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Frente al Abuso Sexual Infantil: ¿es realmente la mejor solución el encierro?

Columna de opinión por Jorge Sepúlveda
Viernes 12 de febrero 2021 10:44 hrs.


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Resulta difícil mantenerse indiferente frente a las declaraciones del Concejal de Lota, Iván Roca -UDI-, referidas a la forma de evitar vulneraciones a la indemnidad sexual en la niñez, siendo la mejor estrategia, desde su punto de vista, “encerrar a las niñas”.

Pero más allá de lo insólito que resultan sus declaraciones, minimizando, además, décadas de lucha por los derechos humanos de mujeres y niñas, expresadas en las consignas de igualdad -y no discriminación-, paridad, libertad y sororidad, entre otras, lo cierto es que las apreciaciones del Concejal no pasan ningún filtro. Veamos porqué:

Se habla de una “relación consensuada”. Lo cierto es que la edad de consentimiento sexual en Chile, de acuerdo con el art. 362 del Código Penal es de 14 años. Es más, cuando se trata de niños o niñas que mantienen una pseudo relación con adultos, en la cual hay un aprovechamiento de la asimetría y una imposición de poder para obtener beneficios de tipo sexual de manera constante en el tiempo, estamos en presencia del fenómeno denominado ‘Explotación Sexual Comercial Infantil’, la cual es considerada como una de las peores formas de trabajo infantil, siendo asimilable, inclusive, a la “esclavitud y al trabajo forzoso” (SENAME, 2019, p.44).

Si se plantea que la mejor estrategia para evitar los abusos es el encierro, se puede mencionar que según datos de la UNICEF (2012), se estima que casi un 85% de las vulneraciones a la indemnidad sexual son ocasionadas por personas conocidas, mientras que de esta cifra, un 40% serían familiares. Esto sin considerar la llamada ‘cifra negra’ que ascendería aproximadamente a un 70% del total de los abusos denunciados (ONA, 2017). En total, según datos de la OMS (2016, citados en Carlis et al, 2020), a nivel mundial, 1 de cada 5 mujeres es víctima de abuso sexual durante la niñez.

Pero lo más parecido a un encierro que la humanidad ha vivido en estas últimas décadas es la cuarentena decretada a raíz del COVID-19. En este caso, la situación podría ser peor. Numerosas instituciones a nivel mundial -UNICEF, OMS, ONU, Human Rights Watch, entre otras- han alertado que las cifras de violencia sexual han aumentado durante la pandemia, aun cuando en las estadísticas oficiales hayan disminuido. Lo anterior a partir de dinámicas de manipulación, de silencio y de temor a denunciar (Carlis et al, 2020).

En consecuencia, el encierro no es una solución para evitar los abusos sexuales, todo lo contrario, parece ser el peor ‘remedio’ frente a la verdadera ‘pandemia’ que viven diariamente las niñas.

Educar para reconocer y para denunciar; para prevenir y sobrevivir. 

Relacionado con lo anterior, y en lo que a educación sexual se refiere, uno de los argumentos más esgrimidos discusión del proyecto de ley de educación sexual integral, es que niños, niñas y adolescentes ya cuentan con una educación sexual, dada en el hogar. El problema de este argumento, es que reduce el tema a un asunto de tipo moral o ideológico, como son las creencias que los adultos tienen respecto a cómo ‘debe’ vivirse la sexualidad, y no comprendiendo aquello como un tema de derechos humanos. No por nada, la Defensoría de la Niñez (2020) se manifestó a favor de insertar planes de educación sexual integral en todos los niveles.

Las consecuencias de una falta de educación sexual en la niñez son múltiples: Falta de herramientas para identificar situaciones maltratantes y abusivas, subestimación en la cantidad de denuncias de abuso sexual y violación, enfermedades de transmisión sexual por falta de elementos de protección, embarazo adolescente – el cual es uno de los más graves problemas en la niñez de acuerdo con el Comité de Derechos del Niño (2015)-, abortos clandestinos y muerte.

En ese sentido, Lansdown (2005) plantea que “La mejor manera de crear un ambiente seguro para los niños es trabajando con ellos, más que simplemente para ellos […] Permitir que los niños contribuyan a su propia protección les ofrece la oportunidad de examinar y comprender la naturaleza de los riesgos que deben enfrentar y de asumir cada vez mayores responsabilidades para no sufrir daños” (p.10).

Nuestro país aún está en deuda con niños, niñas y adolescentes.

Hoy más que nunca, urge aprobar e implementar una Ley de Educación Sexual Integral en todos los niveles educativos, mejorar los canales de alerta temprana de vulneraciones, por medio de la implementación de un verdadero Sistema de Protección Integral de los Derechos con un foco puesto en la prevención, en ese sentido: “La eficacia de las familias en el rol que les compete depende de las condiciones que ofrecen los entornos en las que se sitúan y de los apoyos que los entramados institucionales pueden ofrecer (Bronfenbrenner, 2002, citado en ONA, 2017).

Finalmente, resulta fundamental que este Sistema garantice la restitución de los derechos y el acceso a la justicia con características de calidad, pertinencia y oportunidad; estableciendo, además, una educación no sexista.

Otras medidas al alcance son: la incorporación de un tipo penal que sancione la Explotación Sexual Comercial Infantil en todas sus formas, ampliando la figura de la llamada ‘facilitación a la prostitución’; la incorporación del abuso sexual infantil al GES, reforzando el Rol de Garante Principal de los Derechos que compete al Estado y eliminando la posibilidad de contraer matrimonio desde los 16 años, como lo ha recomendado reiteradamente el Comité de los Derechos del niño, entre otras medidas.

El proceso Constituyente es también una oportunidad inmejorable para el reconocimiento, garantía y protección de los Derechos de la niñez, sin embargo dicho análisis excede la presente columna.

Es mucho lo que se puede hacer para luchar contra el abuso sexual infantil. El encierro, claramente, no es la solución.

 

El autor es Profesor de Derecho de Familia e investigador en materia de Derechos de la Niñez. Miembro de la Red de Abogadas y Abogados por la niñez – Redan Chile.

 

 Bibliografía citada y consultada:
Carlis, María Fabiana, et al. (2020), Cuando el tapabocas no protege: pandemia y abuso sexual en las infancias, Red Sociales, Revista del Departamento de Ciencias Sociales, Vol. 07, N° 02, p. 38-45.
Comité de Derechos del Niño (2015) Observaciones finales sobre los informes periódicos cuarto y quinto combinados de Chile. Disponible en:   https://bibliotecadigital.indh.cl/handle/123456789/1127?show=full.
Defensoría de la Niñez (2020) Oficio 151-2020, “Sobre Educación Sexual Integral”, enviado a la Cámara de Diputados. Disponible en: https://www.defensorianinez.cl/wp-content/uploads/2020/03/OFICIO-N151-DDN-a-CD.pdf.
Lansdown, Gerison, (2005) “¿Me haces caso? El derecho de los niños pequeños a participar en las decisiones que los afectan”, Cuadernos sobre Desarrollo Infantil Temprano, N° 36s, Fundación Bernard van Leer, La Haya, 2005.
Observatorio de Niñez y Adolescencia -ONA- (2017) Cifra Negra de Violencia Sexual contra Niñas, Niños y Adolescentes: OCULTAMIENTO SOCIAL DE UNA TRAGEDIA. Disponible en: https://observatorioninez.com/#publicaciones.
Servicio Nacional de Menores – SENAME- (2019) Orientaciones técnicas línea programas. Programas de protección especializada en explotación sexual comercial infantil y adolescente (PEE). Disponible en: https://www.sename.cl/web/index.php/documentos-y-orientaciones-tecnicas/.
Unicef (2012) 4° Estudio de Maltrato Infantil en Chile. Análisis comparativo 1994 – 2000 – 2006 – 2012. Disponible en: https://www.unicef.org/chile/media/1306/file/4to_estudio_de:maltrato_infantil_en_chile.pdf

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.