La justicia lenta se parece a la injusticia

  • 30-07-2026

El 15 de julio de 2026 presenté una denuncia por vulneración de derechos fundamentales durante la relación laboral representando a, pongámosle, don Evaristo. Los derechos fundamentales ocupan la cúspide de la pirámide normativa, y por eso se protegen a través de múltiples vías, todas orientadas a un mismo objetivo: hacer rápido y efectivo el procedimiento para el resguardo y reparación.

Honra, dignidad e integridad psíquica: eso fue lo que se demandó en tribunales. El 17 de junio de 2027 es la fecha fijada para la primera de dos audiencias de primera instancia, un proceso que, sin exagerar, podría extenderse fácilmente hasta el primer trimestre de 2028. Mientras ese itinerario judicial avanza a su ritmo, don Evaristo -vulnerado de múltiples formas en su lugar de trabajo- fue además despedido invocando una causal del artículo 160 del Código del Trabajo, precisamente a raíz de su denuncia. ¿Qué significa esto en la práctica? Que esa causal de despido no lleva aparejado el pago de ningún tipo de indemnización, ni por años de servicio ni sustitutiva del aviso previo. En palabras simples: don Evaristo perdió su trabajo, perdió sus años acumulados, y de un día para otro pasó a engrosar la lista de desempleados del país, sin ahorros ni indemnización para subsistir los meses y años que vienen.

Si fue vulnerado en sus derechos fundamentales o si fue despedido injustificadamente, poco importa por ahora -al menos no este año-, porque la primera aproximación a una solución solo llegará el 17 de junio de 2027. El sistema judicial y el Estado de derecho le han fallado a don Evaristo.

¿Qué ocurrió hace 20 años?

La Ley N° 20.087, promulgada en enero de 2006, estableció un nuevo procedimiento laboral asentado, entre otros, en los principios de oralidad, concentración, mayor protagonismo del juez y, sobre todo, celeridad. Esa reforma tardó tres años en convertirse en ley y en su mensaje se diagnosticaba el estado de la justicia laboral de la época señalando que la caracterizaban “la escasez de tribunales especializados, la sobrecarga de trabajo que existe en aquellos, [y] la rigidez y ritualidad de los procedimientos laborales”. Lenta y, por lo tanto, ineficiente: así describía el foro para la reforma procesal laboral el estado de nuestra justicia del trabajo en los incipientes 2000.

En ese proceso de reforma se estableció la celeridad -prontitud, rapidez, diligencia- como uno de los pilares sobre los que se sostendría todo el nuevo sistema judicial laboral. Se la entendía, funcionalmente, como el vehículo para lograr una justicia oportuna -contrapuesta a la lentitud- y como condición para que el derecho sustantivo del trabajo tuviera efectividad real, y no solo declarativa. Sabemos que la justicia lenta se parece demasiado a la injusticia, y que la injusticia es contraria al Estado de derecho.

Nuestro presente a 20 años de la reforma procesal laboral

Hoy, el diagnóstico es tristemente idéntico. Juicios laborales que tardan años en llegar apenas a culminar la primera instancia que empujan al trabajador al abandono de sus acciones, a no denunciar o, en el mejor de los casos, a aceptar conciliaciones mínimas y absurdas, que solo se explican por la necesidad alimenticia de quien demanda. Esto, por supuesto, erosiona la credibilidad democrática de nuestras instituciones, sin que la responsabilidad recaiga en la magistratura laboral y su propia sobrecarga, sino en haber dejado pasar más de dos décadas sin actualizar un diseño institucional capaz de procesar la realidad laboral de estos tiempos.

En octubre de 2025, los entonces ministros de Justicia y del Trabajo, Jaime Gajardo y Giorgio Boccardo, presentaron un proyecto de ley para crear un tercer Juzgado de Letras del Trabajo y ampliar la dotación de jueces en las regiones con mayor sobrecarga -Antofagasta, Concepción y Punta Arenas-, proyecto que hoy está a un paso de convertirse en ley de la República.

Por el bien de los miles de don Evaristo que existen en Chile, y por el bien de nuestra democracia, esperamos que este proyecto del gobierno del expresidente Boric sea aprobado. Pero, sobre todo, esperamos que como país podamos pensar más allá de esta reforma puntual: en cómo el sistema judicial y prejudicial laboral debe dar respuesta a quienes viven única y exclusivamente del producto de su trabajo.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.

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