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Año XVI, 26 de abril de 2024


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Expertas analizaron normas relacionadas a género y paridad presentes en la propuesta de nueva Constitución

En el octavo encuentro de “Sala Constituyente, diálogos al alero de La Chile”, se analizaron los diferentes contenidos que es posible encontrar -de manera transversal- en gran parte de los capítulos del texto que se someterá a plebiscito.

Víctor Hugo Moreno, UChile Constituyente

  Viernes 26 de agosto 2022 11:39 hrs. 
paridad

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35 son los artículos presentes en la propuesta de texto constitucional que ponen de manifiesto distintos temas de género y paridad. El documento plantea elementos de paridad en normas como los principios del sistema democrático, el sistema político y los sistemas de justicia. También existen distintos artículos ingresados al capítulo de los Derechos Fundamentales, en donde se destacan los derechos sexuales y reproductivos.

¿Este conjunto de normas definen una Constitución con perspectiva de género? ¿Cuál es el alcance y significado que tienen estos artículos? Estas fueron algunas de las interrogantes abordadas en el octavo encuentro de «Sala Constituyente, diálogos al alero de La Chile», ciclo organizado por la plataforma UChile Constituyente, junto a la Fundación Max Planck y el Instituto Desafíos para la Democracia, que busca poner en contexto diferentes normas presentes en la propuesta de texto constitucional.

En esta ocasión, el debate -moderado por el Premio Nacional de Periodismo Sergio Campos– contó con la participación de Claudia Iriarte, doctora en Derecho, académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, investigadora del Centro de Derechos Humanos y del Observatorio Constitucional de Género; Kemy Oyarzún, doctora en Filosofía, académica de la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad de Chile y experta en estudios de género y cultura; Magdalena Vergara, abogada de la Universidad de Los Andes y directora de estudios de Idea País; y Claudia Sarmiento, abogada de la Universidad de Chile y académica de derecho constitucional de la Universidad Alberto Hurtado.

En la cita, se abordaron los alcances e implicancias de este nuevo cuerpo normativo y cómo, finalmente, podrían ser llevados a la práctica. En particular, se discutió cómo se pueden generar las instancias de paridad en las instituciones públicas o privadas, y los alcances que tienen las normas sobre los derechos sexuales de las mujeres, en específico, la posibilidad de concretar o no el aborto.

¿Cómo se contempla el género y la paridad en la propuesta de texto?

En su intervención, Claudia Iriarte destacó que “hay un punto que es central, que está en todo el texto y, especialmente, en lo de perspectiva de género. Me atrevería a decir que este texto constitucional, particularmente en materia de género, no hace más que recepcionar el establish internacional desarrollado tanto por el Sistema de Naciones Unidas de Derechos Humanos como el Sistema Interamericano de Derecho Humanos”, comentó.

Asimismo, precisó que en la propuesta de texto aparece “la paridad no en un sentido de igualdad, de equivalencia de representación, sino que un conjunto de mecanismos que articuladamente funcionan para incentivar la distribución del poder, profundizar los procesos democráticos desde el modelo constitucional, en el marco de los derechos y todos los reconocimientos de derecho en materia de género”.

Por su parte, Kemy Oyarzún partió afirmando que “con esta nueva propuesta estamos retomando un camino, no solo anterior a la dictadura militar, sino además inserto en el marco de derechos del siglo XX: un marco de derecho internacional”. Junto con ello, planteó que “hay una pluralidad del conocimiento, de la teoría del conocimiento, de la cultura, lo que llamamos una equivalencia epistemológica en esta constitución que transversaliza no solo el género, sino el marco para una nueva democracia inclusiva y paritaria, participativa y vinculante”.

Finalmente, agregó que “al invocar la igualdad sustantiva de género, necesariamente abre el piso para el planteamiento de una democracia mucho más participativa al incorporar lo vinculante (…) Ahí hay una transversalidad de interculturalidad y género, para mí eso es muy importante”.

En tanto, Magdalena Vergara apuntó a los desafíos y cambios que implicaría llevar a la práctica estas materias de género, por ejemplo, en instituciones como la justicia. “El enfoque de género es reconocer la necesaria complementariedad entre hombres y mujeres y cómo nos hacemos cargo de superar las desigualdades que existen en nuestra sociedad y que no permiten el adecuado equilibrio en cuanto a la participación. Y también, en un segundo ámbito, es reconocer que las problemáticas afectan de manera distinta a hombres y mujeres y, por lo tanto, tenemos que ser capaces de diseñar políticas públicas y distintas o medidas afirmativas que permitan hacerse cargo de estas diferencias para que no se perpetúen las desigualdades.

En este sentido, agregó, «tanto el enfoque de género como la igualdad sustantiva no tienen una definición específica y clara, por lo que sería necesario eliminar todos estos pases de arbitrariedad o ambigüedad que pueda traer la aplicación de estos términos, y para eso es necesario ver cómo se van a implementar ambos conceptos en la justicia, por ejemplo, sabiendo que no existe una formación en enfoque de género para los jueces”, argumentó.

Claudia Sarmiento, en tanto, destacó un antes y un después de los temas de género con esta propuesta, pues se avanza desde un debate teórico a uno empírico y práctico. “Antes de la Convención solo teorizamos sobre qué sucedería si tuviéramos un 50% de integración de mujeres y de las disidencias sexuales dentro de la definición de nuestro contrato social. Teorizábamos, pues no sabíamos si la representación cuantitativa se traducía en representación cualitativa de la experiencia vital de la mitad de la población. Lo interesante es que cuando constatamos empíricamente esta situación vemos que este es un texto distinto a los que lo preceden en cuanto a paridad, me refiero a que la paridad que se nos ofrece y la participación que hubo determinó que esta experiencia vital fuera un elemento que cruza transversalmente el texto y lo hace en términos de los objetivos que uno podría esperar”, dijo.

La académica agregó que “es una democracia paritaria, que tiene la vocación declarada y manifiesta de que todas las mujeres, que toda esta mitad de la población que ha estado relegada de la participación política, sea parte de esta comunidad y de esta ciudadanía que se espera sea activa. Y el ir a buscar a mujeres y diversidades, aquellos que no han estado en las representaciones hegemónicas del poder, es una necesidad del Estado, un fin de la comunidad política en sí misma”, puntualizó.

El próximo miércoles a las 18 horas se llevará a cabo el encuentro de cierre de este ciclo de seminarios. La cita será en el Salón de Honor de la Casa Central de la Universidad de Chile, y contará con la presencia de autoridades universitarias y del mundo público, encabezadas por la Rectora de la Casa de Bello, Rosa Devés.

En el octavo encuentro de “Sala Constituyente, diálogos al alero de La Chile”, se analizaron los diferentes contenidos sobre paridad y género que es posible encontrar -de manera transversal- en gran parte de los capítulos del texto constitucional que se someterá a plebiscito el próximo 4 de septiembre. En la cita, académicas debatieron sobre los significados y alcances de los diferentes artículos asociados a esta materia.

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