ establece que los planes de ordenamiento y planificación ecológica del territorio priorizarán la protección de las partes altas de las cuencas, glaciares, zonas de recarga natural de acuíferos y ecosistemas. Estos podrán crear zonas de amortiguamiento para las áreas de protección ambiental”.

El sábado 7 el pleno rechazó también el siguiente artículo: “El Estado preservará la criósfera, glaciares, permafrost y sus áreas conexas. Sólo se podrán realizar actividades científicas, deportivas, turísticas y usos ancestrales, las que deberán ser de bajo impacto y en ningún caso deben afectar el equilibrio dinámico de la criósfera y sus crioformas”.

La propuesta mañana será en el Artículo 11˚ que “el Estado garantiza la protección de los glaciares y del entorno glaciar, incluyendo los suelos congelados y sus funciones ecosistémicas”. Esta propuesta logró 15 votos a favor, con sólo dos abstenciones y un rechazo.

En energía se propondrá para el Artículo 21˚ que “toda persona tiene derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura. Es deber del Estado garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio a la energía que permita a las personas satisfacer sus necesidades, velando por la continuidad de los servicios energéticos. El Estado deberá regular y fomentar una matriz energética distribuida, descentralizada y diversificada, basada en energías renovables y de bajo impacto ambiental. En el caso del inciso anterior, el Estado también planificará y determinará las políticas de la matriz energética. La infraestructura energética es de interés público. El Estado fomentará y protegerá las empresas cooperativas de energía y el autoconsumo”.

El Artículo 9˚ dice que el mar territorial y las playas son bienes comunes naturales inapropiables”, en tanto el 12˚ señala que “el territorio chileno antártico, incluyendo sus espacios marítimos, es un territorio especial y zona fronteriza en el cual Chile ejerce respectivamente soberanía y derechos soberanos, con pleno respeto a los tratados ratificados y vigentes. El Estado deberá conservar, proteger y cuidar la Antártica, mediante una política fundada en el conocimiento y orientada a la investigación científica, la colaboración internacional y la paz”.

En materia de soberanía alimentaria, se estableció en el Artículo 18˚ que “el Estado garantiza el derecho de campesinas, campesinos y pueblos originarios al libre uso e intercambio de semillas tradicionales“.  En este caso, sintomático es que además de los tres convencionales de derecha que rechazaron y se abstuvieron, también optaron por no votar la socialista María Trinidad Castillo, la integrante de Chile Digno Bessy Gallardo, el activista socioambiental Juan José Martín y el militante de la Federación Regionalista Verde Social Nicolás Núñez, lo cual podría complejizar el resultado en el pleno.

Son éstas algunas de las normas que se revisarán este sábado en el pleno, convocado para las 10 de la mañana.

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