Ley Naín-Retamal a tres años de su vigencia: académica Myrna Villegas advierte que "la reforma no era necesaria jurídicamente y ha generado confusión"

La especialista de la Universidad de Chile criticó con dureza los efectos de la normativa de seguridad, alertando sobre la flexibilización en el uso de la fuerza, su impacto en causas del estallido social y los riesgos constitucionales de la propuesta "Naín-Retamal 2.0".

La especialista de la Universidad de Chile criticó con dureza los efectos de la normativa de seguridad, alertando sobre la flexibilización en el uso de la fuerza, su impacto en causas del estallido social y los riesgos constitucionales de la propuesta "Naín-Retamal 2.0".

A tres años de la entrada en vigencia de la Ley Naín-Retamal, el debate sobre sus verdaderos efectos en el combate a la criminalidad y la protección de los derechos fundamentales recobra intensidad. Para Myrna Villegas, académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, el balance de la normativa es profundamente crítico.

A través de una entrevista, la abogada penalista analizó el impacto de la ley en el sistema de justicia, desestimando que haya sido una herramienta indispensable para el resguardo de las policías y alertando sobre los peligros que esconde la nueva agenda impulsada por sectores de la oposición, que busca extender los privilegios legales a funcionarios que se encuentren fuera de servicio.

Una reforma “jurídicamente innecesaria”

Uno de los principales argumentos políticos para la aprobación de la Ley Naín-Retamal fue la necesidad de entregar mayor respaldo jurídico a las instituciones de orden para enfrentar el crimen organizado. Sin embargo, para Villegas, el cuerpo legal partió de un diagnóstico erróneo.

“La Ley Naín-Retamal no era una reforma necesaria desde el punto de vista jurídico, porque los funcionarios policiales y militares ya contaban con mecanismos normativos suficientes para justificar el uso legítimo de la fuerza en el ejercicio de sus funciones”, sostiene la académica. Según detalla, Carabineros, las Fuerzas Armadas, la PDI y Gendarmería ya poseían reglas específicas y eximentes de responsabilidad penal que les permitían actuar dentro de la legalidad.

La académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Myrna Villegas.
La académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Myrna Villegas.

El principal problema de la reforma, advierte la profesora, es que desplazó el fundamento jurídico de la actuación estatal hacia una legítima defensa privilegiada, figura que califica como “conceptualmente confusa”. Un policía, explica, no actúa como un particular que se defiende espontáneamente, sino como un agente del Estado sujeto a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.

En la práctica, la ley no habría cumplido su objetivo inicial frente a la crisis de seguridad. Por el contrario, su efecto más visible ha estado en los tribunales:

“Su utilización se ha visto en procesos vinculados a violaciones de derechos humanos cometidas durante el estallido social, tanto mediante la aplicación retroactiva de las nuevas reglas sobre legítima defensa privilegiada, como a través de otras modificaciones que favorecen una disminución de la responsabilidad penal de funcionarios estatales”.

El riesgo de la “Naín-Retamal 2.0”: Ciudadanos de primera y segunda categoría

Frente al reciente anuncio de Renovación Nacional (RN) de impulsar una “Naín-Retamal 2.0” —que busca extender la presunción de legítima defensa a policías que, estando de franco, intervengan en delitos flagrantes—, la abogada penalista advierte serios roces de constitucionalidad.

Villegas es categórica al señalar que un policía de franco “ya no está ejerciendo funciones públicas, sino actuando como cualquier ciudadano”, por lo que ya cuenta con las herramientas tradicionales de legítima defensa propia o de terceros que posee el resto de la población. No existe, a su juicio, un vacío legal que justifique un nuevo privilegio.

Lienzo instalado frente a La Moneda en protesta contra la promulgación de la Ley Nain-Retamal.
Manifestaciones en contra de la promulgación de la ley Nain-Retamal. Foto. ATON.

“Si se les otorga una presunción reforzada de legitimidad en el uso de la fuerza por el solo hecho de ser policías, aun cuando estén actuando como particulares, se termina construyendo un sistema en que existen ciudadanos de primera categoría y ciudadanos de segunda categoría. (…) Resulta difícil de conciliar con el principio constitucional de igualdad ante la ley“.

La académica alerta que ampliar esta figura a escenarios donde los funcionarios intervienen como civiles incrementaría la incertidumbre sobre los límites del uso de la fuerza y favorecería interpretaciones expansivas incompatibles con un Estado de Derecho.

La falsa disyuntiva de la seguridad y su impacto frente al estallido social

Consultada por las voces que defienden la ley como un necesario respaldo a las policías, Villegas descarta que exista una contradicción intrínseca entre seguridad pública y la protección de los derechos fundamentales. Para la académica de la Universidad de Chile, plantear que se debe elegir entre respaldar a Carabineros o resguardar los derechos humanos es una “falsa disyuntiva”.

“La experiencia comparada demuestra que las instituciones policiales más legítimas y eficaces son precisamente aquellas que operan bajo reglas claras, con mecanismos efectivos de control y con rendición de cuentas cuando se producen abusos”, argumenta. El peligro de la normativa radica en que ciertas interpretaciones judiciales han debilitado el rigor con el que se deben examinar las acciones policiales con resultados fatales o de lesiones graves. Al flexibilizarse requisitos fundamentales como la agresión ilegítima, la necesidad o la racionalidad del medio empleado, hechos gravísimos corren el riesgo de quedar amparados bajo estas nuevas y amplias causales de justificación.

Esta flexibilización de los controles tiene un impacto directo en las obligaciones internacionales de Chile en materia de verdad, justicia y reparación, especialmente en las causas vinculadas a la violencia institucional ocurrida durante el estallido social.

Villegas pone como ejemplo paradigmático el caso de Gustavo Gatica. Alerta sobre el peligro de que los tribunales dejen de entender la “agresión ilegítima” como un acto concreto e individualizado, y pasen a justificar el actuar policial basándose únicamente en contextos generales de alteración del orden público.

Gustavo Gatica. Foto: @gustavogaticav
Diputado Gustavo Gatica. Foto: @gustavogaticav

Finalmente, la académica subraya que las normas ambiguas no solo confunden a los tribunales, sino que envían un peligroso incentivo a los propios agentes del Estado. Como ejemplo, mencionó recientes manifestaciones estudiantiles donde testigos denunciaron el uso de gas irritante directamente al rostro de personas que ya estaban reducidas, un accionar sin justificación defensiva.

“Cuando el mensaje institucional que se transmite es que la actuación policial gozará de presunciones cada vez más amplias de legitimidad, existe el riesgo de que disminuya la preocupación por ajustar la conducta a los principios de necesidad, racionalidad y proporcionalidad. (…) Una democracia sólida requiere policías eficaces, pero también sujetas a la ley y al respeto irrestricto de los derechos fundamentales”.





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