TC desmiente inhabilidad de candidatos para solicitar créditos a bancos

A través de un comunicado, el organismo se refirió a la "supuesta inhabilidad" del Banco Estado para prestar dineros destinados a utilizarse en campañas políticas por parlamentarios.

A través de un comunicado, el organismo se refirió a la "supuesta inhabilidad" del Banco Estado para prestar dineros destinados a utilizarse en campañas políticas por parlamentarios.

Este viernes. el Tribunal Constitucional  salió a aclarar las dudas que han surgido respecto a la inhabilidad de un parlamentario por haber solicitado un crédito al Banco Estado.

A través de un comunicado público, el presidente del organismo, Iván Aróstica aclaró que “corresponde exclusivamente al Tribunal Constitucional declarar la inhabilidad de un parlamentario por haber celebrado o caucionado contratos con el Estado, de conformidad con el estatuto de prohibiciones, competencia y procedimiento establecido en la Constitución Política de la República”.

Además, se aseguró que no estando abierto un proceso que declare la inhabilidad respecto de ningún parlamentario en concreto, ni existiendo una sentencia que la declare, “no corresponde ni procede jurídicamente dar por establecida inhabilidad alguna respecto de dichos créditos”.

“Un contrato de crédito bancario de este tipo, regulado especialmente y afecto a fines exclusivos de financiamiento de campaña, tema cuyo control y fiscalización corresponde al Servicio Electoral, claramente no es de aquellos contratos celebrados con el Estado a los cuales se refiere el artículo 60 de la Constitución, que pueden inhabilitar y hacer cesar en el cargo a un parlamentario en ejercicio”, declara el documento.

Finalmente, el TC aclaró que solamente puede emitir sentencias sobre casos particulares, en este caso, de inhabilidades parlamentarias cuando es requerido por el Presidente de la República o por no menos de diez parlamentarios en ejercicio.





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