Caso Muñeca Bielorrusa: suspenden por dos meses al ministro Simpertigue de la Corte Suprema

La suspensión, que empezará a regir desde el martes 9 de diciembre, fue acordada por el Tribunal Pleno del máximo tribunal, el mismo que el pasado 14 de noviembre ordenó la apertura de un sumario disciplinario en contra del juez.

La suspensión, que empezará a regir desde el martes 9 de diciembre, fue acordada por el Tribunal Pleno del máximo tribunal, el mismo que el pasado 14 de noviembre ordenó la apertura de un sumario disciplinario en contra del juez.

Est viernes, la Corte Suprema informó la suspensión del ministro Diego Simpertigue por un plazo de dos meses. La medida se adoptó en el marco de la investigación disciplinaria que se sigue en su contra, luego de que se le vinculara con una arista del denominado caso Muñeca Bielorrusa.

La suspensión, que empezará a regir desde el martes 9 de diciembre, fue acordada por el Tribunal Pleno del máximo tribunal, el mismo que el pasado 14 de noviembre ordenó la apertura de un sumario disciplinario en su contra. Según explicaron desde la Suprema, “la resolución, dictada por el plazo máximo establecido, se efectuó tras la declaración que prestó el ministro -quien se encontraba de vacaciones- ante el fiscal instructor el día de ayer”.

La vinculación del magistrado con esta arista del caso Audios se hizo pública al conocerse que realizó un viaje en crucero por Europa junto a su esposa y el abogado Eduardo Lagos, quien actualmente se encuentra imputado y en prisión preventiva por su rol en la misma trama. El viaje se inició apenas dos días después de que Codelco efectuara el último pago a la empresa chileno-bielorrusa CBM, involucrada en la causa.

Adicionalmente, el ministro Simpertigue enfrenta una acusación constitucional que fue ingresada la semana pasada en la oficina de partes de la Cámara de Diputadas y Diputados. El libelo fue presentado por diputados de los partidos Socialista, Comunista y Frente Amplio y consta de tres capítulos: el primero aborda la responsabilidad del ministro al faltar “de manera notable al deber de probidad, abstención e imparcialidad” en la causa Belaz Movitec; el segundo, el faltar a la probidad por conflictos de interés en nombramientos notariales; y el tercero, el infringir el deber de abstención, imparcialidad y probidad en el caso Fundamenta.

Esta es una acción judicial que está en curso y cuyos cargos que se imputan puedan ser desestimados a lo largo de la investigación y el proceso penal. Por eso, no se debe considerar a las personas involucradas y formalizadas por la justicia como culpables hasta que el tribunal competente dicte una sentencia en su contra.





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