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Año XVI, 25 de abril de 2024


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Condenan a siete carabineros en caso Hornos de Lonquén

A penas de 15 a 20 años de cárcel por los delitos de secuestro calificado y secuestro simple fueron condenados siete funcionarios en retiro de Carabineros involucrados en la muerte de 15 campesinos en el marco del llamado caso Hornos de Lonquén, hechos ocurridos en octubre de 1973.

Gonzalo Castillo

  Lunes 12 de septiembre 2016 19:34 hrs. 
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La ministra en visita del caso Hornos de Lonquén, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó el pasado viernes 9 de septiembre a siete funcionarios en retiro de Carabineros por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y secuestro simple de 15 personas de la localidad de Isla de Maipo, quienes desaparecieron en octubre de 1973, siendo sus restos encontrados en 1978 al interior de unos hornos de cal en la comuna de Lonquén.

En la resolución, la ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel condenó como autores del delito de secuestro calificado a Marcelo (Lautaro) Iván Castro Mendoza a la pena de 20 años de presidio por su responsabilidad como autor de secuestro calificado. David Coliqueo Fuentealba, Justo Ignacio Romo Peralta, Félix Héctor Sagredo Aravena, Jacinto Torres González, Juan José Villegas Navarro a la pena de 15 años de presidio como autores de secuestro calificado. Además Pablo Ñancupil Raguileo fue condenado a 15 penas de 60 días de presidio como autor de secuestro simple.

De acuerdo a la investigación de la ministra Cifuentes, el día 7 de octubre de 1973 fueron detenidas estas 15 personas “sin derecho por funcionarios de Carabineros y, posteriormente, trasladados a la Tenencia de Isla de Maipo”.

Once de los campesinos asesinados fueron sacados desde el interior del fundo Naguayán en Isla de Maipo: Los hermanos Rodolfo Antonio, Sergio Miguel, José Manuel y Segundo Armando Maureira Muñoz junto a su padre Sergio Maureira Lillo; Enrique Astudillo Álvarez y sus hijos Omar y Ramón Astudillo Rojas; los hermanos Carlos Segundo, Nelson y Oscar Nibaldo Hernández Flores.

Mientras que los cuatro restantes fueron detenidos en la plaza de la misma localidad: Miguel Ángel Brant, José Manuel Herrera, Manuel Navarro e Iván Ordoñez.

Luego, una vez al interior de la unidad policial, fueron sometidos a interrogatorios y apremios físicos, para después ser atados de manos y llevados hasta la localidad de Lonquén, a unos metros de los hornos de cal, lugar en donde fueron fusilados por el piquete de carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo al mando del teniente Lautaro Castro Mendoza, y sus cuerpos arrojados al interior de los hornos con el fin de ocultarlos.

La presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Paine, Sonia Carreño, si bien valoró esta condena como una manera de evitar que estos sucesos se repitan en el futuro, de todas maneras manifestó su disconformidad por la tardanza de más de 40 años en hacer justicia, la que calificó como una “vergüenza”.

“Es una vergüenza para Chile, una demora de más de 40 años, por favor, aquí en Chile no más pasa eso. Es triste para una que lleva esta carga, es desalentador, pero una igual sigue en la lucha, porque mientras una viva tiene esa responsabilidad y esa carga que tiene que saber llevarla como madre, abuela y bisabuela”.

La dirigente reiteró el llamado a las Fuerzas Armadas y Carabineros para que rompan los llamados pactos de silencio y entreguen la información necesaria para resolver los casos de violaciones a los derechos humanos, y evitar así la llamada “impunidad biológica”, es decir que los involucrados en crímenes de lesa humanidad mueran producto de la edad, sin recibir condena alguna.

Finalmente, la sentencia también estipula que el Fisco debe pagar la suma cinco mil 500 cuarenta millones de pesos a los familiares de las víctimas.

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