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Año XVI, 29 de marzo de 2024


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Observatorio Latinoamericano sobre el proceso constituyente en Chile: vigencia de nueva carta fundamental “debe ser inmediata”

El catedrático de la Universidad de Valencia, Roberto Viciano Pastor, señaló que “se plantean normas transitorias que desde, nuestro punto de vista, son demasiado largas, muy difusas y que plantean algunos problemas jurídicos".

Osciel Moya Plaza

  Domingo 22 de mayo 2022 16:27 hrs. 
Roberto Viciano Pastor

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La vigencia de la nueva constitución debe ser inmediata, con llamado a elecciones en todos los órganos y debe contar con sanciones, como la disolución del Parlamento, si no entra en vigor de manera automática. Estas son las principales recomendaciones que hace el Observatorio Latinoamericano sobre el proceso constituyente en Chile a las normas transitorias que discute la Convención.

El Observatorio Latinoamericano sobre el Proceso Constituyente de Chile es un espacio académico subcontinental de reflexión y debate acerca del proceso constituyente chileno; que suma a destacados profesoras y profesores de las más prestigiosas universidades de América Latina y en España a la Universidad de Valencia.

El organismo dio a conocer el “Informe sobre régimen de Transición en el Proceso Constituyente Chileno” en el que entrega una serie de sugerencias a las normas transitorias discutidas por las comisiones temáticas.

El documento es una reflexión sobre una serie de mecanismos y medidas que, a juicio del Observatorio, pueden ser de utilidad para fortalecer la futura implementación de la Constitución relativas a la instauración y proveer poderes, personal y recursos a las nuevas instituciones creadas; el establecimiento de un cuerpo legislativo prioritario adecuado a las necesidades de la puesta en marcha; y la derogación de aquellas normas que sean contradictorias y que vele por la supremacía constitucional.

El Observatorio sostiene que tras la entrada en vigor del nuevo texto “debe procederse cuanto antes a la convocatoria y celebración de nuevas elecciones en los distintos niveles de elección que prevea la nueva Constitución. Así ha sido en la gran mayoría de los casos en derecho comparado: cada nueva constitución implica la necesidad de legitimación de los nuevos órganos del Estado”

El documento sostiene que de esa manera se “posibilitará que los nuevos órganos electos puedan desarrollar sus funciones adecuadamente, legitimados por la entrada en vigor de la nueva Constitución; entre ellas, la designación de los diferentes cargos que se les encomienda constitucionalmente”. Además, estima que “de no convocarse inmediatamente nuevas elecciones se estaría dejando en manos de los Poderes del Estado propios de un sistema constitucional anterior el desarrollo de un marco de juego constitucional en función del cual no fueron electos”.

En el informe, el Observatorio Latinoamericano sobre el Proceso Constituyente de Chile afirma que “carece de sentido pensar que una constitución estaría varios años sin ser aplicada por una razón poco justificable: la resistencia de los poderes constituidos a dejar sus cargos por el temor, cabe suponer, en no ser reelectos. La Constitución es la voluntad del pueblo chileno, y la voluntad del pueblo chileno no puede permanecer con los brazos plegados esperando a que los miembros de una cámara decidan durante años resistirse a los cambios democráticos. Esto supondría una obstaculización al cambio constitucional y, desde luego, una decepción para todas las personas que se levantaron, reclamaron y votaron pidiendo un futuro mejor, no la repetición de un pasado del que quieren escapar”.

El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, España, y uno de los autores del estudio, Roberto Viciano Pastor, afirmó que considerando las propuestas del Gobierno y la propia Convención “se plantean normas transitorias que desde, nuestro punto de vista, son demasiado largas, muy difusas y que plantean algunos problemas jurídicos (…)  creo que no habido un trabajo de sistematización y de síntesis que es lo que se necesita en estos casos”

En conversación con Diario y Radio Universidad de Chile, el experto afirmó que “en realidad lo que hay que poner en la prioridad es el desarrollo constitucional en algunos temas que son los centrales para que la constitución comience a tener vigencia. Entre ellos,  el que la vigencia de la Constitución debe ser inmediata y que por lo tanto, toda la normativa anterior como se suele decir, tiene efectos inmediatos cuando entra en vigor”.

Otro de los aspectos que les llama la atención, afirmó Viciano Pastor, es que no hay “una previsión razonable sobre el que no haya sanción. Es decir, se establece una serie de normas transitorias que dice que se tendrán que hacer cosas, pero no hay una previsión de que si no se hacen habrá sanción. Por lo cual, si no hay, supongo que el Órgano que tendrá que ejecutar el mandato de la Convención tiene la posibilidad de no hacer nada porque no tiene ningún coste”.

Por ello, estimó que “lo que tienen que hacer es poner la obligación a alguien, en este caso el Legislativo, para que desarrolle la Constitución y que, pasado el tiempo fijado, tendrá que tener un sistema de sanción”.

Viciano explicó que en el informe proponen que si no se cumplen los plazos, se debe hacer una interpelación ante la Corte Constitucional, la que debe dar cuenta de la omisión legislativa y debe haber “un plazo único último para cumplir con sus obligaciones y sino, lo que queda es que la sanción sea la disolución del Parlamento”.

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