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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Comisión de Normas Transitorias aprueba quorum de dos tercios a reformas constitucionales hasta 2026

Las y los convencionales tomaron la decisión pese a las presiones de distintos sectores políticos que denuncian un intento por poner un “candado” a la carta fundamental.

Osciel Moya Plaza

  Jueves 26 de mayo 2022 21:04 hrs. 
Senado

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La Comisión de Normas Transitorias de la Convención Constitucional aprobó los dos tercios para introducir reformas a la Nueva Constitución en el período legislativo que comienza el 11 de marzo del año 2026  y puso fin al mandato de las y los Senadores desde esa misma fecha, en el escenario que el borrador sea aprobado en el plebiscito del 4 de septiembre, propuestas que deberán ser ratificadas en el pleno del órgano.

La normas aprobada señala que “todos los integrantes del Senado terminarán su mandato el 11 de marzo de 2026, independiente de la fecha de su elección”. Además, “las y los actuales integrantes del Senado podrán postular a las elecciones para el Congreso de Diputadas y Diputados y Cámara de las regiones que se realizará en 2025, de ser electos en los comicios celebrados en 2025 para ejercer como representantes regionales en la Cámara de las Regiones, se reputará la legislatura correspondiente al periodo 2026-2030 como su primer periodo en el cargo” señala.

Respecto del quórum de los 2/3, el texto aprobado por 25 votos a favor y 5 en contra señala que “las normas de Reforma a la Constitución establecidas en esta Constitución entrarán en vigencia el 11 de marzo de 2026. Durante la presente legislatura, los proyectos de reforma constitucional serán aprobados con el voto favorable de las dos terceras partes de los diputados y diputadas y senadores en ejercicio”.

 Esta fue uno de los puntos que fueron objeto de discusión y presión de parte de los poderes establecidos, que a través de distintas expresiones hablaron de intentos por poner un “candado” similar a lo que había hecho la constitución de 1980. El propio presidente del Senado, Álvaro Elizalde (PS), dijo que esto podría contribuir al rechazo.

El tema también fue materia de discusión en la comisión. “Los mismos que defendían los 2/3 sin descargo ahora se alarman por ese candado tan difícil de superar” dijo el convencional Adolfo Millabur.

El convencional aclaró que esta esta norma rige “hasta que se elijan las nuevas autoridades bajo las reglas de la Nueva Constitución. Hasta ahí estamos poniendo esa regla de 2/3 que nosotros los convencionales hemos tenido que cumplir”. Dijo que no entiende por qué no lo pueden hacer las actuales autoridades legislativas. “Vamos a escuchar un relato de los interesados que al día siguiente va a querer cambiar la Constitución” precisó Millabur que puntualizó que  no se puede dejar “al zorro a cargo de las gallinas”.

Otra de las normas aprobadas por 24 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención establece que la Constitución entrará en vigencia dentro de los 10 días siguientes a su promulgación y quedará derogada la Carta Magna de 1980. “Esta Constitución entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación. A partir de esta fecha quedará derogada la Constitución Política de la República de 1980”, señala.

En materia de legislación electoral, la norma aprobada señala que “el Presidente de la República deberá iniciar el trámite legislativo para adecuar la legislación electoral a esta Constitución en el plazo de un año desde su entrada en vigencia”. Además, “mientras no se promulgue la legislación electoral a la que se refiere el artículo [12.art.11], el Servicio Electoral deberá implementar las reglas electorales sobre paridad y escaños reservados utilizadas en la elección de los convencionales constituyentes para la elección de los y las integrantes del Congreso de Diputados y Diputadas. Las reglas deberán ser adaptadas para que los escaños reservados, sean supernumerarios y la corrección de paridad asegure que al menos el cincuenta por ciento de sus integrantes sean mujeres”

En otro de los artículos aprobados se establece que el “Presidente de la República elegido para el período 2022-2026 no podrá presentarse a la reelección para el período siguiente y continuará en el cargo con las atribuciones constitucionales para las cuales fue elegido”

Entre las normas que fueron rechazadas, una tiene que relación con las pensiones de gracia vitalicias que reciben los ex presidentes y ex presidentas.

La norma señala que “desde la entrada en vigencia de esta Constitución quedarán inmediatamente abolidas de pleno derecho todas las pensiones de gracia presidenciales vitalicias que actualmente perciben los otrora mandatarios. Desde la promulgación de la Constitución, este beneficio tampoco podrá volver a ser asignado a ningún otro u otra ex-Presidente de la República”

La votación continuará a las 9:30 horas de este viernes  y en la instancia no participaron en la votación los convencionales de la UDI que hablaron de un proceso “irregular” y de normas inadmisibles.

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