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Año XVI, 26 de abril de 2024


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Consejo para la Transparencia obliga a Carabineros a informar cantidad de lacrimógenas utilizadas en 2011

Según un reciente fallo del Consejo para la Transparencia, Carabineros deberá informar el número de bombas lacrimógenas que ha empleado durante el último año. Esto al negar la causal de reserva de secreto invocada por la institución. Un fallo que fue bien recibido por especialistas y organizaciones sociales y que marca una pauta sobre el acceso a la información pública.

Paula Correa

  Viernes 1 de junio 2012 12:43 hrs. 
LACRIMOGENAS

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El Consejo para la Transparencia obligó a Carabineros a entregar una copia de los documentos que disponga y en los que conste o pueda desprenderse el número de bombas lacrimógenas utilizadas entre el 1 de enero y el 14 de octubre del 2011, en pleno conflicto estudiantil, con desagregación por mes y por región.

En el fallo emitido el pasado 25 de mayo, el Consejo consideró insuficientes los motivos de la institución para no entregar esta información al reclamante Leonardo Briceño.

El abogado y director del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, Jorge Contesse, explicó que “la justificación que entregó Carabineros de Chile para negar la entrega de información no es procedente porque lo que hace Carabineros es invocar la causal de reserva o secreto, pero no da ningún tipo de prueba o muestra de qué manera proporcionar esta información afectaría efectivamente las labores que realiza Carabineros, por lo tanto, el Consejo para la Transparencia, lo que hace es reafirmar una tesis que ya está sentada en su jurisprudencia, que la reserva de determinada información tiene que ser acreditada por quien la alega”.

La noticia fue bien recibida por diversas organizaciones de Derechos Humanos, las que durante todo el 2011 manifestaron su preocupación por la violencia policial ejercida en las movilizaciones, y contaron con el apoyo de senadores y diputados de la oposición, los que incluso presentaron un proyecto de ley que pretendía eliminar la aplicación de este tipo de productos químicos.

Esto frente a lo que consideraron como una perturbación excesiva al derecho constitucional a la reunión, uno de los puntos destacados por las organizaciones a la hora de referirse al “constante clima de violencia generado por Fuerzas Especiales” de Carabineros.

Un punto que han sostenido con fuerza los Observadores de Derechos Humanos. En esta línea, su vocera,  Marta Cisterna, calificó de positivo el fallo, pero criticó la falta de iniciativa de las organizaciones de publicar por sí mismas la información.

“Sería interesante también que ellos pudieran emitir un informe de qué le están tirando a la gente para transparentar todos los temas que tienen que ver con las situaciones de los elementos que están utilizando, cuánto están invirtiendo. Ahora, es una pena que esto tenga que darse porque se apela a la Ley de Transparencia y no debería ser necesario invocar a esta ley para que ellos transparenten lo que están haciendo con la plata de todos los chilenos”, dijo.

La dirigenta insistió que es necesario reabrir el debate sobre el contenido específico de estos elementos, después de que el año pasado se encendiera la polémica ante la posibilidad de que fueran abortivos. Un tema que se zanjó con una investigación realizada por el ministerio del Interior y que no dejó conforme a algunos expertos, como el toxicólogo de la Universidad de Chile, Andrei Tchernitchin.

Además.  Jorge Contesse sostuvo que las decisiones del Consejo van delineando una cierta jurisprudencia y sentando un precedente, por lo que, de presentarse una solicitud con el fin de que se aclaren los componentes, hay razones para pensar que el Consejo debiera fallar en la misma línea, mientras Carabineros no pueda comprobar que se está provocando un detrimento al ejercicio de su función.

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