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Año XVI, 25 de abril de 2024


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Solo arresto domiciliario: Tribunal rechaza la prisión preventiva para carabinero acusado del asesinato de Francisco Martínez

El Juzgado de Garantía de Panguipulli determinó que no se configuró legitima defensa de parte del carabinero Juan González Iturriaga. Sin embargo, no conformes con la medida cautelar, el querellante particular y el Instituto Nacional de Derechos Humanos apelarán lo dispuesto por el juez Felipe Muñoz.

Diario Uchile

  Lunes 8 de febrero 2021 20:48 hrs. 
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Este lunes, en el Juzgado de Garantía de Panguipulli determinó el arresto domiciliario como medida cautelar en contra del efectivo de Carabineros, Juan González Iturriaga, acusado del asesinato del malabarista Francisco Martínez, el pasado viernes, en medio de un control de identidad.

En una extensa jornada de formalización se sumaron algunas pruebas en contra de González, como por ejemplo, el detalle de los implementos utilizados por Martínez para sus shows de malabares. Tal como determinó el informe de la PDI, los sables confiscados correspondían a la marca Truper y que sus medidas eran iguales a 50 centímetros de largo y 6 centímetros en la parte más ancha, además de contar con filo en la parte inferior de las hojas y restos de sangre en uno de ellos.

Esta información, por supuesto, fue utilizada por la defensa de Juan Gómez para reforzar la tesis de la legítima defensa rechazada en la formalización de este lunes. Al respecto, el abogado defensor, Pablo Arbán, aunque lamentó el resultado fatal de lo ocurrido, recordó que la vida de su defendido también estaba en juego.

“La vida de don Juan también es valiosa, y la vida de don Juan también recibe protección por parte del ordenamiento jurídico y lo recibe desde antiguo a través de la legítima defensa, que tiene dos fundamentos: la protección de los individuos y el prevalecimiento del derecho a través de la prevención general”, señaló.

No obstante, el juez Felipe Muñoz no desestimó el testimonio brindado por una testigo anónima de la defensa y que dice relación con que el malabarista fallecido habría atacado a González con uno de los sables, propiciándole un golpe sobre su gorra.

En tanto, la parte querellante, conformada primero por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, fue enfática en resaltar que justamente son los últimos disparos perpetrados por González los que no entrarían en la categoría de legítima defensa. Así, para el jefe de la Unidad de Protección de Derechos del INDH, Pablo Rivera, aun cuando Martínez haya atacado en un primer momento al carabinero acusado, cuando éste le disparo de forma letal, el malabarista ya estaba prácticamente reducido.

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“Cuando se realiza el último disparo a la víctima ya no la están agrediendo, por ende no puede haber legítima defensa. No es que acá estemos con requisitos incompletos de la causal de justificación, sino que acá no hay ni siquiera legítima defensa incompleta porque ésta requiere una agresión. Como se ha señalado por el propio Ministerio Público, el último disparo era innecesario porque no había agresión, no había necesidad de realizar el disparo”, indicó.

Por su parte, el abogado querellante particular, Rodrigo Román, aunque defendió la tesis de que ninguno de los disparos se justificaba en este caso, puso énfasis en la letalidad del último de éstos, lo cual se complementa con que en los registros audiovisuales se deja notar que ninguno de los carabineros brindó auxilio a la víctima, sino hasta que llegó la ambulancia.

Rodrigo Román.

Rodrigo Román.

“El disparo es absolutamente innecesario para lo que supuestamente estaba realizando él, que era esta labor de control del orden público. Aun así, para defenderse de esa supuesta agresión ilegítima del cual estaba siendo víctima, ese último disparo constituye la circunstancia alevosa de calificación, calificación que este interviniente entiende que se satisface con estos argumentos y con el registro de audios que cualquiera que lo puede escuchar entiende por qué podríamos creer que estamos frente a un homicidio calificado con alevosía”, explicó.

Respecto de la investigación del caso, el Juzgado determinó un plazo de cuatro meses. No obstante, la parte querellante no quedó contenta con la medida cautelar aplicada en contra de González y aseguró que presentará la respectiva apelación en pos de la prisión preventiva del acusado, esto ante la Corte de Apelaciones de Valdivia.

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