Un 18 de septiembre hace cinco años Antonia Barra fue agredida sexualmente por Martín Pradenas en Pucón. No denunció los hechos, ni le dijo a sus padres, guardó silencio por casi un mes.
El 12 de octubre decidió llamar a su ex pololo, Rodrigo Canario, para contarle que había sido violentada por Pradenas. Canario no le creyó, grabó la llamada y la difundió.
Al día siguiente, el 13 de octubre de 2019, Antonia le mandó un mensaje de despedida a Rodrigo antes de quitarse la vida a sus 21 años.
Su padre, Alejandro Barra, se encargó de visibilizar su historia e inmediatamente todo el país se conmocionó con este caso, que implicó que Martín Pradenas fuese declarado culpable en 2023 por haber cometido siete delitos sexuales, cinco de abuso y dos de violación, contra seis mujeres.
En paralelo, la familia Barra también logró, junto al apoyo de varias parlamentarias, que en diciembre de 2022 se promulgara la Ley Antonia (Ley 21.523), normativa que tipifica el suicidio femicida y la inducción al mismo, y establece otras medidas procesales que protegen a las víctimas.
Así, recientemente la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, destacó esta ley como una gran herramienta que permite enfrentar de mejor manera los delitos sexuales.
“No sólo amplió el plazo de los delitos sexuales en contra de mayores de edad, llegando a 10 años -antes eran 5- el tiempo que tienen las víctimas para denunciar, sino que también estableció una nueva batería de garantías procesales para que quienes denuncien delitos sexuales no sientan que son ellas las acusadas, sino que cuenten con lo que resguarda el Estado de derecho y el debido proceso”, recalcó la titular de la cartera.
Los avances de la normativa
Tras cinco años del suicido de Antonia Barra, en conversación con Radio y Diario Universidad de Chile, la abogada querellante en el juicio de Martin Pradenas y ex convencional constituyente, Manuela Royo, señaló que “este fue un caso bien paradigmático en torno a los alcances que tiene los delitos sexuales y los efectos que estos tiene cuando se ejerce violencia sexual”.
“Creo que también generó, una transformación en general y un conocimiento respecto a las causales de los delitos sexuales de violación”, aseveró.
“Durante mucho tiempo vimos cómo a veces en las audiencias la justificación respecto de las conductas de delitos sexuales decían relación con que la culpa era de las víctimas y muchas veces las preguntas de los abogados, ciertas formas y lo que hacían era precisamente revictimizadas. Entonces, estos límites que pone la Ley Antonia sobre el tratamiento que debe existir con las víctimas es sin duda muy importante para ejercer justicia con enfoque de género”, agregó.
Para la abogada Silvana del Valle, quien representó a la familia Barra, la normativa generó cambios positivos, sin embargo, aún no hay estadísticas por parte del Ministerio Público ni de otros actores jurisdiccionales que establezcan hasta qué punto la normativa ha beneficiado a las víctimas.
“Desde la experiencia profesional, he visto que se han hecho solicitudes por parte de los intervinientes, Ministerio Público y querellantes, para que se apliquen estas normas que facilitan la investigación y dan una mayor protección a las víctimas, en particular. Por ejemplo, extender las entrevistas grabadas o videograbadas a personas adultas y que los demás intervinientes no puedan revelar detalles de las investigaciones o de los procedimientos a la prensa u a otras personas”, detalló.
En ese sentido, la abogada dijo que “hay un balance bastante positivo, porque permite en el fondo otorgarles a las víctimas la claridad y la tranquilidad, de que van a poder ser protegidas de manera más eficiente por los órganos estatales, ahora yo no sé si eso va a generar algún impacto estadístico, me refiero a si han aumentado las denuncias, o si hay una encuesta de servicio de parte de las instituciones que digan que las mujeres y niñas se sienten mejor tratadas luego de estas disposiciones”.
La Ley Antonia incorpora también la figura del suicidio femicida, es decir, sanciona al sujeto que por ejercer violencia de género provoca que la víctima se quite la vida.
Al respecto, la abogada Manuela Royo indicó que la norma “básicamente establece el el hecho de que la causa de un suicidio sea una agresión sexual, como efectivamente es el caso de Martin Pradenas y Antonia Barra. Por tanto, lo que hace es tipificar eso como un delito más dentro del Código Penal”.
A su vez, Silvana del Valle explicó que dentro de las reformas de esta ley, ésta modificó el Código Penal: “Se estableció por primera vez el delito de suicidio femicida y se consagraron las normas para permitir la sanción de la inducción al suicidio, que en Chile no estaban especificamente sancionadas. De momento, al menos en la experiencia práctica, no conozco casos que dentro de la vigencia de la ley se hayan presentado, pero entiendo que los hay”.
“En el continente americano no hay ninguna norma de suicidio femicida que sea tan amplia como la Ley Antonia, en que se establecen una serie de conductas violentas que podrían causar la muerte de una persona que se decide suicidar, en ese sentido, es una norma bastante completa”, subrayó.
Otro aspecto importante que mandata la Ley 21.523 es la obligación de que la Academia Judicial entregue dentro de su formación y perfeccionamiento capacitaciones sobre materias relacionadas con las perspectiva de género en el proceso penal.
Para la abogada del Valle, a partir de la dictación de la norma, junto con otras directrices de la Corte Suprema anteriores a ella, desde el Poder Judicial han estado trabajando en esto.
“No obstante, siempre está el temor de cómo esto es reflexionado por los operadores jurídicos y si es que efectivamente jueces o juezas en formación, así como también fiscales del Ministerio Público, están aplicando o no los aprendizajes que están a partir de la nueva normativa”, aseveró.
En esa línea, Silvana del Valle explicó que de acuerdo a un estudio de Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corte Suprema, hay una mínima absorción por parte de los magistrados de las normas internacionales de los derechos humanos y de las mujeres y las niñas, o que no conocían las normas.
“Tienes a un grupo demasiado grande de jueces que no conocen las normas de este tipo y después tienes a otro grupo que no las quiere aplicar. Porque también nos hemos dado cuenta a lo largo de los años que habiendo normas internacionales que son parte del sistema normativo chileno, como es la Convención Belém Do Pará, la Convención de Derechos del Niño y otros protocolos internacionales que obligan al Estado de Chile, al menos del punto de vista interpretativo, hay muchos jueces que no las aplican, y te dicen sin ninguna vergüenza que las normas internacionales para ellos son meras guías y no son vinculantes”, apuntó.
Acerca de las críticas a la Ley Antonia sobre las dificultades probatorias que traería el abuso y el daño psicológico respecto del suicidio feminicia, la abogada y ex convencional, Manuela Royo, afirmó que “siempre hay complejidades propias de estos tipos penales que dicen relación con cómo se prueba esa causal, como se prueba ese nexo, pero al menos en el caso de Antonia Barra es algo que se pudo acreditar, tristemente, por las pruebas que la propia víctima dejo en sus testimonios en audio de teléfono. De todas formas, son normas que pueden ser perfectibles”.
Por su parte, la abogada Silvana del Valle enfatizó que al igual que con otras normas, como la Ley de Acoso Sexual, la de Acoso Laboral, la primera Ley de Femicidio de 2010 y la Ley de Delitos Sexuales de 1999, la Le Antonia ha sido objeto de criticas por su operatividad.
“Cada vez que hay normas nuevas que sancionan la violencia hacia las mujeres y las niñas por razones que tienen que ver con la cultura patriarcal jurídica, inmediatamente nacen o salen varias voces a criticar y muchas veces de manera bastante oportunista (…) Ha ocurrido muchas veces, la mala prensa que le hacen a este tipo de normas, diciendo argumentos como que son poco practicables, que son poco usables. A esta ley le critican que sería difícil probar la motivación que está detrás de los actos de violencia que son bastante amplios, pero eso es un gran avance de esta norma respecto a de otras legislaciones de la región”, subrayó.
Cabe señalar que según el último dossier de la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres, en 2023 ocurrieron 51 femicidios y 2 suicidios femicidas. En el mismo periodo, se registraron 51 agresiones sexuales al día, siendo las principales afectadas niñas y mujeres (86% de las víctimas).