Condenan a integrantes de la CAM como autores de incendio, hurto y secuestro

Tribunal Oral en lo Penal de Temuco se pronunció contra Pelentaro Llaitul (hijo menor del líder de la CAM), Luis Menares, Juan Mardones Sáez, Luis Fuenzalida y Jorge Caniupil por hechos de noviembre de 2022 en Lautaro.

Tribunal Oral en lo Penal de Temuco se pronunció contra Pelentaro Llaitul (hijo menor del líder de la CAM), Luis Menares, Juan Mardones Sáez, Luis Fuenzalida y Jorge Caniupil por hechos de noviembre de 2022 en Lautaro.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco dictó veredicto condenatorio en contra de Pelentaro Héctor Llaitul Pezoa, hijo menor del fundador de la Coordinadora Arauco-Malleco (CAM), Héctor Llaitul, y otros miembros de la CAM.

Los otros condenados son Luis Guillermo Menares Chanilao, Juan Carlos Mardones Sáez, Luis Darío Fuenzalida Eneros y Jorge Andrés Caniupil Coña, todos imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos consumados de incendio reiterado, hurto en concurso con secuestro simple y hurto.

Los ilícitos fueron perpetrados el 22 de noviembre de 2022 en Lautaro, en territorio jurisdiccional del tribunal.

En resolución unánime, el tribunal integrado por los magistrados José Ignacio Rau Atria (presidente), Javier Bascur Pavez y Wilfred Ziehlmann Zamorano (redactor) dio por acreditadas tanto la ocurrencia de los delitos como la participación culpable de los acusados en los hechos establecidos.

En la causa, además, el tribunal dictó veredicto condenatorio en contra de Llaitul Pezoa y de Mardones Sáez por su responsabilidad en el delito consumado de porte ilegal de municiones.

El fallo dice que “tratándose del delito de incendio reiterado, de los delitos de hurto y del delito de secuestro, corresponde a los acusados participación en calidad de autores, conforme establece el artículo 15 N°1 del Código Penal, al estimar que la prueba rendida permite establecer suficientemente que todos ellos formaban parte del grupo que realizó los atentados incendiarios tanto en el fundo San Luis como en la parcela 15 y posteriormente en la quema de la camioneta marca ‘Maxus’”.

Se añade que “por lo mismo fueron quienes tomaron este vehículo sin la voluntad de su dueño y se desplazaron en el mismo con la víctima R.T.T., a la cual restringieron antijurídicamente de su libertad, pasando después por la parcela 15, desde donde sustrajeron las especies corporales muebles que más arriba se indicaron”.

La audiencia de comunicación de la sentencia, que será redactada por el juez Wilfred Ziehlmann, quedó programada para las 13:00 horas del próximo lunes 13 de julio.

Esta es una acción judicial que está en curso y cuyos cargos que se imputan puedan ser desestimados a lo largo de la investigación y el proceso penal. Por eso, no se debe considerar a las personas involucradas y formalizadas por la justicia como culpables hasta que el tribunal competente dicte una sentencia en su contra.





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