Corte Suprema resuelve que Autopista del Sol no está obligada a indemnizar a mujer afectada por piedrazo


La Corte Suprema decidió que la Autopista del Sol no está obligada a pagar una indemnización por falta de servicio en el lanzamiento de una pedrada a un vehículo en marcha.

La acción legal fue interpuesta por la defensa de Nancy Herraz Díaz, quien iba como pasajera en un automóvil el 29 de agosto del 2004 por el ingreso al puerto de San Antonio, cuando recibió en el rostro una pedrada lanzada por jóvenes desde las orillas de la vía.

En fallo unánime de los ministros del máximo tribunal Patricio Valdés, Pedro Pierry, Gabriela Pérez, Sonia Araneda y Juan Eduardo Fuentes rechazaron el recurso de casación que se presentó en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, la que determinó que la Autopista no era responsable por falta de servicio, ya que los hechos eran ajenos al contrato de la concesión.

En el fallo se especifica que de los diversos informes del ministerio de Obras Públicas se desprende que la demandada cumplió satisfactoriamente con su deber de seguridad en el estándar exigido, “pues consta que no tiene multas impuestas por los inspectores fiscales del referido ministerio desde el año 2000″.

La familia se mostró indignada con el fallo y afirmó que “algo no está funcionando bien con la justicia”.





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