Gobierno y dueños de terreno suscriben protocolo de acuerdo por toma de San Antonio

Dentro del acuerdo se contempla la conformación de una comisión técnica integrada por un representante de los dueños, el ministerio de Vivienda y el municipio de San Antonio.

Dentro del acuerdo se contempla la conformación de una comisión técnica integrada por un representante de los dueños, el ministerio de Vivienda y el municipio de San Antonio.

Luego de sostener una reunión de una hora realizada en dependencias del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Gobierno y dueños de terreno suscribieron un protocolo de acuerdo por toma de San Antonio que determina un camino a seguir en búsqueda de una solución definitiva a esta problemática que ya cuenta con una sentencia de la justicia.

En la reunión en la que participaron el ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes Cisternas, el Alcalde de la I. Municipalidad de San Antonio, Sr. Omar Vera Castro, el Subsecretario del Interior Sr. Luis Cordero Vega, y los Sres. Ricardo Posada y Esteban Solari propietarios del inmueble, se acordó lo siguiente:

Los propietarios del inmueble establecen su voluntad de revisar una eventual propuesta de compra que permita dar solución a la situación de cumplimiento del fallo de recurso de protección caratulado “Inmobiliaria y Constructora San Antonio S.A. / Sanhueza y otros” Rol P – 1972 – 2023, seguido ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso.

A este efecto, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y la Ilustre Municipalidad de San Antonio, solicitan a los propietarios, en primer término, suspender el procedimiento expulsivo referido precedentemente, bajo las siguientes condiciones que todas las partes suscriben:

Primero: Se establecerá una Comisión Técnica conformada, preferentemente, por profesionales del área de la construcción, e integrada por un representante de los propietarios del terreno, un representante del MINVU, y un representante de la I. Municipalidad de San Antonio, que reportará a las partes sobre las condiciones de venta del terreno, precio y garantías. En el caso de no lograr acuerdo, la Comisión establecerá las modalidades para proceder a dar cumplimiento razonable y paulatino al fallo antes referido.

Segundo: El terreno será enajenado como una sola unidad en un solo acto.

Tercero: Las partes establecen que la Comisión Técnica tendrá un plazo máximo de duración de 6 meses contados desde la fecha de suscripción del presente protocolo. Durante su funcionamiento, las partes establecen que el contenido de los reportes de dicha Comisión, así como los acuerdos a los que se arriben, serán confidenciales y reservados.





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