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Año XVI, 26 de abril de 2024


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Gobierno podrá dictar Decretos con Fuerza de Ley para ayudar a habitantes de Arica contaminados con plomo

Ricardo Salazar

  Viernes 15 de octubre 2010 10:10 hrs. 
Radio-Uchile

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Con 86 votos favorables, la sala de la Cámara de Diputados autorizó al Presidente de la República a dictar decretos con fuerza de ley, que establezcan acciones ambientales, sanitarias, educacionales y habitacionales que se hagan cargo de la situación creada por la contaminación con polimetales en la comuna de Arica.

En Arica existen sectores con presencia de contaminantes en el suelo que exponen a la población a residuos que provocan riesgos para la salud de las personas.

El diputado PPD Orlando Vargas señaló la necesidad de este texto de ley, explicando que: “el proyecto de ley garantiza un tratamiento sustentable en el tiempo a cerca de 17 mil personas que hoy están contaminadas con plomo y arsénico”.

Esta situación ha sido corroborada por estudios de organismos públicos y privados y tiene como principal fuente de exposición en los alrededores del sector conocido como Sitio F, los acopios ingresados y depositados desde Suecia en 1984 y el procesamiento de metales y relaves efectuados por privados.

El proyecto faculta al Presidente de la República para que, dentro del plazo de 180 días contados desde la fecha de publicación de la ley, establezca mediante uno o más decretos con fuerza de ley, un programa de intervención.

“Esto le otorga al Presidente la facultad para poder sacar los fondos necesarios para contar con clínicas de salud, laboratorios clínicos y todo lo que sea concerniente a mejorar la calidad de vida y la salud de estas personas que ya están contaminadas, porque es un tema de humanidad, no podemos ver jóvenes que hace cinco años, con 12 o 13 años, caminado y jugando al fútbol, pero hoy están postrados en cama sin poder mover sus músculos con sus huesos quebrados. Es un tema serio”, explicó el parlamentario.

Los decretos con fuerza de ley que se dicten deberán determinar el territorio específico contaminado, las acciones medio ambientales que deban ejecutarse, las acciones de salud destinadas a evaluar, la atención en todos los niveles del sistema educacional, acciones habitacionales y facultar al Fisco a adquirir inmuebles emplazados en la zona contaminada para ser recuperados al uso urbano no habitacional.

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