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La cuarta constitución

Columna de opinión por Sergio Gamonal C.
Martes 20 de diciembre 2022 11:51 hrs.


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Sergio Gamonal C.[1]

Una mayoría transversal de fuerzas políticas ha suscrito el “Acuerdo por Chile” para continuar con el proceso constitucional. En esta columna analizaremos algunas de sus fortalezas y desventajas.

Que pueda continuar el proceso constituyente es una buena noticia, sobre todo luego del rechazo en el plebiscito de salida a la propuesta de la Convención Constitucional. Muchos de los que estuvimos hasta el final por el apruebo, luego de la derrota, teníamos poca fe en la continuidad del proceso.

Es bastante probable, además, que la mayoría de los chilenas y chilenos aprobemos la propuesta final. Cabe imaginar que será un texto mejor que el actual.

No obstante, todo lo anterior no significa que el “Acuerdo por Chile” sea un buen acuerdo. Desde 1833 nuestro país ha tenido tres constituciones, las de 1833, 1925 y 1980. Todas distintas, algunas más democráticas como la de 1925, otras de larga duración como la de 1833 (entre presidencialismo y parlamentarismo), etc., pero una característica las une a las tres: su discusión y aprobación no fue democrática en el sentido que de todos y todas pudiéramos debatir el contrato social chileno. En los tres casos, una pequeña fracción de ciudadanos diseñó el futuro de Chile y no precisamente en base al bien común, dado que la pobreza endémica y la desigualdad han sido la regla en nuestra historia, no obstante ser un país rico en recursos naturales. Desigualdad, abuso y pobreza fueron el detonante de las protestas de octubre de 2019.

¿Y qué es lo que establece el Acuerdo por Chile? En pocas palabras, que la nueva Constitución será decidida por el actual Congreso y el texto será ratificado en un plebiscito de salida con voto obligatorio.

¿Pero no es que el acuerdo habla de una Comisión de Expertos y de un Consejo Constitucional, etc., etc. etc.? Efectivamente, pero en todo el mecanismo el control es del Congreso actual. Veamos por qué:

  1. Se establecen bases que sí o sí deberá incluir la nueva Constitución. Luego de leerlas resulta evidente que la discusión versará sobre los detalles de las bases, en otras palabras, nada podrá cambiar mucho. Uno puede estar de acuerdo con todas esas bases, pero la pregunta es ¿por qué nos son impuestas a los chilenos? ¿qué legitimidad tiene el actual Congreso para decirles a sus propios electores cómo debe ser nuestro contrato social?
  1. El Consejo Constitucional no es elegido en proporción a la población, sino en base a las circunscripciones senatoriales. Es decir, no hay igualdad de voto, las regiones con menos población incidirán proporcionalmente más que las pobladas. Además, se excluyen a los independientes salvo que vayan con un partido político.
  1. El Consejo Constitucional aparentemente decidirá la propuesta, pero al leer el “Acuerdo por Chile” resulta evidente su carácter consultivo. Ni siquiera se trata de letra chica, las ideas matrices serán impuestas por los expertos y el Consejo Constitucional solo podrá prevalecer con un quórum de 2/3. Pero incluso en este último caso la palabra final podrá tenerla el Comité Técnico de Admisibilidad (porque 2/5 de los expertos pueden recurrir a este Comité por “omisión” de las bases institucionales). Por otro lado, si el Consejo Constitucional no logra los 2/3 para rechazar la propuesta de los expertos, el mecanismo resolutivo queda igualmente en manos de los expertos, en una Comisión Mixta donde éstos serán la mitad y los acuerdos serán adoptados por 3/5, o sea, pueden vetar cualquier tema. En consecuencia, en caso de disidencia prevalecerán los expertos y, en última instancia, el Comité Técnico de Admisibilidad.
  1. Es un poco escandaloso que el único súper quórum de 2/3 sea para que el Consejo Constitucional imponga su voluntad sobre los expertos, lo cual igualmente puede ser revertido finalmente por el Comité Técnico de Admisibilidad (por “omisión” de las bases institucionales).
  1. La Comisión de Expertos estará conformada por 24 personas de indiscutible trayectoria profesional, técnica o académica. ¿Será cautelado el bien común con estos expertos con poder? Difícil. Estos expertos serán elegidos por el Congreso, el cual tiene una muy baja percepción favorable en la ciudadanía. El ser experto es importante, pero no asegura nada en términos éticos, tampoco el tener “indiscutible trayectoria profesional, técnica o académica”. Expertos han asesorado en las mejores democracias y en las peores dictaduras.
  1. Si todo lo anterior no fuera suficiente enclave, los conflictos interpretativos serán decididos por los 14 juristas del Comité Técnico de Admisibilidad, elegidos también por el Congreso.
  1. Finalmente, la propuesta será aprobada por un plebiscito de salida. En este punto final del proceso, es la primera vez que se consultará a la ciudadanía de forma vinculante.

El Congreso tiene facultades para hacer realidad el “Acuerdo por Chile”, es decir, es constitucional el procedimiento establecido. Pero ello no significa que sea legítimo y menos que sea democrático en el sentido de que algo tan relevante como nuestro contrato social sea decidido por todas y todos. Los chilenos tenemos libertad de trabajo, libertad para decidir la educación de nuestros hijos, libertad para elegir nuestro sistema de salud, pero cuidado, cuando se trata del sistema político deben ser tratados como niños. Esta constante, de las tres constituciones que nos han regido, vuelve a repetirse en el “Acuerdo por Chile”.

Probablemente tendremos para el 2024 la Cuarta Constitución que regirá nuestros destinos. Probablemente la aprobaremos con la ya conocida disyuntiva de “lo menos malo” (difícil que sea peor que la actual). Y probablemente carecerá de la legitimación necesaria.

Los chilenos solemos tener bastante calma en los temblores grado 5 o 6, que en casi todo el mundo son considerados terremotos. Esta tranquilidad se debe a la buena calidad de la construcción para resistir sismos. Pero esto no es casualidad, cada terremoto grande en el siglo XX sirvió para mejorar las normas de construcción. Si lo comparamos con los terremotos políticos el contraste es evidente, luego de cada crisis institucional se vuelve en nuestro país a la fórmula oligárquica y autoritaria.

Llama la atención el entusiasmo de los partidos con el “Acuerdo por Chile”, uno esperaría de los partidos de derecha que se dicen liberales, de los de centro que se dicen social cristianos y de los de izquierda que se dicen socialdemócratas un poco más de respeto por los chilenos y la democracia. Un acuerdo como este podría tener sentido antes de la crisis de octubre de 2019, pero no después de todo lo ocurrido.

Pero es lo que hay. Luego de la derrota devastadora del 4 de septiembre, algunos pueden considerar positivo que el proceso siga a cualquier costo. Aunque en política es importante llegar a acuerdos, también es relevante ser consistentes con principios mínimos. La intransigencia lleva a la ingobernabilidad y traicionar los principios lleva a considerar irrelevante por quién votar, aumentando la desconfianza en el sistema político.

Si el pecado de la Convención Constitucional fue la intransigencia (excluyendo a la derecha), el pecado del “Acuerdo por Chile” es tratar a los chilenos como niños que deben ser guiados una vez más, como en nuestros procesos constitucionales anteriores.

[1] Profesor de Derecho del Trabajo, Facultad de Derecho, U. Adolfo Ibáñez.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.