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Aprobado nuevo Reglamento de Presupuesto para la Universidad de Chile

Cristián Zúñiga

  Lunes 2 de abril 2012 16:25 hrs. 
Radio-Uchile

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La normativa innova en definir el procedimiento de discusión del presupuesto universitario y otorga mecanismos de transparencia para la relación de la Universidad con fundaciones.

El pasado jueves 8 de marzo el Senado Universitario aprobó en plenaria el nuevo Reglamento de Presupuesto para la Universidad de Chile, de acuerdo a las atribución que le otorga en este ámbito el Estatuto de la Universidad. La normativa innova en definir el procedimiento de discusión del presupuesto universitario y otorga mecanismos de transparencia para la relación de la Universidad con fundaciones.

El diseño del nuevo cuerpo jurídico comenzó a elaborarse a partir de un exhaustivo análisis a la normativa vigente realizado por la Comisión de Presupuesto del Senado Universitario desde el mes de junio de 2011. Posteriormente dicha comisión presentó un proyecto articulado al conjunto de los Senadores en el mes octubre de 2011. En síntesis, esta instancia presidida por el Senador Hugo Sánchez, propuso a la plenaria del Senado modificar el D.U. N°2750 vigente desde el año 1978, pasando éste a denominarse Reglamento de Presupuesto.

El nuevo reglamento se pone al día con las normas relativas al presupuesto establecidas en la ley que rige a la Universidad desde el año 2006, como también con aquellas sobre suscripción de deudas con cargo al patrimonio universitario. Entre otros aspectos, el nuevo texto determina un claro itinerario con las etapas para la generación del presupuesto, que incluye la elaboración del proyecto global por el Rector, considerando las propuestas aprobadas previamente por los consejos de Facultad e Instituto, el trámite de aprobación del proyecto por el Consejo Universitario, la ratificación por el Senado Universitario y, finalmente, la eventual conformación de una comisión que resuelva las diferencias que surjan entre estos órganos colegiados superiores de la Universidad.

En el reglamento también se especifican las fechas en que debe informarse de la ejecución presupuestaria en curso y del balance de la ejecución presupuestaria del año anterior, tanto al Consejo Universitario como al Senado Universitario.

En otro ámbito, se reguló la relación de la Universidad con las distintas fundaciones o entidades en las que participa, estableciendo, por ejemplo, que los representantes de la Universidad en dichas personas jurídicas deben informar anualmente, a las instancias colegiadas de la Universidad que correspondan, del estado financiero y patrimonial de la fundación, como también de las transferencias y los contratos recíprocos que existan entre ésta y la Universidad.

Por: Rocío Villalobos

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