Con la aprobación en el Senado del artículo sobre compensación a las municipalidades, la denominada megarreforma cerro su paso por el Congreso Nacional. Sin embargo, el proyecto aún deberá enfrentar dos etapas decisivas antes de su promulgación: la tramitación de tres vetos presidenciales ingresados por el Gobierno y la revisión del Tribunal Constitucional (TC), que deberá pronunciarse sobre los requerimientos presentados por la oposición.
El ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, defendió la decisión del Ejecutivo de ingresar tres vetos supresivos y aseguró que, a pesar de que las normas aprobadas durante la tramitación parlamentaria persiguen objetivos legítimos, sus efectos terminarían siendo contraproducentes.
“Básicamente estamos proponiendo tres vetos supresivos. El anatocismo, que es el interés sobre interés; el olvido financiero y lo del pago a 30 días. Son tres iniciativas que suenan bien, nos parecen bien intencionadas, pero lamentablemente cada una de ellas genera efectos adversos y termina dañando lo que quiere proteger“, detalló el secretario de Estado.
Por 10 votos contra 3, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, presidida por el diputado Agustín Romero (PRep), aprobó los tres vetos supresivos. Ahora estos deberán ser votados en la Sala de la Cámara Baja durante la próxima semana.

Uno de los vetos que concentró mayor controversia correspondió a la eliminación de la norma que fortalecía el cumplimiento del pago a 30 días para las micro, pequeñas y medianas empresas, disposición incorporada por iniciativa parlamentaria durante la discusión de la megarreforma.
La diputada del Frente Amplio, Gael Yeomans, acusó que el Ejecutivo terminó incumpliendo los compromisos que había asumido con el sector. “El ministro Jorge Quiroz engañó a las pymes. Dijo que esta megarreforma supuestamente iba a ser para promocionar el crecimiento económico, pero al final sabemos que solamente estaba dirigida para las grandes empresas. Para las pymes, nada”, sostuvo.
En esa línea, recordó que “la única medida que tenía esta reforma y que fue aprobada tanto en la Cámara como en el Senado era obligar al pago a 30 días, que hoy día están vetando”, por lo que calificó la decisión como “un portazo a las pymes”.
Desde el mundo gremial, el presidente de Converpymes, Roberto Rojas Puga, cuestionó duramente el uso del veto presidencial para revertir una norma aprobada por el Congreso. “Nos encontramos ante una situación que jamás hubiésemos pensado, que una herramienta constitucional como el veto presidencial se esté utilizando para legitimar o institucionalizar la injusticia y el atropello”, afirmó.

A su juicio, el Gobierno “veta la última alternativa que tenían las pymes para seguir sobreviviendo” y advirtió que la decisión provocará que “sigan cayendo muchas pymes”, con el consecuente impacto sobre el empleo.
Decisión del TC
En paralelo, el Tribunal Constitucional deberá pronunciarse sobre la admisibilidad de los requerimientos presentados por parlamentarios de oposición. El abogado constitucionalista y académico de la Universidad Diego Portales, Domingo Lovera, explicó que las acciones actualmente ingresadas no consideran el debate sobre la compensación a las municipalidades, sino únicamente materias contenidas en el proyecto previo a esa última modificación.
Las impugnaciones apuntan al artículo que establece la invariabilidad tributaria, a las normas sobre compensaciones derivadas de resoluciones de calificación ambiental, a las limitaciones para presentar recursos dentro del Sistema de Evaluación Ambiental y a la regulación de las medidas cautelares en esos procedimientos.

Consultado por Radio y Diario Universidad de Chile sobre si el hecho de reunir múltiples materias en un mismo proyecto podría transformarse en un argumento constitucional, Lovera recordó que el TC ha desarrollado jurisprudencia sobre las denominadas ideas matrices de los proyectos de ley. Sin embargo, precisó que esa discusión finalmente no fue incorporada dentro de los requerimientos.
“Es un tema que efectivamente el Tribunal Constitucional ha discutido con anterioridad y dice relación con las denominadas ideas matrices. (…) Eso no es algo que se haya presentado en los requerimientos. Se discutió y hubo intercambios públicos entre varios especialistas, pero no es algo que esté siendo reclamado ahora”, expresó.
El académico afirmó que el principal aspecto novedoso de las acciones presentadas corresponde al cuestionamiento del régimen de invariabilidad tributaria. “Lo que es inédito en esta materia es el reclamo que se presenta respecto a la denominada invariabilidad tributaria. Lo que se ha dejado escuchar es que las invariabilidades tributarias siempre han existido y, por lo tanto, esto no debiese provocar ningún problema de constitucionalidad. Me parece que ese es un análisis equivocado”, señaló.

Para el especialista, el hecho de que existan regulaciones similares en el pasado “no significa que sean necesariamente constitucionales”, especialmente porque muchas fueron dictadas antes de la actual Constitución o durante la dictadura, cuando no existían mecanismos efectivos de control constitucional.
Por esa razón, Lovera estimó que aún resulta imposible anticipar el criterio que adoptará el TC. “Hay algunas experiencias posteriores durante democracia, pero muy acotadas, muy específicas y no de la envergadura ni de la amplitud en la que está contemplada en este proyecto. Por ello, cualquier juicio o pronóstico respecto de cómo resolvería el tribunal me parece aventurado, porque es una cuestión que por primera vez se va a discutir en el caso de la justicia constitucional“, afirmó.
Respecto de las consecuencias que tendría una eventual sentencia favorable a la oposición, el constitucionalista explicó que la propia Carta Fundamental regula los efectos de una declaración de inconstitucionalidad. “Los efectos prácticos están detallados en la misma Constitución. Los preceptos o aquellas partes de un proyecto de ley que sean declarados inconstitucionales no podrán ser parte luego de la ley que promulgue el Poder Ejecutivo”, precisó.
A ese escenario podría sumarse un nuevo requerimiento relacionado con el mecanismo de compensación para las municipalidades. Durante la votación de ese artículo, las bancadas de oposición realizaron una reserva de constitucionalidad a petición de alcaldes, lo que abre la posibilidad de presentar una nueva impugnación.






