Por votación dividida (3-2), el Tribunal Constitucional declaró inadmisible el recurso presentado por la Subsecretaría de Transportes (Subtrans), que buscaba no revelar correos electrónicos sobre el proceso de modificación de contratos del Transantiago.
La repartición justificaba el rechazo a entregar la información, argumentando que ello implicaría una vulneración a la Constitución y la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada, buscando que en este caso no se aplicara la Ley de Transparencia, ya que los antecedentes servían para la adopción de medidas en relación al transporte público.
Sin embargo, el tribunal desestimó los alegatos y ahora el servicio tendrá que entregar los antecedentes, pues frente a la resolución no procederá ningún recurso.
Por votación dividida (3-2), el Tribunal Constitucional declaró inadmisible el recurso presentado por la Subsecretaría de Transportes (Subtrans), que buscaba no revelar correos electrónicos sobre el proceso de modificación de contratos del Transantiago.
La repartición justificaba el rechazo a entregar la información, argumentando que ello implicaría una vulneración a la Constitución y la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada, buscando que en este caso no se aplicara la Ley de Transparencia, ya que los antecedentes servían para la adopción de medidas en relación al transporte público.
Sin embargo, el tribunal desestimó los alegatos y ahora el servicio tendrá que entregar los antecedentes, pues frente a la resolución no procederá ningún recurso.
Por votación dividida (3-2), el Tribunal Constitucional declaró inadmisible el recurso presentado por la Subsecretaría de Transportes (Subtrans), que buscaba no revelar correos electrónicos sobre el proceso de modificación de contratos del Transantiago.
La repartición justificaba el rechazo a entregar la información, argumentando que ello implicaría una vulneración a la Constitución y la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada, buscando que en este caso no se aplicara la Ley de Transparencia, ya que los antecedentes servían para la adopción de medidas en relación al transporte público.
Sin embargo, el tribunal desestimó los alegatos y ahora el servicio tendrá que entregar los antecedentes, pues frente a la resolución no procederá ningún recurso.