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Año XVI, 24 de abril de 2024


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Plebiscito de salida: 29 de julio vence plazo para cambio de domicilio electoral

Los electores podrán efectuar el trámite de manera presencial o digital, de modo que se les asigne un nuevo local de votación para pronunciarse sobre la propuesta de la nueva constitución que evacuará el Consejo Constitucional.

Diario UChile

  Viernes 2 de junio 2023 10:49 hrs. 
Santiago, 7 de mayo de 2023.
Votacion a consejero constitucional en la escuela Pacto Andino comuna de Estacion Central.
Jonnathan Oyarzun/Aton ChileSantiago, 7 de mayo de 2023. Votacion a consejero constitucional en la escuela Pacto Andino comuna de Estacion Central. Jonnathan Oyarzun/Aton Chile

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El Servicio Electoral llamó a revisar los domicilios electorales, poniendo especial cuidado en que los datos estén correctos, sin abreviaturas y escritos de forma completa. El plazo para el cambio de domicilio electoral comenzó a regir ayer 1 de junio y vence el 29 de julio próximo.

Tras la elección de los 50 integrantes del Consejo Constitucional en mayo pasado, el próximo proceso electoral se realizará el 17 de diciembre, también de carácter obligatorio, con motivo del plebiscito de salida para aprobar o rechazar la propuesta de la nueva constitución.

A partir de ayer jueves 1 de junio, los habilitados para votar pueden solicitar el cambio de domicilio electoral ingresando al sitio web servel.cl con su Clave Única o bien de forma presencial con su cédula de identidad, en las direcciones regionales de Servel, en las oficinas de ChileAtiende, en consulados de Chile en el exterior y ante el Registro Civil, ya que al solicitar cédula de identidad puede indicar la actualización del domicilio electoral.

El cierre del plazo es el 29 de julio, ya que la ley indica que el Registro Electoral debe suspender sus modificaciones 140 días antes de un plebiscito o elección (artículo 29, ley 18.556 Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral).

El domicilio electoral es el registrado en Servel, con el cual el elector o electora tiene un vínculo objetivo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él. En el caso de los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren en el extranjero, el domicilio electoral es aquel situado fuera de Chile, declarado como tal por el elector.

Los locales de votación son asignados según la georreferenciación de los domicilios electorales. Los electores y electoras deben mantener su domicilio electoral actualizado y con un correcto ingreso de los datos (nombre de la calle, comuna y numeración bien escrita), ya que en base a esa información el Servicio Electoral, en los diferentes procesos eleccionarios o plebiscitos, puede asignar un local de votación más cercano a cada elector.

Quien proporcione datos falsos o un domicilio electoral con el que no tenga un vínculo objetivo, o el que, al momento de solicitar cambio de domicilio electoral o la acreditación del avecindamiento, suplante a otra persona, arriesga una pena de reclusión menor en su grado mínimo y una multa de diez a cien unidades tributarias mensuales (artículo 54, ley 18.556 Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral).

Para aumentar los canales de atención para quienes no cuentan con su clave única, Servel, durante el mes de julio pondrá a disposición de electores y electoras su nuevo canal de atención virtual, el que atenderá únicamente solicitudes de cambio de domicilio.

Quienes deseen acceder a este sistema, deben completar formulario dispuesto en el sitio web de Servel, y adjuntar fotografías de su cédula de identidad, que podrá estar vencida desde el 1 de enero de 2020 y copia del formulario de solicitud de cambio de domicilio firmado, solicitando una ahora de atención en línea.

En caso de ser necesario, se podrá solicitar la atención con un intérprete en lengua de señas. En el momento de la atención se deberá contar con conexión estable a Internet, cámara y micrófono y su cédula de identidad para realizar la verificación de identidad.

El periodo habilitado para la solicitud de cambio de domicilio electoral también rige para la incorporación al Registro Electoral de chilenos nacidos en el extranjero que cumplan con el requisito de avecindamiento. El resultado del trámite será informado al interesado, junto con su domicilio electoral, mediante correo electrónico y en el caso de no tener, por carta certificada enviada a su domicilio.

Finalmente, el Servel advirtió que al tratarse de un trámite de solicitud, la aceptación se verá reflejada en la consulta de datos electorales luego de 20 a 25 días hábiles.

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