La reforma constitucional de seguridad impulsada por el gobierno del Presidente José Antonio Kast reabrió el debate sobre los límites de las facultades del Estado para enfrentar al crimen organizado y al terrorismo. La iniciativa, ingresada al Congreso como parte de la agenda de seguridad del Ejecutivo, contempla, entre otras medidas, la creación de un nuevo estado de excepción constitucional denominado “de seguridad pública”.
Según el abogado y coordinador del Observatorio de Crimen Organizado y Terrorismo de la Universidad Andrés Bello, Pablo Urquízar, la existencia y experiencia acumulada con los actuales estados de excepción constituye uno de los principales elementos que deberían considerarse antes de crear una nueva figura constitucional.
“Hoy día tenemos cuatro estados de excepción en la Carta Fundamental: el estado de asamblea en caso de guerra externa, el estado de sitio en el caso de guerra interna o grave conmoción interior, el estado de catástrofe por calamidad pública y el estado de emergencia propiamente tal”, explicó el experto en diálogo con Política en Vivo.
A juicio del abogado, el actual estado de emergencia ya entrega herramientas suficientes para enfrentar escenarios de grave alteración del orden público o afectación de la seguridad nacional. En ese sentido, cuestionó que la reforma impulsada por La Moneda requiera necesariamente incorporar una quinta categoría.
La crítica central de Urquízar apunta a la causal que habilitaría el nuevo estado de excepción. La propuesta del Ejecutivo busca aplicarlo frente a una amenaza grave o inminente a la seguridad pública, o cuando ésta haya sido gravemente afectada. Para el abogado, ese supuesto ya está comprendido dentro de las causales del estado de emergencia.
“Para ser sincero, bajo ningún aspecto veo necesidad alguna de un quinto estado de excepción”, subrayó.
De acuerdo a su análisis, incluso la utilización excepcional de las Fuerzas Armadas para apoyar procedimientos policiales no justificaría por sí sola la creación de una nueva categoría constitucional. “Se puede hacer exactamente lo mismo que se está pretendiendo, pero con las reglas que hoy día existen, que ya están probadas, que ya se han materializado”, afirmó el experto.
Otra objeción del especialista se relaciona con la proporcionalidad de las facultades contempladas en la nueva figura. El académico manifestó que el estado de excepción propuesto no mantiene una relación armónica con la actual gradación constitucional y que, pese a ser presentado como una herramienta focalizada y restringida, permitiría restricciones de derechos que incluso superarían las contempladas para el estado de sitio.

“Se está proponiendo un estado de excepción superior, más grave, incluso que el más grave que existe en el ámbito interno, que es el estado de sitio”, expresó.
“En el caso del estado de excepción de seguridad pública que se propone por parte del Ejecutivo, no se requiere la aprobación del Congreso”, advirtió. “De hecho, se puede decretar por 120 días y después se puede prorrogar por el mismo periodo, es decir, 240 días con las mismas o similares restricciones de un estado de asamblea, un caso de guerra externa”, agregó.
El abogado apunta a que el problema no se limita a la duración de la medida, sino al catálogo de derechos que podrían verse afectados. “Pensemos que restringe la libertad personal, de circulación, de reunión y de asociación, permite la interceptación telefónica de comunicaciones privadas sin autorización judicial y también la requisición de bienes”, cuestionó.
A partir de ello, Urquízar planteó que el estándar de proporcionalidad debería ocupar un lugar central en la discusión parlamentaria. Así, insistió que no ve “justificación razonable” para establecer un nuevo estado de excepción que restrinja derechos fundamentales “casi al nivel de un estado de guerra externa”.






