Diario y Radio Universidad Chile

Año XVI, 28 de marzo de 2024


Escritorio

El Derecho a la educación en una Nueva Constitución

Columna de opinión por Rector Ennio Vivaldi - Comité Redactor Mesa Educación, Plataforma UChile Constituyente
Miércoles 1 de septiembre 2021 10:10 hrs.


Compartir en

El proceso iniciado el 18 de octubre de 2019 y que un año más tarde, con el Plebiscito decidió por amplia mayoría el reemplazo de la Constitución, constituye una oportunidad histórica para deliberar respecto de un nuevo orden jurídico-político, y para poner en discusión los principios y orientaciones que, necesariamente, están en su base.

La Constitución de 1980 consagró durante más de 40 años la educación como un producto del mercado, y traspasó los deberes del Estado al sector privado. Esta lógica fue perfeccionada a través de políticas en todos los niveles -educación primaria, secundaria y terciaria- que se contraponen con el derecho a la educación.  Ante tal escenario, creemos que las miradas y saberes movilizados en torno a la cuestión educacional, tanto para la discusión de hoy, pero también la del mañana, son centrales en el debate país.

Tenemos la posibilidad de avanzar en una transformación profunda, que supere la lógica de mercado en educación, partiendo de la base de que el derecho a la educación es un derecho humano y social fundamental. Debemos apostar hacia una educación que asegure el acceso a todas las personas durante todo el curso de vida en condiciones de igualdad, respeto y diversidad.

Principios tales como la democracia, participación, derechos humanos, educación no sexista y no discriminatoria, interculturalidad, inclusión y protección del medioambiente que han sido demandados e impulsados por los diferentes movimientos sociales durante años, son fundamentales a la hora de decidir las orientaciones que debieran guiar una nueva educación, con énfasis en el desarrollo integral de las personas, de sus comunidades y de sus territorios.

La educación pública, entendida como aquella provista y gestionada en sus decisiones fundamentales bajo responsabilidad del Estado, debiera tener un lugar central en la Nueva Constitución, considerando que su propósito mayor es colectivo, es decir, al servicio del bien común. En este sentido, será obligación de la educación pública desarrollar y cumplir con los objetivos que la sociedad democráticamente defina para ella; contribuyendo así al ejercicio activo de pensar un proyecto de Estado descentralizado que considere las necesidades del país y los sectores que en forma sistemática han sido excluidos bajo el modelo actual.

Así como el Estado no tiene la responsabilidad ni el deber de financiar proyectos educativos privados, sí debe garantizar el reconocimiento irrestricto de los derechos humanos en cualquier proyecto educativo, y en los principios que se establezcan en la Nueva Constitución.

El debate educacional debe abrirse, no cerrarse, pues este momento que marca una oportunidad histórica para cimentar las bases de un nuevo modelo educativo basado en los derechos humanos, orientado hacía el bien común, y donde ya no predomine el mercado o los intereses individuales, sino lo público y lo colectivo. Así también, este proceso debe construirse desde la participación de la ciudadanía en su conjunto, y en particular para la educación, desde la experiencia y saberes de las comunidades educativas.

Consecuentes con el rol histórico de la Universidad de Chile y su compromiso con la educación pública, como académicos y académicas de esta institución nos ponemos a disposición para aportar al debate constitucional iniciado recientemente, con el acento en la necesidad de construir una mirada de educación pública acorde con los desafíos y necesidades del país.

Rector de la Universidad de Chile, Ennio Vivaldi

Comité Redactor Mesa Educación, Plataforma UChile Constituyente.

Cristian Bellei Carvacho (Facultad de Ciencias Sociales y Centro de Investigación Avanzada en Educación, Universidad de Chile)
María Olivia Mönckeberg Pardo (Instituto de la Comunicación e Imagen, Universidad de Chile)
Daniel Johnson Mardones (Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Chile)
Beatrice Ávalos Davidson (Facultad de Filosofía y Humanidades y Centro de Investigación Avanzada en Educación, Universidad de Chile)
Ernesto Águila Zúñiga (Facultad de Filosofía y Humanidades, Universidad de Chile)
Jesús Redondo Rojo (Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Chile)
Zulema Serrano Espinoza (Facultad de Filosofía y Humanidades, Universidad de Chile)
Víctor Orellana Calderón (Centro de Investigación Avanzada en Educación, Universidad de Chile)
Maribel Mora Curriao (Oficina de Equidad e Inclusión de la Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles y Comunitarios, Universidad de Chile)
Patricio Felmer Aichele (Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, Universidad de Chile)
Alejandro Roth Metcalfe (Facultad de Ciencias, Universidad de Chile)
Carlos Ruiz Schneider (Facultad de Filosofía y Humanidades, Universidad de Chile)
Pía González Torres (Unidad de Redes Transdisciplinarias de la Vicerrectoría de Investigación y Desarrollo de la Universidad de Chile)
Pablo Martínez Castro (Unidad de Redes Transdisciplinarias de la Vicerrectoría de Investigación y Desarrollo de la Universidad de Chile)

 

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.