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Acceso y atribuciones: los límites de la justicia ambiental en Chile

La fundación Espacio Público realizó un estudio en el que se develan los problemas que existen en el acceso a esta alternativa judicial. Además, y contrario a lo que se ha construido a nivel medial, los titulares de proyectos son los que ganan los casos en la mayoría de oportunidades, principalmente por los costos que significa enfrentar un proceso de estas características.

Nicolás Massai D.

  Martes 26 de diciembre 2017 6:51 hrs. 
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Cada cierto tiempo aparece en los medios de comunicación un pueblo que reclama en contra de un proyecto que llega a la zona para trabajar y, a la pasada, afectar las condiciones del medio ambiente. Quizás el último episodio fue el que protagonizó Andes Iron, empresa detrás de Dominga que concurrió en noviembre pasado al Tribunal Ambiental para hacer el intento de revertir el rechazo que le propinó el Consejo de Ministros.

Ese hecho fue tomado incluso con indignación por parte de algunos actores de la opinión pública. Personajes como Bernardo Larraín Matte –presidente de la Sofofa– y José Ramón Valente –otro economista de derecha– lo condenaron en su momento; fueron declaraciones que colaboraron a la hora de construir esta mitología de paralización de proyectos para así proteger a la naturaleza.

Precisamente, esta premisa fue desestimada por Espacio Público, fundación que realizó un estudio titulado “Derribando mitos: propuestas para mejorar el acceso a la justicia ambiental en Chile”, en el que la principal pregunta era la siguiente: “¿Quiénes y bajo qué condiciones acceden a la justicia ambiental en el país?”.

Violeta Rabi, socióloga de la fundación y coautora de la investigación, explicó a Radio y Diario Universidad de Chile que hay dos instancias para que la ciudadanía haga reclamos por estas temáticas. La primera es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), capacitada incluso para frenar proyectos, que recibe una mayoría de denuncias por ruidos molestos, y las personas “reciben por lo general respuesta lenta; y las que persisten se demoran 21 meses en terminar. Es decir, en que la SMA hable con la empresa para que se apliquen ciertas medidas de mitigación”.

Luego está el Tribunal Ambiental, que acoge reclamaciones que intentan hacerle frente a decisiones de la administración pública (el ejemplo de Dominga). Sobre todo esta última institución exige abogados muy especializados y costosos, lo que determina que los titulares de proyectos, según Rabi, sean los que normalmente se quejan por las “decisiones que toma el Estado”. Las inequidades quedan a la vista y en favor del mundo empresarial.

“Nos falta harto todavía como sociedad para asegurar efectivamente el acceso a la Justicia Ambiental. Los que van a reclamar más son titulares de proyectos, que en general reclaman contra las decisiones que ha tomado la Superintendencia por multas, sanciones, o medidas provisionales”, comentó.

A la pasada, la investigadora aprovechó de desmitificar el relato que se ha construido sobre la relación entre desarrollo y medio ambiente, que le otorgaría mayor poder a las comunidades por sobre las compañías.

“Quienes acceden y por qué acceden es bien diferente al sentido común que se maneja en general, eso de que un Tribunal Ambiental sería así como una instancia para defender las causas ambientales. No es que la protección del medio ambiente sea lo que se litiga ahí. Quienes más ganan en todo el proceso son mucho más los titulares que las comunidades”, añadió.

Victoria Rabi informó que los titulares vencen en razón de quince veces versus las seis en las que la comunidad obtiene un triunfo, ya sea organizada o no organizada. Sin ir más lejos, los Tribunales Ambientales solo han paralizado tres proyectos: la hidroeléctrica Achibueno, la piscicultura Calcurrape y el hotel Punta Piqueros. Esto, como ya aseguraba, se explica por la asesoría técnica.

Durante la presentación de este estudio estaba presente Rafael Asenjo, ministro del Tribunal Ambiental. La autoridad explicó que cuando armaron la ley pensaron que habría más participación ciudadana, cosa que no ha ocurrido.

“Muy pocas leyes con posterioridad a las 19.300 han desarrollado participación ciudadana específicas. Esto con algunas excepciones, porque evidentemente el proceso de participación de las comunidades indígenas es un paso adelante, pero en general no podemos decir que la participación ciudadana sea uno de los pilares del sistema democrático jurídico que hemos construido a partir de 1990”, sentenció.

Lo que propone Espacio Público para incentivar la participación es, entre otras cosas, crear una plataforma digital para recepción y gestión de denuncias ciudadana ante la Superintendencia de Medio Ambiente, que no tiene capacidad para procesar las más de 1.500 denuncias que existen entre ambas instituciones.

 

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