De extraordinaria calificó el abogado de derechos humanos Nelson Caucoto la sentencia dictada por la Undécima Sala de Corte de Apelaciones de Santiago en el Caso Cóndor, tribunal que modificó el fallo de primera instancia y elevó las penas a 22 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, por el secuestro y homicidio calificado de 12 víctimas, 10 de las cuales fueron secuestradas en el exterior en el marco del plan represor que se articuló en la década de los 70 en coordinación con las dictaduras de Argentina, Brasil, Paraguay, Bolivia y Uruguay.
Caucoto, quien representa a los familiares de siete de las doce víctimas, señaló que se trata de una sentencia tremendamente importante ya que, a su juicio, aplica las penas más altas en una causa de DD.HH.
“Es un fallo que reivindica enormemente a la administración de la justicia. Es con toda seguridad la sentencia más dura y con las penas más graves que se hayan aplicado en Chile para crímenes de lesa humanidad. Penas que van desde los 40 y 36 años para los violadores de derechos humanos son inusuales en nuestro país, y se corresponden con la gravedad de los delitos y la inmensa extensión del daño producido”, indicó.
De acuerdo a la sentencia, las mayores penas recayeron contra los jefes del aparato exterior de la DINA Cristoph Willike, Raúl Iturriaga, Pedro Espinoza y Juan Morales quienes fueron condenados a 20 años como autores del delito de secuestro calificado y otros 20 años por el delito de homicidio calificado. Mientras que otros tres agentes deberán cumplir penas de 36, 25 y 15 años por los mismos delitos, entre ellos Miguel Krassnnoff, Gerardo Godoy y la agente Gladys Calderón.
Este caso lleva más de dos décadas de investigación y por lo mismo, según explica Caucoto “estamos hablando de un proceso en donde hay dos grandes ausentes entre los condenados. En primer lugar, Augusto Pinochet, quien en 2004 fue desaforado por esta causa, y Manuel Contreras, el gran ideólogo de la operación Cóndor. Además de otros 18 agentes que fallecieron en el transcurso del mismo y que fueron sobreseídos”.
El abogado también valoró que la sentencia no solo destaca y sienta un precedente en la parte penal, también innova en materia civil, ya que además de la indemnización que otorga la Corte de Apelaciones, se fijó reparaciones de carácter simbólicas, ordenando la creación de un Premio de DD.HH. con el nombre del desaparecido Alexei Jaccard, tarea que debe cumplir la Universidad de Concepción. Del mismo modo, el tribunal ordenó que el Fisco de Chile financie la compra de libros dedicados al tema de DD.HH para ser repartidos en las escuelas públicas de Chiguayante.
“Son medidas de reparación distintas a las convencionales y por lo mismo el fallo es tremendamente relevante”, enfatizó el abogado.