Diario y Radio Universidad Chile

Año XVI, 3 de agosto de 2024


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Ley Karin: garantía de justicia y protección en el ámbito laboral

Columna de opinión por Francisco y Carolina Álvarez
Sábado 3 de agosto 2024 16:02 hrs.


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En respuesta a la creciente preocupación por el acoso laboral y sexual en el lugar de trabajo, se ha promulgado la Ley Karin, una normativa que exige la adopción de medidas inmediatas para proteger a los empleados y asegurar que estas medidas sean aplicadas con justicia. Esta normativa no solo representa un avance significativo por cuanto promueve un enfoque equilibrado y basado en evidencias.

La Ley Karin subraya la urgencia de abordar cualquier denuncia de acoso o violencia laboral de manera expedita, garantizando que las víctimas reciban protección inmediata y contribuyendo a un entorno laboral más seguro y saludable. Además, la ley enfatiza la importancia de realizar un análisis meticuloso y una evaluación objetiva de cada caso, asegurando que todas las denuncias sean tratadas con la seriedad que merecen y evitando decisiones precipitadas que puedan resultar en injusticias.

Según los datos de la Dirección del Trabajo, en el año 2023 se recibieron más de 2 mil 234 denuncias de acoso laboral y mil 19 denuncias de acoso sexual. Es notable que, de estas denuncias, aproximadamente el 20% fueron declaradas infundadas tras una investigación exhaustiva. Estos números reflejan tanto la magnitud del problema como la necesidad de un proceso de evaluación riguroso y justo. La existencia de denuncias infundadas subraya la importancia de implementar la Ley Karin de manera equilibrada, asegurando que las medidas adoptadas sean siempre justas y basadas en evidencias concretas.

Un aspecto fundamental de la Ley Karin es su insistencia en que las acciones tomadas sean proporcionales a la gravedad de los hechos y basadas en evidencia sólida. Esta premisa protege tanto a las víctimas de acoso como a aquellos que puedan ser injustamente acusados, manteniendo un ambiente de trabajo equitativo. Al implementar la ley de manera equilibrada, se fomenta la confianza entre los empleados y la administración. Los trabajadores se sienten más seguros al saber que sus denuncias serán tratadas con seriedad y que la justicia prevalecerá.

Además, la Ley Karin refuerza una cultura de cumplimiento dentro de las organizaciones. Al adoptar prácticas que aseguren el acatamiento de la normativa, las empresas no solo evitan sanciones legales, sino que también promueven un ambiente de trabajo ético y respetuoso. Esta cultura de compliance es esencial para mantener la integridad y el bienestar dentro de las organizaciones.

El compliance, entendido como el cumplimiento de leyes y normativas, es una herramienta fundamental para prevenir el acoso laboral y sexual en el trabajo. Al establecer procedimientos claros y estrictos para el manejo de denuncias y la implementación de políticas de conducta, el compliance crea un marco de referencia que guía el comportamiento de los empleados y la administración.

Al promover una cultura de transparencia y responsabilidad, el compliance asegura que todas las acciones tomadas en respuesta a las denuncias sean justas y basadas en evidencia, lo cual no solo protege a las víctimas, sino también a aquellos injustamente acusados. Así, el cumplimiento normativo se convierte en una solución efectiva para fomentar un ambiente laboral seguro, respetuoso y equitativo.

La implementación justa y equilibrada de la Ley Karin es esencial para la creación de ambientes laborales más seguros y equitativos en Chile. Esta ley no solo protege a las víctimas de acoso, sino que también garantiza que los procedimientos se lleven a cabo de manera justa y objetiva, protegiendo a todos los empleados de posibles abusos y acusaciones infundadas. Al promover una cultura de compliance y asegurar un tratamiento justo de todas las denuncias, la Ley Karin es un paso vital hacia la mejora de las condiciones laborales en el país.

Por Francisco Álvarez C., asesor laboral de Admiral Compliance, y Carolina Álvarez, abogada y asociada senior de Admiral Compliance Effective, Compliance Programs, University of Pennsylvania

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.