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Año XVI, 23 de abril de 2024


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Querellante en caso Operación Colombo por fallo de la Suprema: “En el fondo comprende la dinámica de funcionamiento de la DINA”

La abogada Magdalena Garcés destacó la determinación del máximo tribunal que condenó a 30 agentes del organismo represivo de la dictadura por la detención, torturas y desaparición de tres militantes de izquierda, hecho ocurrido en 1974.

Raúl Martínez

  Sábado 22 de octubre 2022 16:06 hrs. 
CH01. SANTIAGO DE CHILE (CHILE), 10/12/2015.- Fotografías de chilenos desaparecidos durante la dictadura hoy, jueves 10 de diciembre de 2015, el Museo de la Memoria, durante el día Internacional de los Derechos Humanos en Santiago de Chile (Chile). Un total de 1.373 antiguos agentes de la dictadura de Augusto Pinochet están en manos de la Justicia chilena en condición de procesados, acusados o condenados, informaron hoy fuentes oficiales. De ese total, 495 se encuentran como procesados, 216 en calidad de acusados y 662 están condenados, 180 de ellos en sentencia de primera instancia, 138 han sido condenados en segunda instancia por una Corte de Apelaciones y 334 por sentencia definitiva dictada por la Corte Suprema. EFE/Sebastian Silva
CH01. SANTIAGO DE CHILE (CHILE), 10/12/2015.- Fotografías de chilenos desaparecidos durante la dictadura hoy, jueves 10 de diciembre de 2015, el Museo de la Memoria, durante el día Internacional de los Derechos Humanos en Santiago de Chile (Chile). Un total de 1.373 antiguos agentes de la dictadura de Augusto Pinochet están en manos de la Justicia chilena en condición de procesados, acusados o condenados, informaron hoy fuentes oficiales. De ese total, 495 se encuentran como procesados, 216 en calidad de acusados y 662 están condenados, 180 de ellos en sentencia de primera instancia, 138 han sido condenados en segunda instancia por una Corte de Apelaciones y 334 por sentencia definitiva dictada por la Corte Suprema. EFE/Sebastian Silva

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Como un fallo importante calificó la abogada querellante Magdalena Garcés la determinación adoptada por la Corte Suprema de condenar a 30 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, por el secuestro calificado y desaparición de tres militantes de izquierda ocurrido en julio de 1974.

Se trata de los militantes del Partido Comunista Enrique Toro Romero y Eduardo Lara Petovich, además del integrante del MIR José Villagra Astudillo, todos pobladores de Villa Francia y participantes de la comunidad cristiana de ese barrio, los que fueron detenidos en diferentes episodios y llevados a los cuarteles de la DINA de Londres 38 y Cuatro Álamos desde donde se les perdió el rastro hasta el día de hoy. Todos fueron incluidos en la lista de los 119 militantes de izquierda que la dictadura hizo aparecer como muertos en una purga interna con sendas publicaciones en medios de Brasil, Argentina y Chile, hecho conocido como Operación Colombo.

Para la abogada se trata de una determinación muy importante ya que “se está condenado a los guardias directos, a los que aplicaban las torturas, a los que estaban en la calle haciendo los operativos y terminaron con las detenciones y a las jefaturas que trabajaban en el mismo recinto organizando toda esta maquinaria de tortura, desaparición y muerte”.

Esto porque en otros casos de la misma Operación Colombo, solo se otorgaba responsabilidad en el hecho a uno o dos jefes de la DINA y no a todos los involucrados en estas detenciones.

“Las causas que se han llamado Operación Colombo incluyó a 119 víctimas, pero los casos fueron tramitados por separado. Uno habla en general de Operación Colombo, pero no todas fueron tramitadas igual. Hay muchas víctimas que estuvieron detenidas y secuestradas en Londres 38, en Villa Grimaldi o en José Domingo Cañas, que se tramitaron de manera separada y se tramitaron de la forma en que el único responsable era Miguel Krassnoff, por decir un ejemplo, o Manuel Contreras”, explicó Garcés.

En ese sentido agregó que la importancia de este fallo y otros recientes de la misma Corte Suprema como el de Zacarías Machuca Muñoz, es que “se dictó sentencia en primera instancia por parte del ministro Hernán Crisosto y que fue muy criticado por las defensas y que venían de antes estas investigaciones del ministro Víctor Montiglio que falleció, que dice relación con entender esta estructura organizada donde cumplieron diversos roles que permitieron que la DINA tenga 400 desaparecidos”.

La jurista precisó que este “es un fallo que en el fondo comprende la dinámica de funcionamiento de la DINA en el sentido de que no se trata de delitos comunes donde las personas fueron asaltadas en la calle, sino se trata de aparatos organizados de poder, de estructuras estatales que actuaron de manera coordinada y conjunta para reprimir a un sector de la población, entre los cuales se encontraban las tres víctimas de la Villa Francia que eran miembros de la comunidad cristiana de ese lugar”.

Garcés subrayó que “este caso en particular es importante porque hay un periodo en que las principales condenas están dadas específicamente al grupo operativo que detiene y que eran encabezados por Osvaldo Romo y dos o tres oficiales que impartieron órdenes. Pero parecía que la actividad de la DINA se reducía a cuatro o cinco agentes. Entonces este fallo viene a confirmar una tendencia que ya venía en otros fallos como el de Zacarías Machuca Muñoz donde justamente se ve esta forma de actuar”.

La profesional puntualizó que todo este marco lleva a comprender que estos son “delitos de lesa humanidad porque fueron parte de una política masiva y sistemática que hizo, ejerció la DINA en contra de los principales partidos de izquierda, en esa época principalmente contra militantes del MIR, pero también algunos militantes comunistas, como en este caso”.

En su fallo, la Corte Suprema rechazó los argumentos de las defensas de los agentes de la DINA ya que estima que “no ha existido aplicación errónea de la ley que haya significado la imposición a alguno de los recurrentes de una pena más grave que la designada en la ley”, además de que “las alegaciones de las defensas –analizadas todas a la luz de la hipótesis fáctica contenida en el fallo–, no resulta atendibles, pues no configuran causal de nulidad alguna, todos los recursos analizados son desestimados en su integridad”.

Entre los condenados están los ex oficiales de Ejército Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Iturriaga Neumann, a los que se les impuso una pena de 15 años de cárcel.

 

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