Este miércoles 28 de mayo de 2025 entrará en vigor la Ley N°21.717, que establece normas para la realización de funerales de riesgo y modifica otros cuerpos legales, que permite restringir los denominados “narco funerales”.
Cabe precisar que el 6 de noviembre de 2024 la Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que aumenta penas y da más atribuciones a Carabineros ante los funerales de alto riesgo, iniciativa que es parte del “fast track” de seguridad y que fue promulgada por el Presidente de la República el 20 de noviembre de 2024.
Según el propio Gobierno, los “narco funerales” son eventos que buscan exaltar la memoria de mártires para bandas criminales y suelen estar acompañados de delitos, incivilidades y actos violentos que alteran el orden público y la vida cotidiana. Resultando altamente disruptivos y atemorizantes para las personas.
El texto regula la realización de funerales que permitan presumir fundadamente que su realización representa un riesgo para la seguridad y el orden público. Asimismo, estos pueden ser calificados de tal forma por el delegado o delegada presidencial, de acuerdo al reglamento de la normativa.
En ese sentido, la autoridad ordenará en el más breve plazo posible que la inhumación o cremación del cuerpo se realice dentro de las 24 horas desde su notificación.
El ministro de seguridad Pública, Luis Cordero, detalló que a partir de este 28 de mayo “un funeral que tenga una muerte violenta, que tenga determinadas características de riesgo, ha atendido a la persona fallecida, su historial delictual y los antecedentes de los cuales dispone, el delegado presidencial respectivo deberá calificar previo informe de Carabineros de Chile, con información proporcionada también por la Policía de Investigaciones y Gendarmería, si dicho funeral tiene la condición de riesgo”.

“Si tiene la condición de riesgo, este deberá ejecutarse dentro del plazo de 24 horas, una vez notificada la resolución por parte del delegado presidencial”, complementó Cordero.
Además, resaltó que el objetivo de esta ley es “dar tranquilidad a las personas que cuando ocurran muertes violentas de estas características, los funerales se realicen sin alterar la seguridad y el orden público, pero tampoco se utilicen estos como un mecanismo de enaltecimiento del crimen o los delitos que detrás de él se encuentran establecidos”.
Desde que comenzó la clasificación de funerales de alto riesgo, Carabineros informó que entre el 2019 y el 25 de mayo de 2025, se han desarrollado 2 mil 438 funerales de riesgo. En ese contexto se realizaron 169 mil 968 controles preventivos y hubo mil 610 detenidos en el marco de estos eventos. Para resguardar la seguridad y orden público, la policía uniformada debió desplegar 136 mil 633 efectivos.
De los casi 2 mil 500 funerales de alto riesgo contabilizados a la fecha, el 80% se han desarrollado, principalmente, en cuatro regiones: Metropolitana, Biobío, Valparaíso y Tarapacá.

Para el general director de Carabineros, Marcelo Araya, la ley viene a fortalecer la prevención de delitos en los funerales de alto riesgo: “La cantidad de carabineros es variable, pero podemos señalar que hay un promedio más o menos de 35 o 40 carabineros por este tipo de procedimientos a partir de estas notificaciones. Por lo tanto, fortalecer este tipo de acciones está orientado precisamente a darle seguridad a todas las personas y permite evitar todo lo que sea la comisión de ilícitos“.
En el caso de la comisión de delitos en el marco de los funerales de alto riesgo, la nueva normativa establece que las penas a aplicar excluyen el grado mínimo. Además, se contemplan delitos dentro del cementerio o crematorio, así como en la ceremonia fúnebre, en el traslado o en las inmediaciones del lugar.
Carabineros también podrá hacer controles de identidad a los participantes e impedir el ingreso de elementos que pudieran provocar lesiones o daños. Además, podrá impedir el ingreso de personas bajo la influencia del alcohol o las drogas.
Aquellas personas que incumplan las restricciones para funerales de alto riesgo recibirán penas de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años y un día) así como una multa de 10 a 20 UTM.






