La ministra del Interior, Carolina Tohá, descartó que el Gobierno estudie aplicar un veto presidencial al proyecto de ley Nain-Retamal.
La iniciativa busca atribuirle a Carabineros la legítima defensa privilegiada, es decir, que se dé por hecho que cuando usen su arma fiscal y otros elementos sea para resguardar su seguridad misma o de algún tercero. Si bien contempla más aspectos, este punto del texto es el que más resquemores ha causado en el oficialismo, y han solicitado que se establezca claramente el respeto a los Derechos Humanos en el actuar policial.
El proyecto será votado este martes en el Senado luego de que la Comisión de Seguridad lo despachara a Sala, a pesar de los intentos del Gobierno para que se aprobara una indicación que busca fortalecer el Código de Justicia Militar por sobre el Código Penal respecto a la legítima defensa privilegiada para las policías y gendarmes que usen su arma de servicio.
En la mañana de este martes, la secretaria de Estado afirmó a Radio Biobío que “no hay ningún veto, de lo que estamos hablando es de una votación en la Sala, donde esperamos que impere un ambiente más receptivo, de más diálogo que el que hubo en la Comisión. Ayer llevamos una serie de propuestas pero hay una mayoría que no aceptó aproximar posiciones, pero en la Sala hay una nueva oportunidad”.
“Estamos en medio de la tramitación, así que es muy anticipado hablar de cualquiera de esas opciones. Si las cosas siguen como fueron ayer en la comisión, habría un tercer trámite”, añadió.
Tohá indicó que “lamentablemente algunas de esas modificaciones lo empeoraron. Por ejemplo se estableció una norma que dice que los mandos no tienen responsabilidad por los abusos que comenten sus subordinados salvo que les hayan instruido directamente cometer delitos, o sea, eso es absurdo, nunca un mando va a instruir directamente cometer delitos, pero su obligación debiera ser controlar que no se cometan”.
Según el Diario Constitucional, el veto presidencial es una atribución del Presidente de la República “para sancionar un proyecto de ley, ya sea con el rechazo o modificación de algún aspecto de la norma, el cual ejerce una vez que cumplió su trámite en el Congreso, pero en la etapa previa a la promulgación“.
Sin embargo, el veto presidencial “somete nuevamente a discusión legislativa una materia de ley, por lo tanto no se refiere a un veto absoluto”. Si el Presidente rechazara un proyecto por completo, ambas Cámaras podrían insistir en la aprobación del mismo, con el acuerdo de los dos tercios de los diputados y senadores”, señala el citado medio.