TC resolverá este jueves los requerimientos contra la megarreforma tras escuchar a más de 50 organizaciones

Las posturas encontradas sobre invariabilidad tributaria y las micro-relocalizaciones de centros salmoneros marcacaron la audiencia pública en el Tribunal Constitucional, en una jornada clave para la Ley de Reconstrucción del Gobierno.

Las posturas encontradas sobre invariabilidad tributaria y las micro-relocalizaciones de centros salmoneros marcacaron la audiencia pública en el Tribunal Constitucional, en una jornada clave para la Ley de Reconstrucción del Gobierno.

La megarreforma del Gobierno atraviesa una etapa clave en el Tribunal Constitucional. El organismo desarrolló este miércoles una audiencia pública en la que 56 organizaciones y personas jurídicas expusieron sobre los requerimientos de la oposición en contra del proyecto del Gobierno. 

La instancia comenzó a las 9:00 horas y se llevó a cabo en tres bloques de una hora y media cada uno, por lo que se extendió hasta aproximadamente las 14:00 horas. Se presentaron grupos ambientalistas, organizaciones sindicales y centros de pensamiento de distintos sectores, quienes argumentaron tanto a favor como en contra de los requerimientos. Estuvo presente Greenpeace, la ONG Fima, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y la Fundación Libertad y Desarrollo, por ejemplo. 

Recordemos que los requerimientos buscan impugnar, entre otros puntos, la invariabilidad tributaria y el régimen de indemnización asociado a la eventual anulación judicial de Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA)

El Tribunal Constitucional (TC) realiza una audiencia pública en la causa por los requerimientos de la oposición en contra de la megarreforma. Foto: Luis Quinteros/Aton Chile.

Invariabilidad tributaria

El representante de la Fundación Libertad y Desarrollo, Carlos Oyarzunargumentó a favor del régimen de invariabilidad tributaria y aseguró que “el legislador mantiene intacta su potestad”.

“Si entendemos que este régimen es antidemocrático, lo que tenemos que entender que es antidemocrático en verdad es el cumplimiento de las obligaciones contractuales que adquirió el Estado. Eso nos llevaría a un debate mucho mayor sobre qué entendemos con democracia y —me atrevo a decir también— qué entendemos sobre Estado de derecho”, reflexionó. 

Como ejemplo, señaló que el año pasado se estableció un régimen de estabilidad regulatoria en la Ley Marco de Permisos Sectoriales, “comprometiendo al Estado a no modificar normativa medioambiental respecto a resoluciones de calificación ambiental favorable por un plazo de hasta 8 años, plazo que establece además la ley, no hay necesidad de un contrato”, agregó. 

El Tribunal Constitucional (TC) realiza una audiencia pública en la causa por los requerimientos de la oposición en contra de la megarreforma. Foto: Luis Quinteros/Aton Chile.

No se entiende entonces qué tiene este régimen de estabilidad que lo hace inconstitucional en comparación con los otros regímenes que ya hemos mencionado”, dijo. Además, argumentó que la invariabilidad tributaria ya ha sido utilizada por otros gobiernos democráticos: el de Patricio Aylwin, el de Eduardo Frei Ruiz Tagle y el de Ricardo Lagos.

Por otro lado, también respecto a la invariabilidad tributaria, expuso el representante de la Fundación Instituto de Estudios Laborales (FIEL)—centro de pensamiento asociado a la CUT—, Daniel Riquelme, quien contraargumentó que el “reproche jurídico es doble”.

“En primer lugar, una ley sustrae a las mayorías futuras una potestad que la Constitución no le permite comprometer. Segundo, la diferencia de trato que establece no atiende a la capacidad distributiva ni a la naturaleza de la actividad, descansa solo en el tamaño de la inversión, lo que contraviene la igual repartición de los tributos contemplados en nuestra Carta Magna en el artículo 19 número 20”, planteó. 

Riquelme cuestionó que “si el Congreso en el futuro, hipotéticamente, subiera un tributo, dos empresas del mismo rubro pagarían diferente y esa ley quedaría expuesta al reproche de discriminación arbitraria de los numerales 2, 20, 22 del artículo 19 de la Carta Magna”. Mencionó también el “efecto transgeneracional” de la disposición: “20 años son cinco elecciones presidenciales, o sea, hay cinco generaciones que no van a poder participar en la discusión respecto a la carga tributaria de estas inversiones”. 

El Tribunal Constitucional (TC) realiza una audiencia pública en la causa por los requerimientos de la oposición en contra de la megarreforma. Foto: Luis Quinteros/Aton Chile.

Micro-relocalizaciones

En materia de disposiciones medioambientales, ONG FIMA, AIDA, Fundación Terram y Greenpeace cuestionaron la “micro-relocalizaciones de centros salmoneros sin evaluación ambiental, incluso en áreas protegidas, y los compromisos de Chile bajo el Acuerdo de Escazú”. 

Flavia Liberona, directora ejecutiva de Fundación Terram, se refirió específicamente al tema de las micro-relocalizaciones de centros salmoneros y criticó que esto “significa permitirle contaminar a una industria que finalmente ha demostrado en numerosos casos ser contaminante”. 

“Hoy día tenemos más de 84 de casos en que la industria salmonera ha producido por sobre lo permitido en sus resoluciones de calificación ambiental y un montón de otros casos en los cuales ha eludido el sistema de evaluación ambiental. Por lo tanto, permitirle además trasladarse sin evaluación ambiental viene a ser un premio para la industria salmonera, premio que no tienen otras industrias”, agregó. 

El Tribunal Constitucional (TC) realiza una audiencia pública en la causa por los requerimientos de la oposición en contra de la megarreforma. Foto: Luis Quinteros/Aton Chile.

Por la Asociación de la Industria del Salmón de Chile A.G., expuso el abogado Luis Cordero, quien aseguró que este debate, a pesar de ser válido, no es constitucional: “Hoy sabemos que moverla 300 metros sin producir 1 kg más, que es la discusión de la regla que está establecida en este proyecto, mejoraría las corrientes, oxigenaría el fondo marino y reduciría el impacto. Eso es una micro-relocalización. Y de eso trata este requerimiento en esta parte, si mover la jaula es para proteger el mar y en consecuencia si esa medida sería inconstitucional”. 

“Y lo digo porque la respuesta de este alegato también de la observación formulada y el informe en derecho acompañado del profesor Patricio Zapata es una sola. Lo que se presenta en rigor no es un problema de constitucionalidad, lo que en rigor existe es un desacuerdo de mérito que es legítimo, por cierto, pero los desacuerdos de mérito en la legislación se resuelven en el sistema democrático y no ante vuestras señorías”, continuó Cordero. 

Este jueves 13 de agosto el pleno fijó la audiencia de alegatos en la cual se resolverá el fondo de los requerimientos.





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