Diario y Radio Universidad Chile

Año XVI, 18 de abril de 2024


Escritorio

Presidente del ODC y fallo de la Corte IDH por vulneración a la libertad de expresión: “Chile tiene un problema con el debate público”

La Corte IDH dio a conocer el fallo con el que hace responsable al Estado de Chile por penalizar declaraciones a la prensa de un defensor ambiental, quien acusó el 2004 a un parlamentario por tráfico de influencias en la tala ilegal de alerce.

Diario UChile

  Viernes 3 de marzo 2023 12:27 hrs. 
Santiago, 18 febrero 2022.
Comienza sesion del Pleno de la Convencion Constitucional para votar, en particular las normas que fueron aprobadas en general, correspondiente a Forma de Estado.
Jonnathan Oyarzun/Aton Chile

Compartir en

En conversación con Radioanálisis, el presidente del Observatorio del Derecho a la Comunicación (ODC), Javier García, abordó el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que sentenció al Estado de Chile como responsable internacional de vulneración a la libertad de expresión y a las garantías judiciales del defensor medioambiental y abogado, Carlos Baraona Gray. 

El jurista acudió al sistema interamericano de DDHH tras ser condenado por injurias graves asegurando que se transgredió su opción a expresarse libremente desde la perspectiva de una crítica política a la gestión de una autoridad pública.

El caso data del 2004, época en que Baraona Gray emitió declaraciones públicas a diversos medios de comunicación contra el entonces senador Sergio Páez, a quien responsabilizaba de ejercer presiones e influencias para la regularización ilícita de la tala del alerce en la Región de Los Lagos.

Como réplica Páez se querelló por injurias graves y el Tribunal de Garantía de Puerto Montt le dio la razón, condenando al abogado a 300 días de prisión suspendida, una multa, y la suspensión de cargos u oficios públicos por el periodo de condena.

Al respecto, la CIDH constató que las declaraciones se referían a las acciones del exsenador en su calidad de funcionario público y que versaban sobre materias ambientales cumpliendo “con los elementos subjetivos, funcionales y materiales para constituirse de relevancia para el debate público” y concluyó que en este caso “Chile es responsable por la violación del derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, al principio de legalidad y a la protección judicial (…) establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

De tal manera, el Estado deberá pagar una indemnización de USD $60.000, más las costas judiciales, así como adoptar programas de formación y capacitación dirigidos a funcionarios sobre participación y acceso a la información en asuntos ambientales.

Junto a ello, la sentencia apunta a la necesidad de modificar la legislación chilena, y establecer vías alternativas al proceso penal, ya que “la figura penal de injurias graves en el caso bajo análisis constituyó un medio indirecto de restricción a la libertad de expresión al afectar sus ámbitos individual y social. La condena y la multa impuestas, a pesar del posterior sobreseimiento, tuvieron el efecto de inhibir al señor Baraona de pronunciarse sobre asuntos de interés público general, y de participar en el debate público”.

Al respecto el presidente del ODC -organización que colaboró en el juicio aportando información sobre cifras de querellas y condenas por injurias y calumnias en Chile- señaló que la acción judicial de Páez sobre Barahona Gray “tuvo un efecto inhibitorio sobre el debate público porque lo que buscaba en aquel momento el senador era silenciar la crítica, el debate, sobre algo que se estaba cuestionando”.

“Los tribunales chilenos -llegó incluso hasta la Corte Suprema- no dieron protección a estas expresiones que se habían dado, a pesar de que era un asunto de interés público, de que se trataba del escrutinio de altos funcionarios públicos, por lo tanto escaló al sistema internacional”, relevó.

Y añadió que “desde entonces, en muchas ocasiones el sistema Interamericano a través del Relator para la Libertad de Expresión, la Comisión Interamericana, han ido recordando a Chile que el marco jurídico que tenía de injurias y calumnias propicia el acoso judicial, el silenciamiento de las voces críticas y han ido recomendando que se cambiara esta legislación”, señaló García, acotando a que “nada de eso pasó y el caso siguió escalando”. 

En ese sentido, García afirmó que el caso relevante en tanto “es una práctica que se da en toda la región: personas poderosas y autoridades públicas, cuando escuchan voces críticas, tratan de silenciarlas”.

“Hay distintos métodos, uno de ellos es utilizar el sistema penal porque tenemos un mal sistema penal, es un sistema penal que se puede utilizar no para defender el derecho a la honra sino para buscar silenciar voces críticas. Hay otros mecanismos más sutiles, los telefonazos, las presiones indirectas, la retirada de publicidad”, explicó.

Mientras Chile ha permanecido en la inacción respecto a la normativa sobre injurias y calumnias, el titular del ODC relevó que esta práctica solo ha ido en aumento. “El año 2020 se presentaron 2 mil querellas por injurias y calumnias de todo tipo y muchas de ellas van dirigidas a comunicadores, periodistas, fuentes periodísticas y medios de comunicación”. 

“Los que se ven más afectados son los medios pequeños. Muy recientemente en el mes de enero un perídico de Concepción, El Resumen, uno de sus editores fue condenado a 61 días de cárcel a una multa de 14 UTM y además enfrenta un segundo juicio. Como no tenía antecedentes penales, esa pena de presidio se va a remitir pero ahora en camino tiene otra querella, entonces se puede decretar su ingreso efectivo en la cárcel o una medida de restricción domiciliaria”, subrayó.

Con todo, García sostuvo que el país no solo se enfrasca ante una norma obsoleta sino además ante un dilema de múltiples dimensiones: “Chile tiene un problema con el espacio público, con el debate público, entonces hay un problema de cómo se percibe la libertad de expresión y cómo se compatibiliza con el derecho a la honra y eso al final produce que cuando se da esta coalición, el conflicto se trata de resolver por el derecho penal, por el acoso judicial, por la ley del más fuerte, por la intimidación, por las presiones”.

Cabe destacar que el Estado de Chile acumula 18 sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en total. De ellas, un tercio de los casos ha terminado con una sentencia que ha declarado la violación de la libertad de expresión (casos La Última Tentación de Cristo”, Palamara Iribarne, Claude Reyes y otros; Norín Catrimán y otros; Urrutia Laubreaux; y Baraona Bray).

Por lo demás, hay un número significativo de denuncias tramitándose en la Comisión Interamericana por vulneración a la libertad de expresión y falta de protección judicial, lo que según el presidente de ODC “es un indicador que muestra claramente las deficiencias del marco normativo y del sistema judicial de Chile en relación a la protección de la libertad de expresión”

Foto: Agencia ATON.
Síguenos en