Amnistía Internacional: Condenas a mapuches son injustas y no respetan garantías

La mañana de este jueves la organización con presencia en diversos países presentó su informe sobre la Ley Antiterrorista, en el que se deja de manifiesto la violación de los derechos humanos de los imputados en los Casos “Luchsinger Mackay” e “Iglesia”. Además, culpa al Estado chileno de estigmatizar a este pueblo originario.

La mañana de este jueves la organización con presencia en diversos países presentó su informe sobre la Ley Antiterrorista, en el que se deja de manifiesto la violación de los derechos humanos de los imputados en los Casos “Luchsinger Mackay” e “Iglesia”. Además, culpa al Estado chileno de estigmatizar a este pueblo originario.

La mañana de este jueves, Amnistía Internacional presentó su informe Pre-Juicios Injustos, un minucioso estudio sobre la criminalización del pueblo mapuche a través de la Ley Antiterrorista en Chile, que pone de manifiesto los juicios viciados en contra de comuneros imputados.

Específicamente se analizaron dos causas judiciales en las cuales se aplicó la legislación antiterrorista: el Caso Luchsinger-Mackay y el Caso Iglesias. Para esto la organización se entrevistó con los actores implicados en los juicios y observó de manera presencial las instancias de ambos procesos.

A raíz de ambos casos, Amnistía Internacional detectó cinco puntos de gravedad que violaron el derecho a un juicio justo de las 16 personas imputadas: la utilización de testigos con identidad reservada, secreto prolongado de la investigación, utilización inapropiada de la prisión preventiva, hostigamiento a testigos y defensores, y la utilización de pruebas que han sido denunciadas como ilegales y cuyas denuncias no fueron investigadas.

Respecto a los testigos con identidad reservada, el informe detalla que solo basado en estos testigos protegidos se dictó una sentencia contra dos comuneros en el Caso Iglesia, excluyendo cualquier otro tipo de pruebas, algo que desde el punto de vista de Amnistía Internacional propició un juicio injusto, ya que no se respetaron las garantías de un debido proceso ni la igualdad de condiciones de ambas partes.

El secreto prolongado de la investigación es otro punto que afecta gravemente un juicio justo. Esta facultad fue utilizada en ambos procesos y priva a la defensa de los imputados de preparar cualquier contra argumentación. Las defensas quedan sin sustento para cualquier medida o diligencia.

En cuanto al uso de la prisión preventiva, el informe señala que en el juicio Luchsinger-Mackay la mayor parte de los imputados estuvieron en prisión preventiva 1 año 7 meses, entre quienes destacó la machi Francisca Linconao, mientras que, en el Caso Iglesia, los imputados estuvieron en prisión sin ser condenados 1 año y 10 meses. Para Amnistía Internacional, este asunto es de “suma preocupación”, pues las personas investigadas son encarceladas automáticamente, violando la presunción de inocencia y no garantizando el derecho a la libertad personal.

El estudio también sostiene que el proceso de ambos casos ha arrastrado hostigamientos e intimidación a la defensa de los comuneros, ejemplo de esto son los abogados Karina Riquelme y Sebastián Saavedra. Ambos abogados han detectado a personas vestidas de civil que les vigilan y fotografían.

El informe hace hincapié en las irregularidades de la obtención de pruebas, en ese sentido, ejemplifica con el caso de José Peralino Huinca, imputado que incriminó, en el marco del Caso Luchsinger Mackay, a diez comuneros bajo coacción.

Además, el estudio llama la atención sobre la estigmatización que el Estado chileno hace al pueblo mapuche:

“Amnistía Internacional ha constatado con preocupación que, en las acusaciones y resoluciones de ambos juicios, se perciben diversos elementos estigmatizantes y discriminatorios que llevaron a las autoridades judiciales a condenar a miembros del Pueblo Mapuche, repitiendo los patrones que ya desde la sentencia Norín Catrimán y otros la Corte Interamericana ha condenado”, se lee en el texto.

La principal organización de derechos humanos del mundo, también se encarga de recordar que la Ley Antiterrorista ha sido condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por la evidente violación de los derechos a quienes son procesados bajo esta normativa instaurada en 1984 por la dictadura de Augusto Pinochet.





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